Legislación

Archivo cronológico EcoGestor Residuos

¿Qué es el archivo cronológico?

¿Qué es el archivo cronológico? 1200 800 Eurofins EcoGestor

Para facilitar las funciones de vigilancia e inspección de residuos, la Ley 7/2022 establece, para las entidades o empresas registradas y los productores iniciales que generen más de 10 toneladas de residuos no peligrosos al año, la obligación de llevar un archivo cronológico en el que anotarán la información relativa a las operaciones de producción y gestión de residuos facilitando la trazabilidad de los residuos desde su producción hasta su tratamiento final.

En el archivo electrónico se recogen, por orden cronológico, la cantidad, naturaleza y origen del residuo generado y la cantidad de productos, materiales o sustancias, y residuos resultantes de la preparación para la reutilización, del reciclado, de otras operaciones de valorización y de operaciones de eliminación; y cuando proceda, se inscribirá también el destino, la frecuencia de recogida, el medio de transporte y el método de tratamiento previsto del residuo resultante, así como el destino de productos, materiales y sustancias. Las inscripciones del archivo cronológico se realizarán, cuando sea de aplicación, por cada una de las operaciones de tratamiento autorizadas de conformidad con los anexos II y III.

Herramienta Clave para la Gestión Sostenible

En el marco de los avances hacia prácticas más sostenibles y transparentes, surge la importancia del «Archivo Cronológico de Residuos». Esta herramienta, establecida por la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados, se presenta como un elemento crucial para transformar la gestión de residuos.

Desde su implementación, el Archivo Cronológico de Residuos ha revolucionado la forma en que los productores, gestores y negociantes abordan la gestión de residuos. Esta herramienta, diseñada para registrar de manera detallada cada etapa del ciclo de vida de los residuos, no solo cumple con las regulaciones legales, sino que también se convierte en un aliado estratégico para impulsar la sostenibilidad ambiental.

El archivo no es simplemente una formalidad, sino una respuesta innovadora a la creciente preocupación por la gestión eficiente de los residuos en un mundo que busca transitar hacia la economía circular. ¿Qué es exactamente este archivo y por qué es tan relevante?

Trazabilidad de Residuos Detallada

El Archivo Cronológico de Residuos actúa como un historial detallado de cada residuo producido, desde su generación hasta su tratamiento final. La cantidad, naturaleza, origen, destino, método de tratamiento, transporte y frecuencia de recogida son solo algunas de las variables cruciales que este archivo rastrea minuciosamente.

  1. Registro Pormenorizado de Datos: El archivo no se limita a ser una simple compilación de información; es un archivo dinámico que registra con meticulosidad la cantidad, naturaleza, origen de cada residuo generado y fecha de inicio del almacenamiento. Este nivel de detalle proporciona una visión completa y transparente de la gestión de residuos, permitiendo a las partes interesadas comprender los flujos y patrones de generación.
  2. Seguimiento Integral del Proceso: Desde la generación inicial hasta el tratamiento final, el archivo cronológico sigue el viaje de cada residuo. Registra datos esenciales, como el destino, el método de tratamiento, el medio de transporte y la frecuencia de recogida. Este seguimiento integral del proceso facilita la identificación de áreas de mejora, optimización de rutas de transporte y evaluación de la eficacia de los métodos de tratamiento. Puede utilizarse para mejorar en el principio de proximidad.
  3. Contribución a la Economía Circular: La trazabilidad detallada propiciada por el archivo cronológico es fundamental para avanzar hacia una economía circular. Permite identificar oportunidades para la preparación para la reutilización y el reciclado, fomentando la reducción de residuos y promoviendo prácticas más sostenibles en consonancia con los principios de la economía circular.
  4. Toma de Decisiones Basada en Datos: La información detallada contenida en el archivo no solo cumple con los requisitos normativos, sino que también sirve como una fuente valiosa para la toma de decisiones informadas. Los gestores y productores pueden utilizar estos datos para optimizar procesos, reducir costos, y contribuir de manera más efectiva a los objetivos ambientales y de sostenibilidad.

En resumen, la trazabilidad detallada habilitada por el Archivo Cronológico de Residuos no solo es un requisito legal, sino un catalizador fundamental para una gestión de residuos más eficiente, sostenible y transparente. Su implementación no solo transforma la forma en que abordamos los residuos, sino que también sienta las bases para un futuro más prometedor en la gestión ambiental.

Cumplimiento Normativo 

La ley exige a los productores, gestores y negociantes mantener este archivo digital  con la Ley 7/2022. Esta legislación no solo establece obligaciones, sino que también refuerza el compromiso con prácticas ambientales responsables. La implementación y actualización constante del archivo son esenciales para cumplir con las normativas y contribuir al cambio hacia una gestión de residuos más sostenible. 

Herramienta Electrónica e Innovadora

El archivo no es un mero documento en papel; se presenta como una herramienta electrónica, reflejando la creciente dependencia de la tecnología para mejorar la eficiencia y transparencia en todas las áreas, incluso en la gestión de residuos. La Ley no especifica un formato específico, permitiendo flexibilidad para adaptarse a la evolución tecnológica. En este post explicamos cómo llevar el archivo cronológico “on line”.

Cinco Años de Historial

La obligación de conservar un historial del archivo cronológico de residuos durante un período de al menos cinco años está respaldada por razones legales, ambientales y operativas. Este período extenso de retención de datos se ha establecido para cumplir con diversos objetivos fundamentales:

  1. Cumplimiento legal, Inspecciones y Auditorías: Las autoridades ambientales pueden llevar a cabo inspecciones y auditorías para asegurarse de que las empresas cumplen con las regulaciones ambientales. Mantener un historial de cinco años facilita la disponibilidad inmediata de información detallada durante tales revisiones.
  2. Análisis de Tendencias y Estadísticas, Evaluación a Largo Plazo: Un historial de cinco años permite a las organizaciones analizar tendencias y patrones a lo largo del tiempo. Esta información es esencial para evaluar el impacto de las prácticas de gestión de residuos, identificar áreas de mejora y ajustar estrategias operativas.
  3. Resolución de Disputas y Responsabilidad Legal, Respaldo en Disputas Jurídicas: En casos de disputas legales o reclamaciones, tener un historial a largo plazo sirve como respaldo documental. Puede ser crucial para demostrar la conformidad con las regulaciones y la adopción de prácticas responsables.
  4. Vigilancia del Ciclo de Vida de los Residuos, Seguimiento de Cambios: El mantenimiento de registros a largo plazo facilita el seguimiento del ciclo de vida completo de los residuos, desde su generación hasta su tratamiento final. Esto es esencial para evaluar la eficacia de las estrategias de gestión y garantizar que se estén cumpliendo los objetivos ambientales.
  5. Garantía de Transparencia y Rendición de Cuentas, Exigencia de Transparencia: La retención de registros durante cinco años respalda la transparencia en la gestión de residuos. Las organizaciones pueden demostrar cómo han gestionado sus residuos a lo largo del tiempo, brindando a las partes interesadas y a la comunidad una visión clara de sus prácticas ambientales.
  6. Requisitos de Auditoría y Certificaciones, Normas y Certificaciones: Muchas normas y certificaciones ambientales exigen el mantenimiento de registros históricos para demostrar el cumplimiento continuo. Tener un historial de cinco años contribuye significativamente a cumplir con estos requisitos.
  7. Preparación para Contingencias, Respuesta a Incidentes: En caso de incidentes ambientales, como derrames o contaminaciones, contar con un historial extenso ayuda a comprender las circunstancias y acciones tomadas en el pasado. Esto es esencial para mejorar las medidas de prevención y respuesta.
  8. Condiciones Ambientales Cambiantes, Adaptación a Cambios: Los requisitos ambientales y las condiciones del mercado pueden cambiar con el tiempo. Mantener un historial largo brinda a las organizaciones la flexibilidad de adaptarse a nuevas regulaciones y evoluciones en las mejores prácticas de gestión de residuos.

En resumen, el mantenimiento de un historial del archivo cronológico de residuos durante cinco años no solo cumple con requisitos legales, sino que también se traduce en beneficios significativos para la gestión ambiental, la responsabilidad corporativa y la toma de decisiones estratégicas a largo plazo.

