EcoGestor Legislación

Software para no conformidades: la herramienta clave para gestionar desviaciones y acciones correctivas en tu sistema de gestión

Software para no conformidades: la herramienta clave para gestionar desviaciones y acciones correctivas en tu sistema de gestión 2245 1587 Eurofins EcoGestor

La detección y tratamiento de no conformidades es una tarea crítica en cualquier sitema de gestión ISO. Sin embargo, cuando estos procesos se ejecutan de forma manual —ya sea mediante hojas de cálculo, emails o documentos desconectados— la organización pierde trazabilidad, eficiencia y capacidad de demostrar cumplimiento.

Por ello, cada vez más empresas apuestan por implementar un software para no conformidades, que permite centralizar, automatizar y controlar todo el ciclo de vida de las incidencias y sus acciones correctivas.

¿Qué es una no conformidad y por qué es esencial su gestión digital?

Una no conformidad es cualquier incumplimiento de un requisito interno, normativo o legal. Aparece en auditorías internas y externas, inspecciones, controles operativos o incluso a través de comunicaciones internas.

Gestionarlas de forma manual implica riesgos:

  • Información dispersa y poco accesible.
  • Pérdida de evidencias en auditorías.
  • Falta de control sobre los plazos y responsables.
  • Dificultad para analizar tendencias.

Un software para no conformidades soluciona estos problemas proporcionando estructura, trazabilidad y automatización.

Ventajas clave de un software para no conformidades

Un sistema digitalizado permite gestionar no conformidades de una forma más eficiente:

1. Registro centralizado

Permite registrar incidencias procedentes de auditorías, inspecciones, controles operativos u observaciones de trabajadores.

2. Clasificación inteligente

Tipo de no conformidad (legal, interna, grave, recurrente…), prioridad, proceso afectado, causa probable.

3. Control de acciones correctivas

Asignación automática de responsables y generar autocontroles con aviso a correo electrónico.

4. Seguimiento del estado en tiempo real

Visualización clara de no conformidades abiertas o cerradas.

5. Evidencias y documentación

Adjuntar documentos, fotos, informes de auditoría y registros asociados.

6. Informes e indicadores

Dashboards para detectar áreas críticas, causas más frecuentes o procesos con mayor número de desviaciones.

Acciones inmediatas, correctivas y preventivas integradas

Un software para no conformidades facilita diferenciar y gestionar:

  • Acción inmediata: contención del problema.
  • Acción correctiva: eliminación de la causa raíz.
  • Acción preventiva: evitar que el problema ocurra en otro contexto.

Esto permite que la organización avance hacia una mejora continua real y demostrable.

EcoGestor: Software para no conformidades y acciones correctivas

El módulo de EcoGestor No Conformidades es una solución diseñada para organizaciones que buscan profesionalizar y digitalizar la gestión de desviaciones en sistemas ISO.

Con EcoGestor puedes:

  • Registrar no conformidades.
  • Asignar acciones correctivas con responsables y plazos.
  • Recibir avisos automáticos para evitar retrasos.
  • Registrar evidencias y verificar la eficacia.
  • Generar informes para dirección y auditorías.
  • Integrar la información con otros módulos como auditorías, documentación o requisitos legales.

EcoGestor permite asegurar trazabilidad y demostrar cumplimiento de forma sólida ante certificadores y administraciones.

Adoptar un software para no conformidades

Adoptar un software para no conformidades es un paso estratégico para reforzar los sistemas de gestión, optimizar recursos y crear una cultura basada en la mejora continua. La digialización no solo acelera el trabajo diario, sino que aumenta la fiabilidad, transparencia y capacidad de respuesta de la organización.

Soluciones como EcoGestor ayudan a trasformar la gestión de no conformidades en un proceso ágil, controlado y orientado al cumplimiento.

cbam mecanismo ajuste frontera carbono

El CBAM entra en su fase definitiva: normativa consolidada y efectos clave para 2026

El CBAM entra en su fase definitiva: normativa consolidada y efectos clave para 2026 1200 800 Eurofins EcoGestor

La Unión Europea ha publicado el Reglamento (UE) 2025/2083, que modifica el Reglamento (UE) 2023/956 y refuerza el Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (CBAM). Esta actualización forma parte del primer paquete Ómnibus de la Comisión Europea, publicado el 26 de febrero de 2025, y supone un paso clave para simplificar su aplicación, reducir cargas administrativas y asegurar la eficacia climática del mecanismo. 

Normativa europea que regula el CBAM 

El Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (CBAM) nació con el Reglamento (UE) 2023/956, aprobado en mayo de 2023 como una pieza central del Pacto Verde Europeo. Durante su fase inicial, entre 2023 y 2025, las empresas únicamente debían comunicar las emisiones asociadas a sus importaciones, sin obligaciones económicas vinculadas. 

La Unión Europea ha dado ahora un paso más con la aprobación del Reglamento (UE) 2025/2083, que actualiza y refuerza el funcionamiento del CBAM. La nueva norma simplifica procedimientos, redefine obligaciones y ajusta los métodos de cálculo de emisiones, con el objetivo de facilitar su aplicación y consolidar su papel como herramienta climática. 

Principales novedades del CBAM a partir de 2026

1. Nuevo umbral único de 50 toneladas y exención de minimis: 

Una de las modificaciones más relevantes es la creación de un umbral único basado en la masa neta importada. Las empresas que introduzcan en la Unión Europea menos de 50 toneladas al año de productos incluidos en el ámbito del CBAM quedarán exentas de sus obligaciones. Este límite se aplicará a sectores como el acero, el aluminio, los fertilizantes y el cemento, aunque no afectará a las importaciones de hidrógeno ni de electricidad. 

El objetivo es reducir la carga administrativa para operadores con volúmenes reducidos, especialmente pymes, sin comprometer la cobertura ambiental del mecanismo. 

La aplicación del umbral comienza el 1 de enero de 2026. 

2. Obligación de ser declarante autorizado CBAM:

Solo los declarantes autorizados —importadores o representantes aduaneros indirectos— podrán introducir en la UE mercancías sujetas al mecanismo. Esta autorización se convierte en un requisito a partir del 1 de enero de 2026. 

Excepción temporal: Si la solicitud de autorización se presenta antes del 31 de marzo de 2026, el importador podrá seguir operando provisionalmente hasta la resolución de la autoridad competente. 

