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La UE aprueba el Reglamento sobre microplásticos: nuevas obligaciones para prevenir las pérdidas de granza de plástico desde 2026

La UE aprueba el Reglamento sobre microplásticos: nuevas obligaciones para prevenir las pérdidas de granza de plástico desde 2026 1200 800 Eurofins EcoGestor

El Reglamento (UE) 2025/2365 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de noviembre de 2025, ya es una realidad. Publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el 26 de noviembre de 2025, este nuevo marco normativo establece por primera vez obligaciones vinculantes en toda la UE para prevenir las pérdidas de granza de plástico, una de las principales fuentes de contaminación por microplásticos en el medio ambiente. 

La norma, de aplicación directa en todos los Estados miembros, tiene como objetivo avanzar hacia la “cero pérdida de granza” a lo largo de toda la cadena de suministro, desde la producción y el reciclado hasta el transporte y el almacenamiento. 

¿Por qué era necesario este Reglamento? 

Según datos de la Comisión Europea, las pérdidas de granza de plástico representan la tercera mayor fuente de liberación no intencionada de microplásticos, con impactos significativos sobre suelos, ríos, ecosistemas marinos y biodiversidad. Una vez liberadas, estas partículas son prácticamente imposibles de recuperar y pueden permanecer en el medio ambiente durante décadas. 

Con este Reglamento, la UE refuerza su Estrategia de Contaminación Cero y da un paso clave en la prevención en origen, complementando otras iniciativas europeas en materia de economía circular y protección ambiental. 

Ámbito de aplicación

El Reglamento (UE) 2025/2365 afecta a: 

  • Operadores económicos que hayan manipulado 5 toneladas o más de granza de plástico en el año natural anterior (fabricantes, transformadores, recicladores, almacenistas, etc.). 
  • Instalaciones de limpieza de contenedores y cisternas de granza. 
  • Transportistas, tanto de la UE como de terceros países, que operen en territorio europeo. 
  • Expedidores y operadores marítimos, en relación con el transporte de granza en contenedores desde o hacia puertos de la UE (con un calendario específico). 

Principales obligaciones introducidas 

Entre los requisitos más relevantes del Reglamento destacan: 

  • Prevención, contención y limpieza inmediata de cualquier pérdida de granza. 
  • Notificación y registro de las instalaciones y actividades ante la autoridad competente. 
  • Planes de gestión de riesgos, conforme al Anexo I, que incluyan evaluación de riesgos, medidas técnicas y procedimientos operativos. 
  • Formación específica del personal implicado en la manipulación y el transporte. 
  • Registro anual de cantidades manipuladas y pérdidas estimadas, reforzando la trazabilidad. 
  • Obligaciones específicas para el transporte marítimo, incluyendo requisitos de embalaje, estiba y comunicación de la carga. 

Certificación y tamaño de empresa 

El Reglamento introduce un sistema de certificación por terceros acreditados para acreditar el cumplimiento: 

Instalaciones que manipulen más de 1.500 toneladas/año

  • Grandes empresas: certificación antes del 17 de diciembre de 2027 (renovación cada 3 años). 
  • Medianas empresas: antes del 17 de diciembre de 2028 (renovación cada 4 años). 
  • Pequeñas empresas: antes del 17 de diciembre de 2030 (validez de 5 años). 

Las empresas de menor tamaño podrán acogerse a declaraciones responsables, aunque se fomenta la certificación voluntaria.

Entrada en vigor y aplicación

El Reglamento entró en vigor el 16 de diciembre de 2025, y será aplicable desde el 17 de diciembre de 2027, con excepciones para algunos artículos que se aplicarán desde el 16 de diciembre de 2025 como evitar pérdidas y cuando se produzcan pérdidas, tomar medidas inmediatas para contenerlas y limpiarlas de acuerdo con prácticas medioambientalmente sostenibles, y para el transporte marítimo desde el 17 de diciembre de 2028.

Este periodo transitorio resulta clave para que las empresas afectadas evalúen su grado de cumplimiento y planifiquen las medidas necesarias.

¿Cómo puede ayudar Ecogestor? 

La entrada en vigor del Reglamento (UE) 2025/2365 supone un reto técnico y organizativo importante para muchas empresas. Contar con asesoramiento especializado permitirá: 

  • Identificar si la actividad está sujeta al Reglamento.
  • Elaborar y actualizar planes de gestión de riesgos.
  • Implantar sistemas de control, registro y formación.
  • Preparar a la organización para futuras certificaciones e inspecciones.

Desde EcoGestor, acompañamos a las empresas en la adaptación a esta nueva normativa, facilitando el cumplimiento legal y contribuyendo a la reducción efectiva de la contaminación por microplásticos.