El Archivo Cronológico de Residuos no es solo un requisito legal, sino una herramienta dinámica que impulsa la gestión de residuos hacia la sostenibilidad y la responsabilidad ambiental. La tecnología, la transparencia y el compromiso con la trazabilidad se entrelazan en este archivo, marcando un hito en la evolución de las prácticas ambientales y consolidando su posición como un pilar clave en la gestión moderna de residuos. Este enfoque innovador redefine la manera en que miramos y abordamos la gestión de residuos, allanando el camino hacia un futuro más sostenible y respetuoso con el medio ambiente.

EcoGestor Revoluciona la Gestión de Residuos con Innovador Software Automatizado

En la búsqueda constante de soluciones eficientes para el manejo de residuos, el software especializado EcoGestor Residuos emerge como una herramienta revolucionaria que no solo simplifica, sino que transforma por completo la generación del archivo cronológico de residuos. Este software se posiciona como un aliado indispensable para las empresas comprometidas con el cumplimiento de los requisitos legales en el manejo de residuos.

  • Automatización de Registro: EcoGestor ofrece una automatización sin precedentes en el registro de datos relacionados con la generación, manejo y disposición de residuos a lo largo del tiempo. Esta característica no solo agiliza el proceso, sino que garantiza un seguimiento preciso y detallado de todas las actividades relacionadas con la gestión de residuos.
  • Seguimiento en Tiempo Real: Con la capacidad de rastrear y registrar eventos en tiempo real, EcoGestor simplifica la tarea de crear archivos cronológicos precisos. Este seguimiento en tiempo real proporciona una visión actualizada y en tiempo real de la gestión de residuos, mejorando la toma de decisiones y la capacidad de respuesta a cambios inesperados.
  • Categorización y Clasificación: La herramienta facilita la clasificación adecuada de residuos según los criterios establecidos por la normativa vigente. Esta funcionalidad es crucial para cumplir con los requisitos específicos de la reciente Ley 7/2022 y otras regulaciones, asegurando una gestión de residuos totalmente conforme.
  • Generación Automática de Informes: EcoGestor va más allá al ofrecer la generación automática de informes cronológicos y memorias anuales. Esta característica no solo ahorra tiempo, sino que también reduce significativamente el riesgo de errores humanos en la elaboración de informes fundamentales para el cumplimiento normativo.
  • Integración con Sistemas Externos: La capacidad de integrarse con otros sistemas o bases de datos asegura la eficiencia en la recopilación de datos relevantes, garantizando una mayor precisión y coherencia en la información gestionada por EcoGestor.
  • Recordatorio de Cumplimientos: EcoGestor no solo automatiza procesos, sino que también se preocupa por el cumplimiento continuo de los requisitos normativos. A través de recordatorios automáticos sobre fechas límite para presentar informes o realizar acciones específicas, el software asegura que las obligaciones legales no pasen desapercibidas.
  • Auditorías y Revisiones Simplificadas: Facilitando la realización de auditorías internas o revisiones por parte de organismos reguladores, EcoGestor organiza la información de manera accesible, proporcionando una plataforma transparente y estructurada para evaluar la conformidad normativa.
  • Acceso Remoto: Para las empresas con múltiples ubicaciones o personal que necesita trabajar fuera de la oficina, EcoGestor ofrece acceso remoto a la información. Esta característica mejora la flexibilidad y la eficiencia en la gestión de residuos, incluso en entornos descentralizados.

En resumen, EcoGestor se erige como un pilar fundamental en la gestión moderna de residuos, simplificando procesos, reduciendo errores y proporcionando herramientas eficientes para el cumplimiento normativo. Este software marca un hito en la industria al abordar de manera integral los desafíos asociados con la gestión de residuos, allanando el camino hacia prácticas más sostenibles y conformes con las regulaciones vigentes.

Genera automáticamente tu archivo cronológico con EcoGestor Residuos

EcoGestor es un software de gestión de residuos para productores, gestores, transportistas, agentes y negociantes de residuos, 100% online y conectado con plataformas autonómicas y eSIR. Entre sus múltiples funcionalidades, destaca porque permite hacer el archivo cronológico de forma automática. 

Si necesitas asesoramiento para digitalizar tu archivo cronológico, contáctanos para solicitar una DEMO gratuita y descubre cómo podemos ayudarte.

Plataformas oficiales para el traslado de residuos en España

Plataformas oficiales para el traslado de residuos en España

Plataformas oficiales para el traslado de residuos en España 1200 800 Eurofins EcoGestor

En la era de la sostenibilidad y la eficiencia, España está experimentando una transformación radical en la gestión de residuos gracias a diversas plataformas digitales que han surgido como herramientas imprescindibles en el sector de los residuos. Entre ellas destacan eSIR, GAIA, SIRA, SDR, la Plataforma de Residuos de Navarra, ADCR y SINGER cada una con características peculiares en su ámbito de aplicación.

Los ámbitos de cada plataforma serían:

  • eSIR: Aragón, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla la Mancha, Extremadura, Madrid, Murcia, País Vasco, La Rioja, Ceuta y Melilla.
  • GAIA: Galicia (para todos los traslados)
  • SIRA: Andalucía (para todos los traslados)
  • SDR: Cataluña (traslados dentro de su comunidad)
  • Plataforma de Residuos de Navarra (traslados dentro de su comunidad)
  • ADCR: Comunidad Valenciana (traslados dentro de su comunidad)
  • SINGER: Baleares ( traslados dentro de su comunidad)

eSIR: Traslados de Residuos a Nivel Nacional 

El Sistema de Información de Residuos (eSIR), desarrollado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, es una plataforma electrónica diseñada para facilitar y agilizar la gestión de traslados de residuos en el territorio español. Su objetivo principal es proporcionar una herramienta integral que simplifique los procesos administrativos asociados con la notificación previa, los documentos de identificación y la gestión de la información relacionada con los traslados de residuos. 

Es la plataforma de traslado de residuos más utilizada en el territorio español ya que la mayoría de comunidades autónomas realizan sus traslados de residuos a través de ella. Cada vez más Comunidades Autónomas se han sumado al uso de esta plataforma, las últimas han sido País Vasco, Castilla y León y Aragón.

Resumimos del eSIR:

  • Procedimiento Electrónico Obligatorio: eSIR introduce el procedimiento electrónico obligatorio para la remisión de la Notificación Previa y de los Documentos de Identificación, optimizando la precisión y transparencia en los traslados de residuos. 
  • Distribución Eficiente de Información: Conectado a un repositorio de traslados, eSIR facilita la distribución eficiente de información entre las comunidades autónomas afectadas, proporcionando una visión integral de los movimientos de residuos a nivel nacional. 
  • Soporte y Consultas Especializadas: Ofrece canales específicos de soporte y consulta para operadores, combinando un buzón de correo electrónico (soporte.esir@tragsa.es) y un servicio telefónico para aclarar dudas sobre el procedimiento electrónico. 
  • Validaciones Informáticas: La plataforma realiza validaciones informáticas contrastando la información de los documentos de traslado con el Registro de Producción y Gestión de Residuos (RPGR). Esto asegura que la información presente en eSIR sea coherente con los datos registrados a nivel nacional. 
  • Cumplimiento Normativo: eSIR está diseñado para garantizar el cumplimiento normativo en la gestión de traslados de residuos. La digitalización de los procesos facilita la generación de informes cronológicos y memorias anuales, asegurando que los operadores cumplan con los requisitos establecidos por la legislación vigente. 

Aquí se puede consultar toda la información sobre la plataforma eSIR.

GaIA eResiduos: Transformando la Gestión de Residuos en Galicia 

En un esfuerzo por optimizar la gestión de residuos y cumplir con los requisitos normativos, Galicia lanza GaIA eResiduos, una aplicación revolucionaria dentro de la Plataforma GaIA. Diseñada para centralizar la información ambiental relacionada con residuos de las empresas, esta herramienta no solo simplifica la tramitación de traslados de residuos, sino que también eleva la calidad y el control de la información en este ámbito crucial. 

 GaIA eResiduos es una aplicación web desarrollada con el propósito de centralizar información ambiental relacionada con residuos de las empresas. Forma parte de la Plataforma GaIA y se presenta como un aliado tecnológico que facilita la gestión de información y el cumplimiento normativo en materia de residuos. 