3. Nuevo sistema de cálculo de emisiones:

A partir de 2026: 

  • Las emisiones implícitas deberán calcularse mediante valores por defecto publicados por la Comisión o mediante valores reales verificados por verificadores acreditados. 
  • La verificación solo será obligatoria cuando se utilicen  valores reales.

4. Declaraciones CBAM anuales:

Las declaraciones CBAM deberán presentarse: 

  • Antes del 30 de septiembre de cada año 
  • Por primera vez en 2027, respecto a las importaciones de 2026 

Se habilitará un módulo específico en el Registro CBAM y se permitirá la delegación en terceros. 

5. Compra de certificados CBAM:

  • La obligación trimestral de disponer de certificados CBAM se reduce: 
  • Del 80 % al 50 % de las emisiones implícitas acumuladas desde el inicio del año. 

6. Impacto normativo adicional:

El Reglamento (UE) 2025/2083 implica la modificación de: 

  • Reglamento de Ejecución (UE) 2025/486 
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2024/3210 

La Comisión prevé completar estas adaptaciones en los próximos meses. 

 

Impacto del CBAM para empresas e importadores 

La entrada en vigor del periodo definitivo del CBAM en 2026 supondrá: 

  • Nuevas obligaciones formales: necesidad de ser declarante autorizado y presentar declaraciones anuales. 
  • Gestión de certificados CBAM, aunque con una carga trimestral reducida. 
  • Menor carga administrativa para importadores de bajo volumen gracias al umbral de 50 toneladas. 
  • Mayor seguridad jurídica en el cálculo de emisiones mediante valores por defecto. 
  • Incentivos a la descarbonización global, al mantener la coherencia con el mercado europeo de derechos de emisión (ETS). 

Apoyo para el cumplimiento del CBAM 

En un entorno regulatorio en constante evolución, contar con herramientas que permitan identificar y comprender las obligaciones legales es esencial para una gestión ambiental eficaz. 

Ecogestor Legislación, la solución de Eurofins Environment Testing Spain, ofrece un sistema actualizado y estructurado que facilita el seguimiento de la normativa aplicable —incluido el CBAM— a nivel europeo, estatal y autonómico, proporcionando rigor técnico y seguridad jurídica a las organizaciones. 

EcoGestor Legislación, el apoyo clave para cumplimiento legal en la nueva ISO 14001

EcoGestor Legislación, el apoyo clave para cumplimiento legal en la nueva ISO 14001 1200 800 Eurofins EcoGestor

La gestión del cumplimiento legal vuelve a situarse en el centro de los sistemas de gestión ambiental. Con la evolución de la norma ISO 14001 y el proceso de revisión actualmente en marcha, el control de los requisitos legales deja de ser un elemento documental para convertirse en un factor crítico del desempeño ambiental y de la credibilidad del sistema de gestión. 

La nueva orientación de la norma refuerza un enfoque más preventivo, basado en riesgos, contexto y mejora continua, lo que exige a las organizaciones herramientas que vayan más allá del simple listado normativo y permitan demostrar control, seguimiento y actualización permanente. 

En este escenario, EcoGestor Legislación se consolida como un apoyo clave para afrontar los nuevos retos de la ISO 14001, ayudando a las organizaciones no solo a obtener la certificación, sino a mantener en el tiempo un sistema de gestión ambiental robusto, fiable y alineado con la evolución de la norma. 

ISO 14001 en evolución: el cumplimiento legal como eje del desempeño ambiental 

La norma ISO 14001, referente internacional en sistemas de gestión ambiental, exige a las organizaciones identificar, evaluar y cumplir de forma continua con la legislación ambiental aplicable y con otros requisitos asumidos voluntariamente. 

La nueva revisión de la norma refuerza especialmente: 

  • La comprensión del contexto legal y normativo de la organización y su integración en la estrategia. 
  • El papel del cumplimiento legal como entrada clave en la evaluación de riesgos y oportunidades. 
  • El seguimiento sistemático del grado de cumplimiento, con mayor énfasis en la evidencia objetiva. 
  • La relación directa entre cumplimiento legal, desempeño ambiental y mejora continua del SGA. 

Este enfoque consolida el cumplimiento legal como la base sobre la que se construye un sistema ambiental eficaz, auditables y sostenible en el tiempo. 

EcoGestor Legislación: preparado para la nueva ISO 14001 

Para dar respuesta a los cambios que introduce la nueva ISO 14001 , EcoGestor Legislación evoluciona su solución digital de gestión normativa, reforzando aquellas funcionalidades más alineadas con los nuevos requisitos de la norma. 

Implantado en España, Portugal, Italia, Chile y Perú, EcoGestor Legislación permite a las organizaciones: 

  • Identificar con precisión la legislación ambiental aplicable según actividad, ubicación y contexto. 
  • Disponer de normativa analizada, interpretada y transformada en obligaciones concretas. 
  • Mantener un control continuo y documentado de los cambios legislativos. 
  • Aportar evidencias claras y trazables en auditorías ISO 14001. 

El valor diferencial de la solución reside en su equipo de consultores especializados, que traduce la complejidad legislativa en información clara, actualizada y directamente alineada con los criterios de auditoría de la norma. 

Novedades y evolución de EcoGestor Legislación (2025–2026) 

En línea con la evolución de la ISO 14001, EcoGestor Legislación incorpora mejoras orientadas a reforzar el control del cumplimiento legal: 

  • Mayor enfoque en el seguimiento del cumplimiento y su estado, no solo en la identificación normativa. 
  • Refuerzo de la trazabilidad de las obligaciones legales, facilitando la demostración de conformidad. 
  • Alertas más precisas sobre cambios legislativos críticos y plazos relevantes. 
  • Mejora en la integración del cumplimiento legal con el ciclo PDCA del SGA. 
  • Evolución continua de la plataforma para facilitar transiciones normativas y auditorías de actualización. 

Ventajas clave de EcoGestor Legislación para la ISO 14001 

1. Gestión centralizada y trazable:

Toda la normativa aplicable se gestiona desde un único entorno digital, facilitando la trazabilidad que exige la nueva ISO 14001 y simplificando auditorías internas y externas. 

2. Enfoque práctico del cumplimiento:

Las obligaciones legales se presentan de forma estructurada, evaluable y directamente integrable en el sistema de gestión ambiental. 

3. Ahorro de tiempo y reducción de riesgos:

La externalización del análisis legal permite a los equipos centrarse en la mejora del desempeño ambiental, minimizando riesgos por normativa obsoleta o mal interpretada.