Destaca de GaIA que permite a las empresas ubicadas en Galicia:

  • Registro de Notificaciones y Traslados de Residuos: GaIA eResiduos permite a los usuarios registrar notificaciones previas y traslados de residuos de forma eficiente. Esto incluye procesos como Documento de Control de Salida (DCS), Notificación Previa (TNP) y traslados transfronterizos. 
  • Tramitación Telemática de Residuos Peligrosos: La aplicación agiliza la tramitación telemática de notificaciones previas y traslados de residuos peligrosos, reduciendo el uso de papel y cumpliendo con las normativas vigentes. 
  • Firma Electrónica para Confirmación de Traslados: GaIA eResiduos cumple con la normativa actual al permitir la confirmación de traslados mediante firma electrónica, garantizando la autenticidad y legalidad de la documentación. 
  • Archivo Cronológico según Ley de Residuos: Los usuarios pueden mantener un archivo cronológico, cumpliendo con el artículo 40 de la Ley de Residuos. Esto facilita la organización y conservación de la información a lo largo del tiempo. 
  • Generación Automática de Memoria Resumen: La aplicación automatiza la generación de la memoria resumen para las actividades de gestión de residuos, simplificando la presentación telemática y reduciendo la carga administrativa. 
  • Registro de Entradas y Salidas de Productos y Subproductos: GaIA eResiduos permite llevar un registro detallado de las entradas y salidas de productos y subproductos, brindando mayor visibilidad sobre los flujos de materiales. 
  • Gestión Telemática de Información Adicional: Además de las funciones mencionadas, la plataforma facilita la gestión telemática de otros datos relacionados con residuos, como estudios de minimización, declaración anual de envases, entre otros. 

La utilización de GaIA eResiduos está regulada por el Decreto 59/2009, que establece la obligación de su uso para productores y gestores de residuos en determinadas cantidades. Su uso voluntario es muy beneficioso, ofrece una herramienta eficaz para el control y trazabilidad de residuos, independientemente de las obligaciones normativas. 

En conclusión, GaIA eResiduos se presenta como un catalizador para la transformación digital en la gestión de residuos, proporcionando una plataforma integral que simplifica procesos, mejora el control e impulsa prácticas más sostenibles. La aplicación no solo cumple con las obligaciones normativas, sino que también se erige como un aliado estratégico para empresas comprometidas con la eficiencia y la responsabilidad ambiental. 

SIRA: Sistema de Información de Residuos de Andalucía 

La plataforma SIRA se presenta como un software especializado en la gestión de residuos, enfocado en simplificar y mejorar el cumplimiento de los requisitos legales establecidos por la Ley 7/2022. 

Las empresas ubicadas en Andalucía podrán, a través de SIRA:

  • Automatización de Registro: Permite el registro sistemático de datos relacionados con la generación, manejo y disposición de residuos, facilitando la recopilación de información necesaria para cumplir con los requisitos legales. 
  • Seguimiento en Tiempo Real: Facilita el seguimiento en tiempo real de eventos relacionados con la gestión de residuos, garantizando la precisión en la generación del archivo cronológico requerido por la normativa. 
  • Generación Automática de Informes: SIRA genera automáticamente informes cronológicos y memorias anuales, eliminando la necesidad de realizar este proceso manualmente y reduciendo el riesgo de errores humanos. 
  • Recordatorios de Cumplimientos: Envía recordatorios automáticos sobre fechas límite para presentar informes o realizar acciones específicas, contribuyendo al cumplimiento continuo de los requisitos normativos. 

SDR: Sistema Documental De Residus en Cataluña

 El Sistema Documental de Residus, conocido como SDR, se presenta como una herramienta de uso común destinada a productores, transportistas y gestores de residuos industriales. Su finalidad principal es simplificar los trámites asociados a la gestión de residuos, promoviendo la accesibilidad y eliminando la necesidad de procedimientos en papel. 

El SDR facilita dos tipos de funciones, permitiendo a los usuarios realizar trámites y obtener información de manera eficiente:

 1. Realización de Trámites: 

  • Alta de productor: Permite la solicitud de alta en el registro de productores de residuos, con asignación de código de acceso y contraseña. 
  • Ficha de Aceptación: Una vez firmada, se incorpora automáticamente a los sistemas de información de la Agència de Residus. 
  • Hoja de Seguimiento: Posibilita el seguimiento y registro de recogidas, con la capacidad de abrir incidencias de rechazo. 
  • Hoja de Seguimiento Itinerante: Permite la planificación de recogidas con flexibilidad para añadir o eliminar paradas. 
  • Pago de tasas: Facilita la compra anticipada de créditos a través de internet. 

2.  Obtención de Información: 

  • Acceso a Fichas de Aceptación, Hojas de Seguimiento, Hojas de Seguimiento Itinerante y analíticas de laboratorio. 
  • Consulta de incidencias asociadas a una hoja. 
  • Verificación de créditos disponibles. 
  • Acceso a información sobre gestores, transportistas y laboratorios autorizados, así como al catálogo general de residuos.

 

Plataforma de Residuos Navarra 

La Plataforma de Residuos de Navarra se utiliza para los traslados intracomunitarios (dentro de Navarra), desde dicha plataforma se podrá realizar:

  • Gestión Personalizada de Residuos: Ofrece una gestión personalizada de residuos, adaptada a las necesidades específicas de la región de Navarra, promoviendo prácticas locales sostenibles. 
  • Integración con Sistemas Externos: Se integra eficientemente con otros sistemas o bases de datos para recopilar datos relevantes de manera eficiente, asegurando una mayor precisión y coherencia en la información. 
  •  Acceso Remoto: Permite el acceso remoto a la información, beneficiando a las empresas con múltiples ubicaciones o al personal que necesita trabajar fuera de la oficina. 

 

 ADCR: Aplicación para el Despacho de Documentos de Control de Residuos en Comunidad Valenciana

 La Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica de la Comunidad Valenciana (ACCV), en colaboración con la Dirección General de Calidad y Educación Ambiental, junto a la Dirección General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, ha desarrollado la Aplicación para el Despacho de Documentos de Control de Residuos (ADCR). Este sistema tiene como objetivo principal facilitar a los operadores de traslados de residuos inscritos en el Registro de producción y gestión de residuos el cumplimiento de la tramitación electrónica de documentos conforme al Real Decreto 553/2020, de 2 de junio, que regula el traslado de residuos en el territorio del Estado español. 

  • ADCR permite a los operadores de traslados de residuos gestionar electrónicamente documentos asociados a los traslados, tales como Notificaciones de Traslado (NT) y Documentos de Identificación (DI). 
  • Se enfoca en traslados con origen y destino en la Comunidad Valenciana, simplificando y agilizando el proceso para instalaciones ubicadas dentro de la región. 
  • Integración con MITERD para Traslados Intercomunitarios: 
  •  Para los traslados que abarcan más allá de la Comunidad Valenciana, es decir, entre esta comunidad y otras comunidades autónomas, la aplicación integra la sede electrónica del Ministerio (MITERD) para la presentación de documentos. 

 

SINGER: Sistema Integrado para Notificaciones y Expedientes de residuos en Baleares 

En un esfuerzo por modernizar y eficientizar la gestión de residuos en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, han implantado la Plataforma SINGER. Desarrollada con el propósito de informatizar la administración electrónica del servicio de residuos y suelos contaminados de la Consejería de Medio Ambiente y Territorio, SINGER se presenta como una solución integral para enfrentar los desafíos de la normativa actual y, específicamente, para cumplir con los requisitos del Real Decreto 180/2015 sobre Traslados de Residuos. 

El propósito fundamental de SINGER es mejorar los sistemas existentes de administración electrónica, proporcionando una plataforma integral que automatiza la gestión de procesos relacionados con los residuos. Este enfoque responde a las nuevas necesidades generadas por la evolución normativa, especialmente aquellas derivadas del Real Decreto 180/2015 de Traslados de Residuos y otras disposiciones asociadas con la tramitación electrónica. 

La plataforma SINGER presenta una serie de funciones clave destinadas a simplificar y agilizar la gestión de residuos en Illes Balears: 

  • Gestión del Registro de Producción y Gestión de Residuos: SINGER proporciona un sistema eficaz para el mantenimiento y gestión del Registro de Producción y Gestión de Residuos de las Illes Balears. Esta capacidad centralizada facilita un control más preciso y una administración más efectiva de la información relacionada con los residuos. 
  •  Registro Telemático de Traslados de Residuos: La plataforma permite el registro telemático de preavisos y traslados de residuos, conforme a las obligaciones establecidas por la ley. Este enfoque digital elimina la necesidad de procedimientos en papel, ofreciendo una alternativa más rápida y eficiente. 
  •  Confirmación Electrónica de Traslados: Es esencial subrayar que la inclusión de un traslado en la plataforma no garantiza su ejecución. SINGER permite la confirmación electrónica de traslados tanto por parte del origen como del destino, asegurando un seguimiento adecuado y cumplimiento normativo. 
  •  Flexibilidad en Métodos de Registro: SINGER ofrece flexibilidad en los métodos de registro de traslados. Ya sea a través de la aplicación web, la subida de archivos E3L 3.0 o la utilización de servicios web de Singerfront, la plataforma se adapta a las necesidades operativas de los usuarios, especialmente aquellos con un volumen elevado de notificaciones y traslados. 

 

 EcoGestor Residuos : integrando plataformas

EcoGestor es un software de gestión de residuos para productores, gestores, transportistas, agentes y negociantes de residuos, 100% online y conectado con algunas de las plataformas autonómicas y eSIR permitiendo una rápida gestión de la documentación sin necesidad de acceder a las plataformas oficiales simplificando y ahorrando mucho tiempo de trabajo. 

Si necesitas asesoramiento para la gestión o el traslado de residuos, contáctanos para solicitar una DEMO gratuita y ver qué podemos hacer por ti.

 

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Caso de éxito: Grupo Hedima y EcoGestor Legislación en el sector formación

Caso de éxito: Grupo Hedima y EcoGestor Legislación en el sector formación 1200 800 Eurofins EcoGestor

Grupo Hedima

Grupo Hedima es una empresa española que se dedica a la formación y consultoría en áreas de desarrollo profesional y organizacional. Ofrece soluciones de aprendizaje y desarrollo para empresas y profesionales en diversos sectores. Sus servicios incluyen formación presencial y online, consultoría en gestión del talento, desarrollo de habilidades directivas, capacitación en tecnología y procesos, entre otros.

¿Desde cuándo usáis EcoGestor Legislación?

Desde 2016.

¿Para qué lo usáis?

Trabajamos mucho con la norma ISO 14001 y con la ISO 45001.

¿Qué es lo que más os gusta de EcoGestor Legislación?

Los informes de auditoría. Ves cuáles son las obligaciones legales que tiene cada delegación en función de la comunidad autónoma. Te indica de forma muy clara el porcentaje de obligaciones. Te permite cerrarlos en el año y guardarlos de un año para otro.

¿Qué es lo que más valoras?

El hecho de tener un consultor que te analiza los requisitos legales aplicables a cada empresa. Por ejemplo, estar en plena auditoría, no localizar algo y en vez de quedarte vendido, llamas y te dan lo que necesitas en el momento. La rapidez en el soporte y la respuesta rápida.

¿Cuál es vuestra funcionalidad favorita?

Dentro de las obligaciones, puedes programar los avisos de renovación y te saltan al correo. Así puedes despreocuparte de tareas como revisiones de extintores o consumos eléctricos.

¿Qué te gustaría ver en el futuro en la plataforma EcoGestor Legislación?

Temas de Inteligencia Artificial aplicados a interpretar legislación ambiental, por ejemplo.

¿Recomendarías EcoGestor Legislación?

Sí. Antes de contratarlo, hicimos búsqueda en el mercado y fue el software más completo que encontramos, por el hecho de ser herramienta más consultor por un precio bastante competitivo. Además, está la seguridad de que tus datos estén en servidores europeos.

Es una plataforma amigable a la que subes todas las evidencias y te lo recuerda al año siguiente. También tienes ayuda tanto de nivel interno como de externo y formación.

Te quitas el tiempo de revisar boletines, unas tres horas a la semana por lo menos, al final entrar a revisar BOEs de comunidades autónomas y provincias es mucho tiempo.

Antes lo teníamos todo en carpetas, teníamos que revisar si había alguna publicación nueva y perdías el tiempo de análisis y extracción, más el tiempo de trasladar a Excel todo a mano. Ahora, con los informes de aplicación, lo tienes todo unificado en una sola herramienta y de un vistazo lo ves todo. Para preparar las auditorías, abro, imprimo y listo.

Con EcoGestor Legislación tendrás acceso a todas las novedades legislativas como esta. Asimismo, una vez aprobado, te asesoramos para que cumplas con las obligaciones legales que marque la legislación vigente.

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Cataluña actualiza su catálogo de residuos tras un cambio normativo

Cataluña actualiza su catálogo de residuos tras un cambio normativo 1200 800 Eurofins EcoGestor

La Generalitat de Cataluña emite comunicado sobre la adaptación del Catálogo de Residuos aplicable desde el 13 de febrero de 2024.

El trece de febrero de 2024, la Generalitat de Cataluña anunció la adecuación de su Catálogo de Residuos, respondiendo a las nuevas disposiciones normativas establecidas por el Decreto 152/2017, de 17 de octubre. Este cambio normativo redefine las vías de gestión de los residuos en la región, reemplazando el marco anterior establecido por el Decreto 34/1996.

El Decreto 152/2017 impulsa cambios en la gestión de residuos en Cataluña

El 19 de enero de 2018 entró en vigor el Decreto 152/2017, de 17 de octubre, sobre la clasificación, la codificación y las vías de gestión de los residuos en Cataluña, se convirtió en el instrumento normativo que, bajo el criterio de simplificación administrativa y normativa, establecía las vías de gestión de los residuos que se producen o gestionan en Cataluña y que sustituían a las previstas en el Decreto 34/1996, de 9 de enero, por el que se aprueba el Catálogo de residuos de Cataluña.

La normativa, en vigor desde su publicación, ha establecido las directrices para la clasificación, codificación y gestión de residuos en Cataluña. No obstante, la evolución legislativa a nivel estatal ha llevado a una revisión necesaria del Catálogo de Residuos de Cataluña.

La Ley 07/2022 impulsa adaptaciones en el catálogo de residuos

Con la entrada en vigor de la Ley 7/2022 de residuos y de suelos contaminados para una economía circular, en sus anexos II y III crea y desagrega, respectivamente, las operaciones de valorización y eliminación,  vías de gestión R/D de 4 dígitos distintas a las catalanas. La Agencia de Residuos de Cataluña ha respondido a este cambio, buscando simplificar y facilitar la gestión operativa de los residuos.

La Agencia de Residuos de Cataluña ha procedido a adaptar el Catálogo de Residuos de Cataluña, a dos niveles:

Incorporando los códigos de residuos (de 6 u 8 dígitos) que se derivan de las normativas de algunos flujos de residuos sometidos a Sistemas de Responsabilidad Ampliada del Productor (SRAP), tales como RAEE, pilas y acumuladores y VFU.

Sustituyendo las vías de gestión R/D de 4 dígitos, vigentes hasta ahora, por las vías de gestión R/D de 4 dígitos aprobados mediante la Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados para una economía circular (anexos II y III ).

Nueva configuración del Catálogo de Residuos: detalles de los cambios

La adaptación del Catálogo de Residuos de Cataluña implica la incorporación de códigos de residuos de 6 u 8 dígitos, derivados de normativas específicas, como los flujos de residuos sometidos a Sistemas de Responsabilidad Ampliada del Productor (SRAP), tales como RAEE, pilas y acumuladores y VFU.

La sustitución de las vías de gestión R/D de 4 dígitos, vigentes hasta ahora, por las vías de gestión R/D de 4 dígitos aprobados mediante la Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados para una economía circular (anexos II y III)

Efectividad del cambio: desde el 13/02/2024, disponible en SDR

Desde el 13 de febrero de 2024, las modificaciones en el Catálogo de Residuos son efectivas y accesibles a través del Sistema Documental de Residuos (SDR). Estas actualizaciones buscan alinear la gestión de residuos en Cataluña con las normativas actuales, promoviendo una transición hacia una economía circular más sostenible.

Con EcoGestor Legislación tendrás acceso a todas las novedades legislativas como esta. Asimismo, una vez aprobado, te asesoramos para que cumplas con las obligaciones legales que marque la legislación vigente.

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proyecto ley movilidad sostenible

El Consejo de Ministros dio luz verde al Proyecto de Ley de Movilidad Sostenible

El Consejo de Ministros dio luz verde al Proyecto de Ley de Movilidad Sostenible 1200 800 Eurofins EcoGestor

La movilidad sostenible se ha convertido en un tema central en la agenda gubernamental de muchos países, incluyendo España. En este artículo, exploramos los aspectos clave de esta nueva ley, incluido qué es, cuándo entrará en vigor, cuándo será obligatorio disponer de un plan de movilidad y cuál es su objetivo principal.