4. Seguimiento continuo alineado con el PDCA 

El control del grado de cumplimiento y las alertas automáticas encajan con el ciclo de mejora continua exigido por la norma. 

5. Integración con otros sistemas de gestión

Permite una gestión integrada con ISO 45001, ISO 50001, ISO 9001 o ISO 27001, clave en sistemas integrados y organizaciones multisitio. 

Cumplimiento legal: la base del SGA en la nueva ISO 14001 

La experiencia demuestra que no puede existir un sistema de gestión ambiental eficaz sin un control sólido, actualizado y demostrable del cumplimiento legal. La nueva ISO 14001 refuerza esta idea y eleva el nivel de exigencia. 

En este contexto, EcoGestor Legislación se posiciona como un apoyo técnico esencial para acompañar a las organizaciones en la adaptación a la nueva norma, ayudándolas a anticiparse a los cambios normativos y a mantener un sistema de gestión ambiental alineado con las mejores prácticas internacionales. 

Directiva reparación de bienes

La Directiva europea que impulsa la reparación de bienes: nuevas obligaciones informativas en el horizonte

La Directiva europea que impulsa la reparación de bienes: nuevas obligaciones informativas en el horizonte 1200 800 Eurofins EcoGestor

La economía circular sigue avanzando en la Unión Europea, y lo hace con pasos firmes que afectan directamente a fabricantes, reparadores consumidores. Una nueva Directiva comunitaria introduce cambios relevantes en la forma de informar sobre la reparación de bienes, con plazos claros y obligaciones concretas que conviene conocer con antelación. Especialmente de cara a 2026, mantenerse actualizado será clave para evitar incumplimientos. 

Un contexto europeo orientado a la reparación y la sostenibilidad 

La Directiva (UE) 2024/1799 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, establece normas comunes para promover la reparación de bienes, en línea con los objetivos europeos de reducción de residuos, uso eficiente de los recursos y alargamiento de la vida útil de los productos. 

Esta norma modifica el Reglamento (UE) 2017/2394 y las Directivas (UE) 2019/771 y (UE) 2020/1828, reforzando el papel de la información al consumidor como elemento central para fomentar decisiones de compra y reparación más sostenibles. Su fecha límite de transposición es el 31 de julio de 2026, por lo que los Estados miembros y los agentes económicos disponen de un margen limitado para adaptarse. 

Obligaciones informativas para reparadores: claridad y transparencia 

Uno de los pilares de la Directiva se centra en las obligaciones informativas de los reparadores que faciliten al consumidor el Formulario Europeo de Información sobre la Reparación. A partir de la transposición, deberán: 

  • Especificar de forma clara y comprensible las condiciones de la reparación. 
  • Proporcionar el formulario de manera gratuita, en un soporte duradero antes de la formalización del contrato. 
  • Informar previamente sobre los costes del servicio de diagnóstico, cuando este sea necesario. 
  • Mantener inalterables las condiciones de reparación durante un plazo de 30 días naturales. 

Estas exigencias buscan reforzar la confianza del consumidor y facilitar comparaciones objetivas entre opciones de reparación. 

Nuevas exigencias informativas para fabricantes e importadores 

La Directiva (UE) 2024/1799 también introduce obligaciones específicas para los fabricantes de bienes incluidos en su anexo II (como lavadoras domésticas; aparatos de refrigeración; pantallas electrónicas; equipos de soldadura; aspiradoras; servidores y productos de almacenamiento de datos; teléfonos móviles o inalámbricos; etc.), así como para representantes autorizados e importadores. Entre las principales obligaciones informativas destacan: 

  • Reparar los bienes cuando existan requisitos de reparabilidad establecidos por la UE, de forma gratuita o a un precio razonable y en un plazo razonable. 
  • Publicar en un sitio web de libre acceso información sobre los precios indicativos de reparaciones habituales. 
  • No utilizar cláusulas contractuales ni soluciones técnicas (hardware o software) que impidan la reparación. 
  • No obstaculizar el uso de piezas originales, compatibles, de segunda mano o fabricadas mediante impresión 3D por parte de reparadores independientes. 
  • No rechazar una reparación alegando que el bien haya sido reparado previamente por otra persona. 

Asimismo, los fabricantes que comercialicen piezas de recambio y herramientas deberán ofrecerlas a un precio razonable, que no desincentive la reparación. 

Información al consumidor tras la reparación y ampliación de responsabilidad 

Para los bienes vendidos después del 31 de julio de 2026, la Directiva introduce una obligación adicional de carácter informativo: 

  • Cuando se realice una reparación para restablecer la conformidad del bien, el fabricante deberá ampliar en 12 meses el período de responsabilidad, aplicable una sola vez. 
  • Será obligatorio informar al consumidor de su derecho a elegir entre reparación o sustitución, así como de la posible ampliación del período de responsabilidad. 

Este aspecto refuerza la protección del consumidor y consolida la reparación como opción prioritaria frente a la sustitución. 

Mantenerse al día de la normativa ambiental y de producto 

La complejidad y el volumen de nuevas obligaciones normativas hacen imprescindible contar con herramientas que faciliten el seguimiento legislativo. Soluciones como EcoGestor Legislación, de Eurofins Environment Testing Spain, permiten a las organizaciones mantenerse actualizadas sobre cambios regulatorios relevantes, evaluar su aplicabilidad y anticipar acciones de cumplimiento de forma estructurada. 

El papel de Eurofins en el acompañamiento normativo 

Desde la unidad de negocio de Consultoría y Cumplimiento Normativo de Eurofins Environment Testing Spain, se apoya a empresas y organizaciones en la interpretación, seguimiento y adaptación a la normativa europea y nacional, ayudando a integrar estas nuevas obligaciones informativas dentro de sus sistemas de gestión y cumplimiento legal. 

Descubre cómo mantenerte al día de la normativa europea sobre reparación de bienes con EcoGestor Legislación de Eurofins Environment Testing Spain.

Ley Prevención Riesgos Laborales

El Gobierno inicia la revisión de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y del Reglamento de los Servicios de Prevención

El Gobierno inicia la revisión de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y del Reglamento de los Servicios de Prevención 1200 800 Eurofins EcoGestor

El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha iniciado los trabajos para una reforma en profundidad de la normativa española en materia de prevención de riesgos laborales, a través de la apertura de la consulta pública previa a la elaboración del Anteproyecto de Ley de modificación de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, así como del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero. 