¿Cuándo entra en vigor la Ley de movilidad sostenible?

El Consejo de Ministros dio luz verde, el 13 de febrero de 2024, al proyecto de Ley de Movilidad Sostenible. Éste se remitirá a las Cortes Generales para su tramitación por la vía de urgencia y aprobación en 2024. Un paso adelante en el marco de los objetivos acordados con la Comisión Europea en la Adenda al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. El Gobierno ha aprobado el mismo texto validado en diciembre de 2022, que decayó como Proyecto de Ley al disolverse el Congreso y el Senado por la convocatoria de elecciones de generales.

Durante el trámite parlamentario, el texto legislativo está abierto a las enmiendas que puedan presentar los diputados y grupos parlamentarios.

¿Cuándo es obligatorio disponer de un plan de movilidad?

La nueva ley establece la obligación de que las Administraciones velen por incentivar y promover soluciones sostenibles. Deben priorizar la movilidad activa y el transporte público colectivo. Se trata de avanzar en la transformación «de la ciudad de los coches» a la “ciudad de las personas».

Uno de los aspectos más destacados de esta ley es que solo obligará a los centros de trabajo de 500 o más trabajadores, o 250 por turno, a establecer planes de movilidad sostenible para su plantilla.

Estos planes se consideran una herramienta imprescindible para avanzar en el impulso de la movilidad sostenible en los trayectos de ida y vuelta al trabajo. Las empresas podrán optar por distintas alternativas como potenciar la movilidad activa, la eléctrica, la compartida o el transporte colectivo o bien apostar por flexibilizar los horarios de entrada y salida y el teletrabajo. A pesar de que en España solo hay 2,480 empresas de este tamaño, lo que representa el 0.2% del total, esta medida marca un compromiso significativo hacia prácticas de movilidad más sostenibles. Desde su entrada en vigor, se dará un plazo de 18 meses para que las empresas, públicas o privadas, diseñen e implanten dicho plan de movilidad sostenible.

La implementación llevará consigo la obligatoriedad de hacer un seguimiento de forma periódica. El informe deberá presentarse en un plazo de dos años, y renovarse cada dos años y recogerá el nivel de implantación de las distintas actuaciones y medidas.

Asimismo, se establecen mayores exigencias en la planificación de los transportes y la movilidad. A nivel estatal se elaborará un Instrumento de Planificación Estratégica Estatal en Movilidad (IPEEM) y para los municipios de entre 20.000 y 50.000 habitantes, se establecen los Planes de Movilidad Urbana Sostenible Simplificados.

A su vez, se establece que los planes de movilidad urbana sostenible deben contener medidas de ordenación de la distribución urbana de mercancías. También deben cooperar con otros municipios colindantes para el establecimiento de criterios homogéneos para facilitar el transporte y la logística de última milla entre núcleos urbanos colindantes.

¿Cuál es el objetivo principal de la movilidad urbana sostenible?

El objetivo principal de la movilidad urbana sostenible es transformar la forma en que nos movemos en las ciudades para reducir el impacto ambiental y mejorar la calidad de vida de los ciudadanos. Algunos de los objetivos clave incluyen la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, la promoción del transporte público y el fomento de modos de transporte más limpios, como la bicicleta y la movilidad eléctrica. Además, se busca reducir la congestión del tráfico y mejorar la seguridad vial.

Los cuatro pilares de la Ley

  • La movilidad como un derecho social: desarrollar una gobernanza efectiva para la movilidad. Esto se conseguirá, por un lado, con la creación del Sistema Nacional de Movilidad Sostenible. Por otro, con la regulación flexible de servicios de movilidad. Aquí se incluyen alternativas innovadoras al coche privado.
  • Movilidad limpia y saludable: promover la movilidad limpia y sostenible. Se incluye el uso de energías alternativas en puertos y aeropuertos y la gestión ambiental y energética en servicios de transporte. También se busca fomentar medios de movilidad sostenibles en entornos urbanos, priorizando la movilidad activa, el transporte público y esquemas de alta ocupación.
  • Un sistema de transporte digital e innovador: mejorar la gestión de políticas públicas y la experiencia del usuario con la disponibilidad de datos en formato digital. Además, creación de aplicaciones para planificar viajes.
  • Invertir mejor al servicio de los ciudadanos: Se fortalecen las bases para garantizar una planificación rigurosa de las infraestructuras de transporte. Se refuerzan los criterios de priorización para las inversiones. Se llevarán a cabo evaluaciones ex post de las infraestructuras ejecutadas para optimizar la toma de decisiones.

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desperdicio alimentario

Aprobado el proyecto de ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario

Aprobado el proyecto de ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario 1024 1024 Eurofins EcoGestor

El Consejo de Ministros ha aprobado, este martes, el proyecto de ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario. Por primera vez España toma medidas contra el desperdicio alimentario, cumpliendo así uno de los objetivos de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de reducir a la mitad el desperdicio de alimentos.

Durante el año 2022, cada hogar español desperdició, de media, aproximadamente 65,5 kilos o litros de alimentos y bebidas. Datos como éste hacían necesario un marco legal centrado en la prevención y la concienciación.

Objeto y fin de la ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario

Los principales objetivos de este Proyecto de Ley son los siguientes:

  • Prevención y reducción de las pérdidas y desperdicio de alimentos por parte de todos los agentes de la cadena alimentaria
  • Establecer una jerarquía de prioridades
  • Facilitar la donación de alimentos y contribuir a satisfacer las necesidades alimentarias de la población más vulnerable

La finalidad general es lograr una producción y consumo más sostenible y sensibilizar, formar y movilizar a todos los agentes de la cadena en una gestión adecuada de los alimentos.

Fines específicos de la ley de desperdicio alimentario

  • Disminuir pérdidas y desperdicio de alimentos.
  • Sensibilizar e informar a agentes de la producción, transformación, distribución, hostelería, restauración, personas consumidoras y ciudadanía en general y favorecer actividades de concienciación
  • Fomentar donación de alimentos.
  • Promover recuperación y distribución de excedentes de alimentos con fines de solidaridad social.
  • Favorecer investigación e innovación en el ámbito de la prevención y reducción
  • Respuesta al objetivo sobre producción y consumo responsables de la Agenda 2030.
  • Reducir emisiones de gases de efecto invernadero y de otros contaminantes.

Jerarquía de prioridades de la ley de desperdicio alimentario

La ley establece una jerarquía de prioridades, para todos los agentes de la cadena alimentaria, para prevenir pérdidas y desperdicio alimentario. Según se indica en la ley siempre se aplicará la jerarquía, aunque deja la posibilidad de adaptar las actuaciones conforme a las características del sector, en cuyo caso se deberán justificar los motivos. Los agentes de la cadena alimentaria, para la prevención de las pérdidas y del desperdicio alimentario, deben adaptar sus actuaciones a la siguiente jerarquía de prioridades:

  1. Donación y redistribución: la donación de alimentos y otros tipos de redistribución para consumo humano.
  2. Transformación: la transformación de los productos que no se han vendido ((zumos, mermeladas), pero que siguen siendo aptos para el consumo humano, en otros productos alternativos.
  3. Alimentación animal y piensos: la alimentación animal y la fabricación de piensos dentro del correspondiente marco regulatorio y en particular la Orden Ministerial APM 189/2018, de 20 de febrero, por la que se determina cuando los residuos de producción procedentes de la industria agroalimentaria destinados a alimentación animal, son subproductos con arreglo a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
  4. Subproductos: su uso como subproductos en otra industria.
  5. Reciclado: reciclado y, en particular, a la obtención de compost y digerido de máxima calidad para su uso en los suelos con el objetivo de producir un beneficio a los mismos, y, cuando no sea posible lo anterior, para la valorización energética mediante la obtención de biogás o de combustibles. En este caso, será de aplicación lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 7/2022, de 8 de abril.