La consulta pública fue publicada el 8 de enero de 2026 a las 14:30 horas, y el plazo para la presentación de aportaciones permanece abierto desde el 9 de enero hasta el 23 de enero de 2026 a las 23:00:59, permitiendo la participación de organizaciones, empresas, profesionales de la prevención y ciudadanía en general.

Una reforma para adaptar la prevención a los nuevos riesgos del trabajo

El objetivo principal de esta reforma es actualizar y modernizar el marco normativo preventivo, adecuándolo a la evolución de las relaciones laborales, los cambios organizativos y los nuevos riesgos emergentes en los entornos de trabajo.

Entre los ejes fundamentales de la modificación normativa destaca la necesidad de visibilizar y gestionar de forma más eficaz riesgos que han ganado protagonismo en los últimos años, como:

  • Los riesgos psicosociales, incluyendo el estrés laboral, la sobrecarga de trabajo o la falta de desconexión digital.
  • Los riesgos derivados del cambio climático, especialmente en actividades al aire libre o expuestas a temperaturas extremas.
  • Los riesgos asociados al trabajo a distancia y a la digitalización de la economía, cada vez más presentes en un número creciente de sectores.

Perspectiva de género, edad y diversidad generacional

La reforma también aspira a integrar de manera efectiva la perspectiva de género en la gestión preventiva, garantizando una protección real y equitativa para todas las personas trabajadoras, independientemente de su sexo.

Asimismo, se incorpora de forma transversal la edad y la diversidad generacional, impulsando la adaptación de los puestos de trabajo a la evolución de las capacidades psicofisiológicas de las personas trabajadoras a lo largo de su vida laboral.

En esta línea, se prevé igualmente un refuerzo específico de la protección de las trabajadoras embarazadas o en situación de lactancia, con el objetivo de mejorar la prevención de riesgos en estas situaciones especialmente sensibles.

Refuerzo de la organización preventiva y de los servicios de prevención

Otro de los pilares clave de la reforma es el fortalecimiento de la organización preventiva en las empresas, aumentando la presencia y el peso de las personas trabajadoras con funciones preventivas para garantizar una aplicación real, eficaz y controlada de la acción preventiva.

Destaca, además, la creación de agentes territoriales de prevención, concebidos para reforzar la prevención en empresas y centros de trabajo que carecen de representación legal de las personas trabajadoras, una medida que tendrá un impacto especialmente positivo en las pequeñas y medianas empresas (PYMES).

La futura norma también plantea mejorar el funcionamiento y control de las entidades especializadas acreditadas como servicios de prevención, así como de los registros en los que se encuentran inscritas, y revisar la formación exigida a los profesionales que desarrollan funciones preventivas de nivel básico, intermedio y superior.

Mayor protección para personas trabajadoras autónomas

La reforma contempla igualmente incrementar la protección de las personas trabajadoras autónomas, especialmente cuando desarrollan su actividad de forma concurrente con otras empresas o con otras personas autónomas, una situación cada vez más habitual en el actual modelo productivo.

Un objetivo estratégico: reducir la siniestralidad laboral

En conjunto, la modificación normativa pretende dotar a las empresas de instrumentos y garantías actualizadas para generar entornos de trabajo seguros y saludables, mejorando el bienestar de las personas trabajadoras y contribuyendo, al mismo tiempo, a la competitividad, productividad y crecimiento del tejido empresarial.

Esta reforma se alinea con el objetivo prioritario de reducir la siniestralidad laboral, que constituye el eje número uno de la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023-2027.

Diálogo social para una normativa adaptada al presente

Para alcanzar estos objetivos, se ha constituido una mesa de diálogo social en la que participan los interlocutores sociales, el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), el gabinete del Secretario de Estado de Trabajo y la Dirección General de Trabajo. Este espacio de trabajo permitirá consensuar una actualización de la legislación preventiva que responda a los nuevos desafíos del mundo del trabajo y de las organizaciones productivas.

La consulta pública supone, así, un primer paso clave en la configuración de una normativa preventiva más moderna, inclusiva y eficaz, adaptada a la realidad laboral del siglo XXI.

EcoGestor Legislación

Desde EcoGestor Legislación seguiremos de cerca la evolución de esta reforma clave para la prevención de riesgos laborales, informando de manera rigurosa y actualizada sobre cada avance normativo, los textos que se vayan aprobando y su impacto real en las organizaciones. Nuestro objetivo es ayudar a empresas y profesionales a anticiparse a los cambios legales, garantizar el cumplimiento normativo y adaptar sus sistemas de gestión preventiva a las nuevas exigencias regulatorias.

directiva greenwashing

Nueva Directiva (UE) 2024/825 y el enfoque contra el greenwashing: ¿qué es y qué implicaciones tendrá para las empresas?

Nueva Directiva (UE) 2024/825 y el enfoque contra el greenwashing: ¿qué es y qué implicaciones tendrá para las empresas? 1200 800 Eurofins EcoGestor

La Directiva (UE) 2024/825 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de febrero de 2024, ha sido aprobada con un objetivo ambicioso y estratégico: empoderar a las personas consumidoras para la transición ecológica mediante una mejor protección frente a prácticas comerciales desleales y una información más clara y fiable sobre las características ambientales y sociales de bienes y servicios.  

Este nuevo marco europeo, en esencia, refuerza la lucha contra el llamado greenwashing —prácticas de marketing en las que empresas dan información ambigua, exagerada o falsa sobre beneficios ambientales para atraer clientela— y amplía las obligaciones de transparencia y veracidad en las comunicaciones comerciales.  

¿En qué consiste la Directiva? 

La Directiva modifica principalmente dos normas clave del Derecho de la Unión:

  • la Directiva 2005/29/CE sobre prácticas comerciales desleales y
  • la Directiva 2011/83/UE sobre derechos de las personas consumidoras.

Su enfoque es doble:

  1. Protección contra prácticas engañosas que dificultan que la persona consumidora tome decisiones de compra ambientalmente responsables, como: 
    • Afirmaciones ambientales o sociales engañosas sobre productos (por ejemplo, “eco-friendly” sin respaldo objetivo). 
    • Información poco clara o difícil de verificar sobre características como reparabilidad, durabilidad o reciclabilidad. 
    • Comparaciones ambiguas entre productos que pueden inducir a error.  
  2. Mejora de la información precontractual que las empresas deben proporcionar antes de la compra, especialmente en relación con: 
    • la disponibilidad de opciones de entrega más sostenibles, 
    • información sobre servicios de reparación y posventa, 
    • detalles de garantías de durabilidad o las condiciones de actualizaciones de software en bienes digitales.  

En conjunto, estas medidas buscan que los consumidores puedan comparar y elegir productos de forma más consciente y sostenible, y que las empresas compitan en base a hechos —no a afirmaciones ambiguas— sobre sostenibilidad.

¿Qué es greenwashing y cómo lo combate esta Directiva? 

El greenwashing se refiere a prácticas de marketing en las que una empresa presenta sus productos o servicios como más ecológicos de lo que realmente son o utiliza términos vagos sin soporte verificable. La Directiva actúa aquí en dos frentes: 

  • Amplía las prácticas consideradas desleales cuando inducen a error sobre beneficios ambientales.
  • Exige que las afirmaciones medioambientales estén respaldadas por compromisos claros, objetivos, verificables públicamente y acompañados de planes de ejecución con recursos asignados. 

Esto implica que una empresa no podrá simplemente afirmar que un producto es ‘ecológico’ o neutral’ sin proporcionar evidencia verificable y accesible sobre cómo se llega a esa conclusión.  

Plazos claves para empresas en la UE 

  • Plazo de transposición:

Los Estados miembros deberán incorporar el contenido de la Directiva a su legislación nacional antes del 27 de marzo de 2026.  

En el caso de España, este proceso ya ha comenzado con la elaboración del Anteproyecto de Ley de Consumo Sostenible, que servirá como instrumento normativo para adaptar el ordenamiento jurídico español a las nuevas exigencias europeas en materia de información ambiental, lucha contra el greenwashing y protección de las personas consumidoras. 

  • Aplicación efectiva:

Las normas podrán aplicarse a partir del 27 de septiembre de 2026, fecha en la que podrán imponerse sanciones o exclusiones de contratos por incumplimiento de las obligaciones derivadas de la Directiva.  

Este calendario es clave para que las empresas se preparen con antelación y adapten sus procesos de comunicación, etiquetado y gestión de información ambiental.  

¿Qué obligaciones tendrán las empresas? 

Las empresas que operen en el mercado de la UE deberán: 

  • Garantizar que toda declaración medioambiental o social sea clara, verificable y fiable.
  • Evitar afirmaciones ambiguas o sin sustento que puedan inducir a error a las personas consumidoras (greenwashing).
  • Proporcionar información detallada y accesible sobre características relevantes del producto o servicio —incluyendo aspectos de circularidad y sostenibilidad— antes de la compra.
  • Facilitar comparaciones objetivas entre productos cuando se incluyan datos ambientales.
  • Incluir información sobre reparación, durabilidad, disponibilidad de piezas y servicios posventa, cuando corresponda.  

Asimismo, los comerciantes pueden estar obligados a verificar ciertas afirmaciones mediante terceros expertos independientes, especialmente cuando se haga referencia a objetivos o metas de sostenibilidad específicas.  

Conclusión

La Directiva (UE) 2024/825 representa un paso importante de la Unión Europea para combatir el greenwashing y fortalecer los derechos de las personas consumidoras en su transición hacia patrones de consumo más sostenibles. 

Para las empresas, implica un aumento de obligaciones en materia de transparencia, verificación y presentación de información ambiental y social, con un impacto directo en estrategias de comunicación, marketing y cumplimiento normativo. 

¿Tu empresa está lista para cumplir con la Directiva (UE) 2024/825 y evitar sanciones por greenwashing? Contáctanos para sesoramiento experto

resumen normativo 2025

Resumen Normativo 2025: Principales Cambios en Medio Ambiente y Prevención

Resumen Normativo 2025: Principales Cambios en Medio Ambiente y Prevención 1200 800 Eurofins EcoGestor

Durante 2025 se han publicado numerosas novedades legislativas en materia de medio ambiente, prevención de riesgos y seguridad industrial, que afectan directamente al día a día de las organizaciones. Estar al tanto de estos cambios resulta clave para seguir cumpliendo con la normativa, evitar imprevistos y avanzar hacia una gestión más segura y responsable.

Desde Eurofins, y apoyándonos en nuestras soluciones EcoGestor, hemos preparado este resumen práctico con las normas más destacadas del año, junto con los enlaces a las noticias completas para que puedas ampliar información de forma rápida y sencilla.

 1. Ley 1/2025 de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario

Publicación en BOE: 2 de abril de 2025
Entrada en vigor: 2 de enero de 2025 (con obligaciones progresivas)

Introduce un marco específico para reducir el desperdicio alimentario en toda la cadena agroalimentaria. Era una normativa muy esperada desde la Ley 7/2022 de residuos, que ya apuntaba a la necesidad de evitar que los alimentos terminasen en vertederos y fomentar un uso más responsable de un recurso tan valioso.

La ley impulsa una gestión más eficiente del alimento en todas sus fases, prioriza la donación antes que el desecho, promueve metodologías de medición homogéneas y alinea sus objetivos con la Agenda 2030. Su finalidad es clara:

  • Donación prioritaria: Obliga a establecer convenios para la donación de productos no comercializados pero aptos para el consumo.
  • Medición homogénea: Exige el uso de metodologías de medición para reducir el desperdicio de forma cuantificable.
  • Objetivo 2030: Busca reducir en un 50% el desperdicio en los eslabones minorista y doméstico.

Más información: Ley de Desperdicio Alimentario

2. Real Decreto 214/2025: Registro de Huella de Carbono y Planes de Reducción

Publicación en el BOE: 12 de abril de 2025 (BOE-A-2025-7439)
Entrada en vigor: 12 de junio de 2025

Este Real Decreto refuerza la Ley de Cambio Climático y crea un marco de transparencia para las emisiones de GEI en España. Afecta especialmente a entidades de interés público y empresas de gran tamaño.

Obligaciones para organizaciones:

  • Cálculo anual: Obligación de reportar anualmente la huella de carbono (mínimo alcances 1 y 2).
  • Plan de Reducción: No basta con medir; las empresas deben elaborar y publicar objetivos de reducción con medidas concretas.
  • Criterios de aplicación: Afecta a empresas con más de 500 empleados o que cumplan dos de estos criterios: activo >20M€, facturación >40M€ o >250 empleados.