Obligaciones para todos los agentes

Se establecen una serie de obligaciones aplicables a todos los agentes:

  • Aplicar a las pérdidas y desperdicio alimentario la jerarquía de prioridades
  • Aplicar las medidas previstas en el artículo 19 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, para la reducción de los residuos alimentarios, en especial las disposiciones relativas a la donación de alimentos (básicamente ese artículo establece la misma jerarquía de prioridades)
  • Colaborar con las Administraciones para la cuantificación de los residuos alimentarios de cara al cumplimiento de la obligación prevista en el artículo 65.5.b) de la Ley 7/2022, de 8 de abril, derivada del artículo 9.5 de la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, sobre los residuos y por la que se derogan determinadas Directivas.
  • Ninguna estipulación contractual podrá impedir expresamente la donación de alimentos, siendo nula de pleno derecho
  • Plan de prevención de pérdidas y desperdicio
  • Acuerdos o convenios para donar sus excedentes

Contratos de acuerdos de donación

El acuerdo o convenio de donación previsto deberá contemplar al menos el siguiente contenido:

  1. Las condiciones de la recogida, transporte y almacenamiento de los productos.
  2. Los compromisos de los agentes de la cadena.
  3. La selección de los alimentos a donar la hará el agente donante.
  4. La posibilidad de que la organización receptora rechace la donación, debiendo quedar debidamente justificado. El agente donante deberá aplicar la jerarquía de prioridades contemplada en el apartado 1 del artículo 5 para la gestión de la donación rechazada.

Quedarán exceptuados de la obligación de realizar estos convenios de donación las actividades de distribución alimentaria desarrolladas en establecimientos con una superficie útil de exposición y venta al público inferior o igual a 1.300 m2.

Obligaciones específicas para las empresas de hostelería y restauración

Las empresas de hostelería tendrán la obligación de facilitar al consumidor que pueda llevarse los alimentos que no haya consumido sin coste adicional alguno en envases reutilizables o fácilmente reciclables, si bien debe cobrar por los envases de plásticos de un solo uso como establece la Ley de residuos 7/2022.

Buenas prácticas en empresas que venden a consumidor final

Las Administraciones públicas junto con las empresas que venden alimentos al consumidor final podrán aplicar las siguientes medidas:

  • Disponer de infraestructuras adecuadas para que los procesos de manipulación, almacenamiento y transporte se lleven a cabo en las condiciones óptimas, que minimicen las pérdidas y el desperdicio alimentario.
  • Trabajar en el desarrollo de protocolos específicos para reducir a mínimos las pérdidas y el desperdicio alimentario a lo largo de la cadena de transporte y almacenamiento.
  • Incentivar la venta de productos con la fecha de consumo preferente o de caducidad próxima, de acuerdo con la jerarquía de prioridades. Además, el Gobierno llevará a cabo acciones formativas y divulgativas sobre la correcta interpretación de las fechas de caducidad y consumo preferente.
  • En el caso de los establecimientos de comercio al por menor, disponer de líneas de venta con productos «feos», «imperfectos» o «poco estéticos», promover el consumo de los productos de temporada, los de proximidad, los ecológicos y los ambientalmente sostenibles e incorporar y mejorar la información sobre el aprovechamiento de los alimentos.
  • Formar y sensibilizar a las personas, ya sean sujetas a una relación laboral o de voluntariado, para que actúen de forma activa en la prevención y reducción de las pérdidas y el desperdicio alimentario e implicarles en esta acción.
  • Exponer en lugar visible para las personas consumidoras propuestas de divulgación de las Administraciones competentes relativas a una mejor planificación de los menús, de sus compras, compra sostenible (tales como alimentos frescos, de temporada, locales o ecológicos), cocina de reaprovechamiento, buenas prácticas de almacenamiento, correcta interpretación de las fechas de caducidad y de consumo preferentemente, y reciclaje y materiales de envasado para sensibilizar al consumidor sobre estas cuestiones.

Buenas prácticas para el sector de la hostelería y otros proveedores de servicios alimentarios

Las Administraciones públicas junto con el sector de la hostelería y otros proveedores de servicios alimentarios podrán aplicar las siguientes medidas:

  • Fomentar la incorporación de criterios de compra sostenible (tales como alimentos frescos, de temporada, locales o ecológicos) para reducir la huella ambiental y promocionar la economía de proximidad, sin perjuicio del régimen especial de aquellas empresas del sector de la restauración y la hostelería y otros proveedores de servicios alimentarios que por sus especiales características o su temática deban adquirir productos que no sean los de proximidad para garantizar que se ajustan a los servicios ofrecidos a y la expectativa del consumidor al estar vinculados con la imagen de los mismos.
  • Promover la flexibilización de los menús, para que el consumidor pueda elegir la guarnición o raciones de distinto tamaño.
  • Fomentar la donación de alimentos con fines sociales
  • Fomentar la entrega a instalaciones de compostaje de los restos alimentarios conforme a la normativa de residuos.

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plan empresarial de prevención y ecodiseño de envases

Nuevo Plan Empresarial de Prevención y Ecodiseño de envases 2024-2028

Nuevo Plan Empresarial de Prevención y Ecodiseño de envases 2024-2028 1024 1024 Eurofins EcoGestor

Los productores de producto, según el Real Decreto 1055/2022 (envasadores e importadores) deben aplicar un plan empresarial de prevención y ecodiseño con carácter quinquenal.

¿Quiénes deben disponer de Plan Empresarial de Prevención y Ecodiseño de envases?

Los productores de producto que introduzcan en el mercado una cantidad de envases igual o superior a las siguientes cantidades:

  • 250 toneladas, si se trata exclusivamente de vidrio,
  • 50 toneladas, si se trata exclusivamente de acero,
  • 30 toneladas, si se trata exclusivamente de aluminio,
  • 20 toneladas, si se trata exclusivamente de plástico,
  • 20 toneladas, si se trata exclusivamente de madera,
  • 15 toneladas, si se trata exclusivamente de cartón o materiales compuestos.
  • 300 toneladas, si se trata de varios materiales y cada uno de ellos no supera, de forma individual, las anteriores cantidades.

El cálculo de estos umbrales computa por la totalidad de envases puestos en el mercado, independientemente de su destino (doméstico, comercial o industrial) y de su grado de agrupación (primario, secundario o terciario).

¿Desde cuándo es obligatorio disponer del plan?

Los nuevos planes empresariales de prevención y ecodiseño deben elaborarse y aplicarse a partir de 2024, siempre que en el año anterior al que nos encontremos se superasen las cantidades de envases introducidas mencionadas anteriormente.

Estos planes deben estar a disposición de las autoridades competentes de la comunidad autónoma para el ejercicio de sus competencias de seguimiento, inspección y control, pero no se debe presentar el plan antes de su aplicación, sino que al finalizar el periodo de validez de 5 años se debe presentar un el informe sobre el grado de cumplimiento de las medidas en el plazo de tres meses tras la finalización del plan, a la Comunidad Autónoma donde tengan la sede social.

¿Qué incluye el Plan Empresarial de Prevención y Ecodiseño ?

Estos planes empresariales de prevención y ecodiseño deben incluir un resumen del grado de consecución de objetivos de los planes anteriores. También deben incorporar los nuevos objetivos de prevención cuantificados, las medidas previstas para alcanzarlos y los mecanismos de control para comprobar su cumplimiento. Estos incluirán, al menos, la siguiente información diferenciada por envases primarios, secundarios y terciarios:

  • Aumento de la proporción de la cantidad de envases reutilizables en relación con la cantidad de envases de un solo uso.
  • Aumento de la proporción de la cantidad de envases reciclables en relación con la cantidad de envases no reciclables.
  • Mejora de las propiedades físicas y de las características de los envases, o el cambio hacia la utilización de este tipo de envases, que les permitan bien soportar mayor número de rotaciones, en caso de su reutilización en condiciones de uso normalmente previsibles, o bien mejorar su reciclabilidad.
  • Mejora de las propiedades físicas y de la composición química de los envases de cara a reducir la nocividad y peligrosidad de los materiales contenidos en ellos y a minimizar los impactos ambientales de las operaciones de gestión de los residuos a que den lugar.
  • Disminución en peso del material empleado por unidad de envase, especialmente los de un solo uso, hasta los límites que permitan su viabilidad, sin comprometer la reciclabilidad del envase.
  • Reducción, respecto del año precedente, del peso total de los envases de cada material puestos en el mercado, especialmente los de un solo uso, en relación con los productos puestos en el mercado por los productores de producto.
  • No utilización de envases superfluos y de envases de un tamaño o peso superior al promedio estadístico de otros envases similares.
  • Utilización de envases cuya relación entre el continente y el contenido, en peso, sea más favorable que la media, tomando en consideración cada uno de los materiales.
  • Incorporación de materias primas secundarias, procedentes del reciclaje de residuos de envases, en la fabricación de nuevos envases hasta los porcentajes técnica y económicamente viables y que, al mismo tiempo, permitan cumplir los requisitos básicos sobre la composición y naturaleza de los envases reutilizables y valorizables, incluidos los reciclables, establecidos en el anexo III.