Importancia: Es un cambio estructural en la política climática empresarial en España, anticipando requisitos de los estándares europeos de reporte de sostenibilidad (CSRD).

Más información: Qué es el Registro de huella de carbono y cómo funciona

3. Real Decreto 164/2025: Nuevo Reglamento de Seguridad Contra Incendios en Establecimientos Industriales

Publicación en el BOE: 10 de abril de 2025
Entrada en vigor: 10 de mayo de 2025

Sustituye al anterior RSCIEI de 2004, actualiza íntegramente el marco de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales. La nueva normativa adapta los requisitos técnicos a la realidad actual del sector, armoniza criterios con el Código Técnico de la Edificación (CTE) y el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI), e introduce medidas más estrictas para reforzar la protección de personas, instalaciones y bienes.

Entre sus principales novedades destacan:

  • Requisitos reforzados de diseño y protección para nuevas instalaciones industriales.
  • Inspecciones periódicas obligatorias por organismos de control, aplicables también a instalaciones existentes.
  • Nuevas especificaciones técnicas para sistemas de detección, alarma y extinción.
  • Adaptación a riesgos emergentes y alineación con los avances tecnológicos y normativas europeas.

Más información: Nuevo Reglamento de Seguridad Contra Incendios

4. Reglamento (UE) 2025/40 sobre Envases y Residuos de Envases

Publicación en el DOUE: 22 de enero de 2025
Entrada en vigor: Progresiva desde 2026

El Reglamento (UE) 2025/40 sustituye a la Directiva 94/62/CE y establece un marco único, directamente aplicable en todos los Estados miembros, para la prevención y gestión de envases y residuos de envases. La norma refuerza los requisitos de sostenibilidad, reduce la variabilidad normativa entre países y asegura la libre circulación de envases conformes en el mercado interior.

Entre sus principales novedades destacan:

  • Diseño sostenible de envases, con límites más estrictos a sustancias peligrosas y exigencias de ecodiseño.
  • Requisitos para que los envases sean reutilizables y/o reciclables, con objetivos progresivos aplicables en toda la UE.
  • Mayor responsabilidad del productor, ampliando las obligaciones de recogida, reciclado, información y trazabilidad.

Más información: Nuevo Real Decreto sobre Envases y Residuos de Envases 

5. Ley 9/2025: Ley de Movilidad Sostenible

Publicación: 3 de diciembre de 2025

Entrada en vigor: Progresiva desde 2026

Una norma clave para las empresas con grandes plantillas o flotas de transporte, que busca descarbonizar el transporte y mejorar la eficiencia logística.

  • Planes de Movilidad al Trabajo: Obliga a las empresas con más de 500 trabajadores (o 250 por centro de trabajo) a elaborar planes de movilidad sostenible para sus empleados (fomento de transporte público, carpooling, puntos de recarga, etc.).
  • Logística y Carga: Introduce incentivos para la renovación de flotas y el uso de energías renovables en el transporte de mercancías.
  • Zonas de Bajas Emisiones (ZBE): Establece el marco estatal para que los municipios regulen el acceso a los centros urbanos, afectando directamente a la distribución de última milla.

Más información: Ley de Movilidad Sostenible

6. Instrucción IS-47: municipios de actuación prioritaria frente al radón

Publicación: 1 de mayo de 2025

Entrada en vigor: 2 de mayo de 2025

La Instrucción IS‑47, aprobada por el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN), establece por primera vez un listado oficial de términos municipales de actuación prioritaria frente al radón, así como las directrices obligatorias para realizar mediciones de radón en el aire interior de los centros de trabajo ubicados en dichos municipios.

Esta instrucción se enmarca en la protección radiológica derivada de la Directiva 2013/59/Euratom y del Plan Nacional contra el Radón, reforzando las obligaciones ya introducidas por el RD 1029/2022. Su objetivo es garantizar que las empresas ubicadas en zonas con mayor probabilidad de exposición adopten medidas preventivas adecuadas.

Principales novedades:

  • Listado oficial de municipios prioritarios: El CSN identifica las localidades donde existe mayor riesgo potencial de exposición al radón, obligando a las empresas ubicadas en ellas a realizar mediciones periódicas.
  • Directrices para mediciones en centros de trabajo: Se establecen criterios técnicos sobre cómo, dónde y durante cuánto tiempo deben realizarse las mediciones para garantizar resultados fiables y comparables.
  • Obligación de medición en centros de trabajo existentes y nuevos: Las empresas situadas en municipios prioritarios deben medir el radón tanto en instalaciones actuales como en futuras construcciones o ampliaciones.
  • Marco para la actuación preventiva: La instrucción forma parte del enfoque nacional para reducir la exposición al radón, uno de los contaminantes naturales más relevantes para la salud pública según el CSN.

Más información: Instrucción IS-47

Compromiso Eurofins: Cumplimiento, Sostenibilidad y Seguridad

En Eurofins EcoGestor, nuestra misión es acompañar a las organizaciones en el cumplimiento íntegro de sus obligaciones legales, ofreciendo:

  • Actualización normativa diaria
  • Análisis técnico especializado
  • Herramientas digitales como EcoGestor Legislación, CAE, Residuos o GMAO
  • Consultoría experta en medio ambiente, prevención y sostenibilidad

Gracias al trabajo continuo de nuestro equipo, las empresas pueden anticiparse a los cambios regulatorios y garantizar una gestión ambiental y preventiva sólida y segura.

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Nueva Guía Técnica 2025 sobre Vibraciones Mecánicas: Novedades Clave

Nueva Guía Técnica 2025 sobre Vibraciones Mecánicas: Novedades Clave 1200 800 Eurofins EcoGestor

El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) ha publicado la actualización 2025 de la Guía Técnica para la Evaluación y Prevención de los Riesgos relacionados con las Vibraciones Mecánicas, un documento esencial para aplicar correctamente el Real Decreto 1311/2005 y garantizar la protección de la salud frente a la exposición a vibraciones. 

Esta nueva edición sustituye a la anterior publicada en 2008, incorporando criterios actualizados, recomendaciones y contenidos técnicos que reflejan los avances normativos y la experiencia acumulada en estos 17 años. Durante este período se han identificado aspectos que requerían aclaración, lo que ha motivado una revisión en profundidad para facilitar a las empresas y responsables de prevención la interpretación y aplicación del Real Decreto 1311/2005 sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas. 

¿Por qué es importante esta actualización? 