¿Cómo se elaboran estos planes? Individual o colectivamente

Los planes empresariales de prevención y ecodiseño pueden elaborarse de forma individual por los productores de producto. También los pueden elaborar los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada del productor en los que participen.

En caso de que opten que lo elabore un sistema colectivo el productor debe:

  • Seleccionar las medidas incluidas en el Plan o Planes a las que darían cumplimiento. Asimismo, informar de ello al sistema colectivo responsable de la elaboración del Plan.
  • Remitir, anualmente, la información sobre el grado de cumplimiento de estas medidas al sistema colectivo. También tenerla a disposición de las autoridades competentes a los efectos de seguimiento, inspección y control.

En caso de que opten por la elaboración de un plan individual, los productores de producto deben remitir un informe. Éste debe entregarse en el plazo de tres meses tras la finalización del plan, a la comunidad autónoma donde tengan la sede social.

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Reglamento de envases y sus residuos

Aprobada la propuesta del nuevo reglamento de envases y sus residuos

Aprobada la propuesta del nuevo reglamento de envases y sus residuos 1200 800 Eurofins EcoGestor

La Comisión de Medioambiente del Parlamento Europeo ha aprobado la propuesta para hacer más fácil la reutilización y el reciclaje, para reducir envases y residuos innecesarios y promocionar el uso de contenido reciclado.

Esta propuesta se aprueba en un contexto de preocupación por el aumento de residuos generados en los últimos años, de los 66 millones de toneladas en 2009 a los 84 millones de toneladas en 2021. En 2021, cada europeo generó 188,7 kg de residuos de envases al año. Precisamente la naturaleza de esta proposición es evitar que se cumplan las estimaciones de 209 kg de residuos por europeo en 2030.

A continuación, enumeramos las medidas más destacadas de esta propuesta:

En primer lugar, la prohibición de la venta de bolsas de plástico muy ligeras (menos de 15 micras), al menos que sea necesario por razones de higiene o se utilicen como envase primario para alimentos a granel, con el fin de evitar el desperdicio de alimenos.

Además de los objetivos generales de reducción de envases propuestos en el reglamento, los eurodiputados quieren fijar objetivos específicos de reducción de residuos para los envases de plástico (10% para 2030, 15% para 2035 y 20% para 2040).También se establecen porcentajes mínimos de contenido reciclado en función del tipo de envase, con objetivos específicos fijados para 2030 y 2040.

Por otro lado, para finales de 2025, la Comisión evaluará proponer objetivos y criterios de sostenibilidad para el plástico de origen biológico.

Fomentar opciones de reutilización y rellenado para los consumidores

Los eurodiputados quieren que se distinga entre envases reutilizables o rellenables y para ello, aclaran los requisitos que debe tener cada uno. Los envases reutilizables deben cumplir una serie de criterios, entre ellos un número mínimo de veces que pueden reutilizarse (que se definirá más adelante).

Los distribuidores finales de bebidas y comida para llevar en el sector HORECA deben ofrecer a los consumidores la posibilidad de llevar su propio envase.

Eliminar sustancias químicas eternas en los envases de comida

Otro de los puntos tratados es el deseo de prohibir el uso de las llamadas «sustancias químicas para siempre» (sustancias alquil perfluoradas y polifluoradas o PFAS) y el bisfenol A añadidos intencionadamente en los envases que entran en contacto con alimentos. Estas sustancias se utilizan ampliamente para ignifugar o impermeabilizar envases, sobre todo de papel y cartón para alimentos, y se han asociado a una serie de efectos adversos para la salud.

Otras medidas propuestas:

  • Aumento de los requisitos para que todos los envases de la UE se consideren reciclables. La Comisión se encargará de adoptar criterios para definir los envases «diseñados para el reciclado» y «reciclables a escala».
  • Los países de la UE tendrían que garantizar que el 90% de los materiales contenidos en los envases (plástico, madera, metales ferrosos, aluminio, vidrio, papel y cartón) se recogen por separado para 2029.
  • Los proveedores de servicios en línea estarían sujetos a las mismas obligaciones de responsabilidad ampliada que los productores.

Una vez aprobada esta propuesta por el Parlamento Europeo, está previsto que en España tenga que adaptarse el Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases.

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PCBs o bifenilos policlorados

Plazos para retirar los equipos en uso contaminados con PCBs

Plazos para retirar los equipos en uso contaminados con PCBs 1200 800 Eurofins EcoGestor

Ya conocemos los plazos para retirar los equipos en uso contaminados con PCBs. Transformadores, condensadores u otros receptáculos con material líquido con más de 0,005 % de PCB y volumen superior a 0,05 dm3 deberán eliminarse tan pronto como sea posible. La fecha límite es el 31 de diciembre de 2025.

Los equipos que contengan policlorobifenilos (PCB) deberán inventariarse, etiquetarse, retirarse y almacenarse correctamente antes de 2025. Luego deberán eliminarse de manera ecológicamente racional y notificarlos antes de julio de 2023.

Los PCBs o bifenilos policlorados, son compuestos con alta estabilidad térmica y buena resistencia a la inflamabilidad, por lo cual su uso se fue ampliamente extendiendo a mediados del siglo XX, para posteriormente, al descubrirse sus graves efectos sobre la salud, como su poder cancerígeno y otros efectos tóxicos, fueron prohibidos a partir del año 1986. Sin embargo, todavía se encuentran en determinados equipos y materiales construidos con anterioridad a su prohibición, especialmente en el sector de la energía eléctrica.

Regulación europea y estatal de los PCBs

La regulación de la eliminación de los aparatos que contienen estos compuestos está determinada por la Directiva 96/59/CE del Consejo y Reglamento (UE) 2019/1021. Dicha Directiva se transpuso mediante el RD 1378/1999, modificado por el RD 228/2006 y el Reglamento se incorporan mediante una modificación por el RD 1055/2022. Esta normativa establece diversas obligaciones para los poseedores de PBCs, siendo las más relevantes:

1. Declarar la posesión y la descontaminación/eliminación de aparatos con PCB, adjuntando la documentación justificativa de los datos declarados.

2. Informar de las previsiones de destrucción o descontaminación.

3. Etiquetar convenientemente los aparatos y los locales donde se encuentran situados.

4. Descontaminar o eliminar en las fechas indicadas, hasta ahora, el 1 de enero de 2011.

Novedades en España sobre los PCBs: 2023 y 2025

El pasado diciembre de 2022, la disposición final primera del Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases, introduce importantes modificaciones en el Real Decreto 1378/1999, de 27 de agosto, por el que se establecen medidas para la eliminación y gestión de los policlorobifenilos, policloroterfenilos y aparatos que los contengan, destacando los siguientes cambios:

  • Antes del 31/12/2025 se deberán retirar los equipos que contengan más de 0,005 % de PCB y un volumen superior a 0,05 dm3
  • Antes del 01/07/2023 se deberán identificar y declarar a las comunidades autónomas los aparatos que contengan más de 0,005 % de PCB y un volumen entre 0,05 dm³ y 1 dm³ de PCB.
  • Los transformadores cuyos fluidos contengan una concentración entre 50 y 500 ppm, en peso de PCB deberán ser retirados del uso tan pronto como sea posible, y antes del 31/12/2025, y posteriormente serán eliminados o descontaminados como residuos peligrosos en un plazo máximo de 6 meses.

Plazo para retirar equipos contaminados con PCBs: 31/12/2025

El Anexo I del Reglamento (UE) 2019/1021 establece que los Estados miembros identificarán y retirarán del uso los equipos (por ejemplo, transformadores, condensadores u otros receptáculos que contengan material líquido) que contengan más de 0,005 % de PCB y un volumen superior a 0,05 dm3, tan pronto como sea posible, y a más tardar el 31 de diciembre de 2025.

Ahora el Real Decreto 1055/2022 modifica la normativa de PCBs en la misma línea: «los equipos (por ejemplo, transformadores, condensadores u otros receptáculos que contengan material líquido) que contengan más de 0,005 % de PCB y un volumen superior a 0,05 dm3, deben retirarse del uso tan pronto como sea posible, y antes del 31 de diciembre de 2025» Añadiendo que: posteriormente se eliminarán o descontaminados como residuos peligrosos en un plazo máximo de 6 meses.