La exposición a vibraciones mecánicas puede provocar lesiones graves como el síndrome mano-brazo, trastornos osteoarticulares y problemas lumbares. Esta guía ofrece criterios técnicos actualizados para evaluar riesgos y aplicar medidas preventivas en sectores como construcción, industria, transporte y agricultura. 

Las 5 principales novedades de la Guía Técnica 2025 

1.Revisión completa del contenido: Se han actualizado los comentarios al articulado y los apéndices, incorporando aclaraciones técnicas y ejemplos prácticos para facilitar la interpretación del Real Decreto 1311/2005. 

2. Nuevos apéndices:

  • Fundamentos físicos de las vibraciones: conceptos clave como frecuencia, aceleración y resonancia. 
  • Medidas de control del riesgo: estrategias jerarquizadas para reducir la exposición, desde la eliminación en origen hasta la protección individual. 

3. Actualización normativa: Incluye referencias al Reglamento (UE) 2023/1230 sobre máquinas, aplicable en 2027, y a normas UNE e ISO para medición y evaluación (UNE-EN ISO 5349 y UNE ISO 2631). 

4. Herramientas digitales: Se refuerza el uso de BaseVibra y el calculador A(8) del INSST, que permiten estimar la exposición diaria normalizada y simplificar la evaluación del riesgo. 

5. Medidas preventivas y organizativas:

La guía detalla acciones como: 

    • Selección de equipos con sistemas antivibratorios. 
    • Optimización de métodos de trabajo. 
    • Rotación de tareas y limitación de tiempos de exposición. 
    • Formación específica para el personal. 

Valores límite y niveles de acción (Artículo 3) 

La normativa establece dos parámetros para evaluar la exposición a vibraciones, calculados como A(8) (aceleración diaria equivalente normalizada a 8 horas): 

Vibración mano-brazo 

  • Nivel de acción: 2,5 m/s²
    El cálculo se realiza sumando las aceleraciones en los tres ejes.
    Interpretación: 

    • Por debajo del nivel de acción → riesgo aceptable. 
    • Entre nivel de acción y valor límite → riesgo que requiere medidas. 
    • Por encima del valor límite → situación intolerable, aplicar medidas inmediatas. 

Vibración cuerpo entero 

  • Valor límite: 1,15 m/s² 
  • Nivel de acción: 0,5 m/s²
    Se toma el eje con mayor aceleración ponderada.
    Interpretación: igual que en mano-brazo. 

Comparación del A(8)

Impacto en las empresas y sectores afectados 

Esta actualización es clave para cumplir la normativa y proteger la salud en actividades con alta exposición a vibraciones: construcción, transporte, maquinaria agrícola, minería e industria manufacturera. 

Mantente al día con EcoGestor Legislación 

Las obligaciones en prevención de riesgos laborales evolucionan constantemente. EcoGestor Legislación te ayuda a: 

  • Monitorizar cambios normativos en tiempo real. 
  • Acceder a guías técnicas y reglamentos actualizados. 
  • Garantizar el cumplimiento legal en tu organización. 

Ley Movilidad Sostenible

Publicada la Ley de Movilidad Sostenible 

Publicada la Ley de Movilidad Sostenible  1200 800 Eurofins EcoGestor

El Boletín Oficial del Estado ha publicado hoy, jueves, 4 de diciembre, la Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible. Ésta entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. Se trata de una norma de carácter transversal que redefine la movilidad como un derecho ciudadano y establece un marco integral para garantizar desplazamientos más seguros, inclusivos y respetuosos con el medio ambiente.

Objetivos principales de la Ley de Movilidad Sostenible

  • Establecer los principios generales que permitan desarrollar un sistema multimodal integrado de movilidad a un coste razonable para el usuario adaptado al entorno y a las necesidades de cada momento.
  • Facilitar la existencia de un sistema de transportes multimodal de mercancías y logística eficiente, sostenible y resiliente.
  • Impulsar la progresiva descarbonización del transporte y la movilidad que permita contribuir a alcanzar la neutralidad climática del transporte en 2050.

Principios rectores del nuevo modelo

La ley se fundamenta en varios principios clave:

  • Movilidad como derecho ciudadano que los poderes públicos deben proteger.
  • Equidad social y territorial, asegurando igualdad de acceso en todo el país.
  • Sostenibilidad triple: económica, energética y ambiental.
  • Innovación y digitalización, aprovechando la tecnología para mejorar servicios.
  • Lucha contra el cambio climático, con metas alineadas con la Agenda 2030.

Medidas que establece la Ley de Movilidad Sostenible

La norma establece nuevas exigencias para administraciones y empresas:

  • Se crea y regula el Sistema General de Movilidad Sostenible, con diversos instrumentos para su desarrollo: el Foro Territorial de Movilidad Sostenible, el Consejo Superior de Movilidad Sostenible y el Espacio de Datos Integrado de Movilidad (EDIM).
  • Se regula el Documento de Orientaciones para la Movilidad Sostenible (DOMOS) como marco de condiciones orientativas para la planificación y gestión sostenible del transporte.
  • Se establece el Instrumento de Planificación Estratégica Estatal en Movilidad (IPEEM) y su equivalente para las comunidades autónomas.
  • Se permite a los municipios introducir una tasa por la circulación de vehículos que superen los límites o categorías máximas de libre circulación estipuladas en las zonas de bajas emisiones.
  • Se sientan las bases para regular la futura operación de los vehículos automatizados de pasajeros y mercancías.

Obligaciones que establece la Ley de Movilidad Sostenible

  • Se recogen obligaciones para la elaboración de planes de movilidad sostenible de:
    -Entidades locales de más de 20.000 y menos de 50.000 habitantes.
    -Grandes centros de actividad.
    -Planes de movilidad sostenible al trabajo: todos los centros de trabajo con más de 200 trabajadores o 100 por turno deberán tener un plan de movilidad en 24 meses desde la entrada en vigor de la ley.
  • Se obliga a las Administraciones y a los gestores de las infraestructuras a disponer de protocolos de actuación ante episodios de alta contaminación.
  • Las empresas que ofrecen un servicio de transporte deberán realizar el cálculo de las emisiones de gases de efecto invernadero en el plazo de 1 año desde que se apruebe la metodología.
  • Se establece un plazo de 6 meses para que las entidades de distribución eléctrica pongan a disposición del Ministerio la información relativa a las características y capacidades de la red eléctrica en los puntos de recarga eléctrica, en los términos que se establezcan mediante orden ministerial.

¿Cuándo será obligatorio disponer de un plan de movilidad?

Las empresas y las entidades pertenecientes al sector público deberán disponer, en el plazo de veinticuatro meses desde la entrada en vigor de esta ley, de planes de movilidad sostenible al trabajo para aquellos centros de trabajo con más de 200 personas trabajadoras o 100 por turno cuyo centro de trabajo habitual sea dicho centro de actividad.

Dicha obligación será aplicable también a las entidades pertenecientes al sector público estatal de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, para aquellos centros de trabajo con más de 200 personas trabajadoras o 100 por turno. Asimismo, podrá ser de aplicación a otras entidades pertenecientes al sector público si así lo establece la Administración competente en materia de transporte y movilidad en el ámbito territorial correspondiente.

Estos planes contemplarán el impulso de la movilidad activa, el transporte colectivo, la movilidad de bajas emisiones, soluciones de movilidad tanto compartida como colaborativa, el uso y recarga de vehículos cero emisiones, o el teletrabajo, entre otros.

Los planes de movilidad sostenible al trabajo deberán ser objeto de un seguimiento que permita evaluar el nivel de implantación de las actuaciones y medidas recogidas en el plan. En todo caso, y sin perjuicio de otras actuaciones, en el plazo de dos años desde su aprobación, las entidades públicas y empresas deberán elaborar un informe de seguimiento sobre el nivel de implantación de las actuaciones y medidas del plan, que se repetirá cada dos años de vigencia del plan.

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real decreto gases fluorados

En marcha el nuevo Real Decreto sobre gases fluorados y refrigerantes naturales

En marcha el nuevo Real Decreto sobre gases fluorados y refrigerantes naturales 1200 800 Eurofins EcoGestor

El Gobierno de España prepara un nuevo Real Decreto sobre gases fluorados de efecto invernadero, refrigerantes naturales y los equipos que los contienen, cuyo borrador ha estado en información pública en 2025. La norma sustituirá al Real Decreto 115/2017, reforzando el marco legal para la comercialización, uso y formación de profesionales, y adaptando el ordenamiento español a los Reglamentos (UE) 2024/573 y 2024/590 del Parlamento Europeo y del Consejo.

El texto se enmarca en la estrategia del Pacto Verde Europeo y en el objetivo de alcanzar una Unión Europea climáticamente neutra en 2050, limitando las emisiones de gases de efecto invernadero con alto potencial de calentamiento atmosférico (PCA o GWP) y regulando las sustancias que agotan la capa de ozono.

Una regulación más estricta y adaptada a los nuevos reglamentos europeos

El proyecto de real decreto responde a la necesidad de actualizar y reforzar el control sobre la comercialización y manipulación de gases fluorados, alineándose con las disposiciones del Reglamento (UE) 2024/573, que endurece el sistema de cuotas de importación y producción de hidrofluorocarbonos (HFC) hasta reducirlos a cero en 2050.

Entre sus principales objetivos, la futura norma busca:

  • Reducir las emisiones derivadas del uso de gases fluorados mediante el impulso de refrigerantes naturales (como el CO₂, NH₃ o propano).
  • Controlar la comercialización de equipos que empleen gases fluorados de alto PCA, limitando su puesta en el mercado cuando existan alternativas seguras.
  • Reforzar la trazabilidad y la transparencia mediante la creación de registros electrónicos unificados para empresas, instaladores, centros formativos, equipos y gases utilizados.
  • Regular la formación y certificación de profesionales que manipulen estos gases o sus sustitutos, con nuevos certificados personales adaptados al Reglamento (UE) 2024/573, válidos en toda la Unión Europea.

Formación y certificación de profesionales

El Título II del proyecto establece un nuevo sistema de certificación profesional dividido en distintas categorías (A1 a M4), según el tipo de instalación o gas manipulado. Por ejemplo:

  • Los certificados A1 y A2 habilitarán para trabajar con equipos de refrigeración o climatización con diferentes cargas de refrigerantes.
  • Los certificados B, C y D estarán vinculados al uso de CO₂, amoníaco o gases fluorados en sistemas de pequeña carga.
  • Los certificados F y H cubrirán los equipos de protección contra incendios y la aparamenta eléctrica.

Comercialización, etiquetado y trazabilidad

El Título III del proyecto de real decreto detalla las obligaciones de distribuidores y comercializadores, entre ellas:

  • Sólo podrán venderse gases fluorados a empresas habilitadas o fabricantes certificados.
  • Los equipos precargados deberán ser instalados por empresas acreditadas y registrados electrónicamente.
  • Se refuerza el etiquetado obligatorio en castellano, indicando el tipo de gas, la cantidad y su potencial de calentamiento global (PCA).
  • Se establecen restricciones a la venta e instalación de equipos con gases fluorados de alto impacto climático, salvo excepciones justificadas por razones de seguridad.

El nuevo registro electrónico unificado, gestionado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, incluirá secciones para profesionales certificados, centros formativos, equipos instalados y uso de gases en hospitales, garantizando un seguimiento digital completo de la cadena de suministro y uso.

Refuerzo del control ambiental y prevención de fugas

El proyecto introduce nuevos requisitos técnicos para instalaciones que emitan gases fluorados y obliga a recuperar los gases contenidos en espumas de aislamiento antes de la demolición o reforma de edificios. También prevé la cooperación entre administraciones y cuerpos de seguridad en la lucha contra el tráfico ilegal de gases fluorados. Por último, incluye la posibilidad de subastar gases incautados cumpliendo las normas ambientales.

El texto, estructurado en siete títulos y varios anexos, culmina con un régimen sancionador reforzado que remite a la Ley 34/2007, de calidad del aire y protección de la atmósfera. Deroga expresamente el Real Decreto 115/2017.

Estar al día: una herramienta clave para el cumplimiento

La nueva normativa sobre gases fluorados supondrá un cambio profundo para empresas instaladoras, distribuidores, fabricantes, técnicos y gestores ambientales. En un contexto de creciente exigencia regulatoria, anticiparse a los cambios será esencial para evitar incumplimientos y sanciones.

EcoGestor Legislación permite consultar en tiempo real las novedades legislativas en materia de cambio climático, atmósfera y residuos. Además, ofrece alertas, análisis y seguimiento de los proyectos normativos como éste.

Consulta EcoGestor Legislación y mantén a tu organización preparada ante los próximos cambios normativos en gases fluorados y refrigeración.