Declaración anual de aparatos sujetos a inventario de PCB/PCT

Los poseedores de PCB deben identificar y declarar a las comunidades autónomas los aparatos que contengan más de 0,005 % de PCB y un volumen entre 0,05 dm³ y 1 dm³ de PCB que posean tan pronto como sea posible, y antes del 1 de julio de 2023.

Asimismo, deben declarar anualmente, en el plazo de dos meses a partir del 1 de enero de cada año, los aparatos de este tipo que hayan sido descontaminados o eliminados, aportando la documentación acreditativa correspondiente.

Transformadores con PCBs

Los transformadores cuyos fluidos contengan una concentración entre 50 y 500 ppm, en peso de PCB deberán retirarse del uso tan pronto como sea posible, y antes del 31 de diciembre de 2025, y posteriormente se eliminarán o descontaminarán como residuos peligrosos en un plazo máximo de 6 meses.

Desde Eurofins EcoGestor seguiremos de cerca todas las actualizaciones que haya sobre los plazos de retirada de equipos que contengan PCBs.

Recuerde que para estar siempre informado de las obligaciones legales de aplicación en el área de medio ambiente para una organización disponemos del servicio EcoGestor Legislación, una herramienta online apoyada por un equipo de consultores especializado en medio ambiente para la información y actualización de normativa. Solicita sin compromiso una DEMO GRATUITA.

Productores de producto: toca inscribirse en un nuevo registro antes del 29 de marzo

Productores de producto: toca inscribirse en un nuevo registro antes del 29 de marzo 1200 800 Eurofins EcoGestor

Entre las novedades del nuevo Real Decreto de envases encontramos obligaciones de información sobre puesta en el mercado de envases. Para ello, se ha creado una nueva Sección de Envases en el Registro de Productores de Producto creado en el Real Decreto 293/2018.

En los últimos dos años la normativa de residuos ha cambiado a gran velocidad. Este año le toca el turno a los envases. En resumen, la Ley 7/2022 establecía que los sistemas de responsabilidad ampliada del productor existentes debían adaptarse a la nueva regulación. En primer lugar, les tocó a los envases con el Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases.

Poco después, en agosto de 2023, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto demográfico, ante las dudas que existían, publicó un documento técnico para la comunicación de los datos de la sección de envases del Registro de Productores de Producto.

Ciertamente, la sección de envases del Registro de Productores de Producto se crea con dos objetivos. El primer propósito es disponer de información administrativa. Esto permitirá contrastar la información sobre puesta en el mercado de envases a través de los sistemas de responsabilidad ampliada del productor. Por otra parte, también tiene el objetivo de controlar el fraude. Se obliga a todos los productores a inscribirse en el antes del 29 de marzo de 2023. También deben remitir anualmente información sobre la puesta en el mercado de envases.

¿Quiénes deben inscribirse en el Registro de Productores de Producto?

A modo de resumen, los obligados a inscribirse en la sección de Envases del Registro de Productores de Producto son los productores de producto o los representantes autorizados.

En el Real Decreto de envases se encuentra definido el Productor de Producto, igualmente los envasadores o los agentes económicos dedicados a la importación o adquisición en otros Estados miembros de la Unión Europea de productos envasados para su puesta en el mercado.

Primero, cuando en los productos envasados puestos en el mercado mediante marcas de distribución no se identifique al productor de producto, el productor de producto es el titular de la marca de distribución con sede en España bajo la cual se comercialice el producto.

Ciertamente, en el caso de aquellos productos envasados por encargo de un tercero, que actúa como responsable de su puesta en el mercado, ejercerá este último como productor de producto.

Plataformas de comercio electrónico

Si los productos se introducen en el mercado a través de plataformas de comercio electrónico procedentes de fuera de España y el productor no ha designado representante autorizado, dichas plataformas serán, subsidiariamente, el productor de producto a efectos de las obligaciones financieras y de información, así como las organizativas respecto de esos envases.

Los representantes autorizados son aquellas personas físicas o jurídicas en territorio español designadas por los productores de productos que estén establecidos en otro Estado miembro o en terceros países y que comercialicen productos en España, a efectos del cumplimiento de las obligaciones del productor del producto.

La obligación de inscripción corresponderá a los fabricantes, importadores, adquirientes o empresas de distribución de los envases de servicio, envases comerciales o envases industriales según el caso.

Inscripción antes del 29 de abril

Los productores de producto deberán inscribirse en dicho Registro, antes del 29 de abril de 2023, proporcionando la información establecida en el apartado 1 del anexo IV del RD 1055/2022, y aportar en el momento de la inscripción, un certificado de pertenencia a un sistema individual o colectivo de responsabilidad ampliada del productor.

Por otro lado, en los envases comerciales e industriales este certificado se aportará en el plazo de un mes, una vez se hayan constituido dichos sistemas.

Procedimiento telemático de inscripción

Esta inscripción se deberá realizar telemáticamente a través del procedimiento telemático para la inscripción en el registro de productores de producto (Código del Sistema de Información Administrativa 1523222): acceso aquí.

El número de registro tiene el siguiente formato:

ENV/AÑO REGISTRO/XXXXXXXXX

Donde XXXXXXXXX es un contador de 9 dígitos y AÑO REGISTRO es el año en que se inscribe en el registro de productores de producto

El número de registro asignado deberá figurar en las facturas y cualquier otra documentación que acompañe a las transacciones comerciales de productos envasados desde su puesta en el mercado hasta los puntos de venta de bienes o productos a los consumidores para los envases domésticos, o hasta el usuario final para los envases comerciales e industriales.

En caso de cese definitivo de la actividad, el productor de producto o su representante autorizado comunicarán la baja al Registro de Productores de Productos en el plazo de un mes desde que se produzca el cese y acreditará el mismo, remitiendo el correspondiente documento de cese de actividad de la empresa.

¿Qué información obligatoria hay que remitir anualmente en materia de envases?

Los productores de producto inscritos en la sección de envases del Registro, o sus representantes autorizados, deben recopilar y remitir, desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo de cada año, la Declaración Anual de Envases, es decir, la información contenida en el apartado 2 del anexo IV de este RD, correspondiente a los envases que hayan introducido en el mercado en cada año natural. Además, esta información debe incluir de forma diferenciada, entre otra, la correspondiente a la de los productos de plásticos mencionados en los apartados A y E del anexo IV de la Ley 7/2022.

Enlace al procedimiento telemático: aquí.

No obstante, los productores de producto que introduzcan en el mercado menos de 15 toneladas de envases al año, las plataformas de comercio electrónico. y el primer distribuidor o comerciante del producto envasado con sede en España, podrán remitir dicha información de forma simplificada. Deberán hacerlo de acuerdo con el procedimiento telemático (aquí).

Fechas para la remisión de la información

Los productores de producto deberán recopilar la información del apartado 2 del anexo 4, relativa a los envases puesto en el mercado nacional en cada año natural, y deberán remitirla al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico antes del 31 de marzo del año siguiente.

De conformidad con la Disposición Transitoria Segunda del Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, se establecerán dos períodos extraordinarios para la remisión de datos correspondientes a envases puestos en el mercado español en el año 2021 y el año 2022.

Dichos periodos serán los siguientes:

  • Del 01/05/2023 hasta 31/07/2023. Periodo de grabación de datos para el año de reporte 2021.

En el caso de tener que realizar alguna modificación sobre los datos remitidos en el año 2021 o de realizar la declaración del año 2021 al no haberla podido realizar en el período estipulado inicialmente, puede llevarla a cabo únicamente en el plazo que indicamos a continuación: Período extraordinario improrrogable para introducir los datos de envases puestos en el mercado en 2021: del 1 al 30 de noviembre de 2023 (ambos inclusive).

  • Del 01/08/2023 hasta 31/10/2023. Periodo de grabación de datos para el año de reporte 2022.

En el caso de tener que realizar alguna modificación sobre los datos remitidos en el año 2022 o de realizar la declaración del año 2022 al no haberla podido realizar en el periodo estipulado inicialmente, puede llevarla a cabo únicamente en el plazo que indicamos a continuación: Período extraordinario improrrogable para introducir los datos de envases puestos en el mercado en 2022: del 1 al 31 de diciembre de 2023 (ambos inclusive).

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