Legislación

Requisitos legales

Procedimiento de identificación de requisitos legales: cómo garantizar el cumplimiento normativo con EcoGestor Legislación

Procedimiento de identificación de requisitos legales: cómo garantizar el cumplimiento normativo con EcoGestor Legislación 1200 800 Eurofins EcoGestor

La importancia de un procedimiento de requisitos legales en la gestión normativa

Las organizaciones, independientemente de su sector, están sujetas a un marco normativo que regula sus actividades. Para garantizar el cumplimiento de la legislación aplicable y evitar sanciones, es fundamental conocer los requisitos legales aplicables y contar con un procedimiento de identificación de requisitos legales bien definido. Este procedimiento no solo facilita la gestión normativa, sino que también permite cumplir con los requisitos exigidos por normas internacionales como ISO 14001 e ISO 45001 y recomendable para ISO 9001 e ISO 22000.

En este artículo, explicaremos cómo estructurar un procedimiento de requisitos legales y cómo EcoGestor Legislación facilita su implementación en cualquier organización.

¿Qué debe incluir un procedimiento de identificación y evaluación de requisitos legales?

El procedimiento debe establecer la metodología para identificar, actualizar y evaluar los requisitos legales aplicables a la organización. A continuación, detallamos algunos de los elementos clave que puede contener:

1. Objeto

El propósito del procedimiento es definir cómo la organización identifica, gestiona y evalúa el cumplimiento de la normativa legal aplicable, garantizando el conocimiento y la actualización de los requisitos y reduciendo riesgos legales.

2. Alcance

Este procedimiento es aplicable a todas las áreas de la organización que puedan estar sujetas a requisitos legales y otros que la organización suscriba en materia de medio ambiente, seguridad y salud, etc.

3. Responsabilidades

Se deben definir claramente los roles y responsabilidades en la identificación y control de los requisitos legales.

4. Identificación de requisitos legales

Este paso implica identificar las leyes, normativas y otros requisitos aplicables a la actividad de la organización.

Se debe tener en cuenta:

  • Legislación europea, nacional, autonómica y local.
  • Regulaciones específicas del sector.
  • Autorizaciones específicas (AAI, declaración de impacto ambiental, autorizaciones CAPCA, vertidos,…).
  • Requisitos contractuales con clientes y proveedores.
  • Obligaciones de compliance, códigos de conducta y requisitos internos de la organización.

5. Actualización y revisión de requisitos legales

Para garantizar el cumplimiento, es fundamental disponer de un mecanismo de actualización continua. EcoGestor Legislación automatiza este proceso, alertando a la organización sobre cambios normativos relevantes.

6. Evaluación del cumplimiento legal

Se deben establecer criterios y metodologías para evaluar el grado de cumplimiento de los requisitos legales identificados y otros requisitos que la organización suscriba. Según ISO 14001 y 45001, esta evaluación debe ser periódica y documentada y para ISO 9001 e ISO 22000 es recomendable.

En caso de detectar incumplimientos o desviaciones sobre los requisitos evaluados, se debe establecer una sistemática para eliminar éstas y las causas asociadas

Requisitos de las normas ISO en la identificación y evaluación de requisitos legales

Las principales normas ISO establecen la necesidad de gestionar adecuadamente los requisitos legales:

  • ISO 14001 (Gestión Ambiental): Requiere que la organización determine y tenga acceso a los requisitos legales aplicables en materia ambiental, asegurando su cumplimiento y actualización. Con la publicación de la nueva norma ISO 14001:2026, aparece el término de “OBLIGACIONES DE COMPLIANCE”, que es el termino preferido, pero realmente, sustituye al termino “requisitos legales y otros requisitos”, término que se puede seguir utilizando.
  • ISO 45001 (Seguridad y Salud en el Trabajo): Exige la identificación de los requisitos legales relacionados con la seguridad y salud laboral y su evaluación periódica.
  • ISO 9001 (Calidad): Es recomendable la identificación y actualización de requisitos legales relacionados con la actividad de la empresa.
  • ISO 22000 (Seguridad Alimentaria): Es recomendable la identificación y actualización de requisitos legales relacionados con la seguridad alimentaria.

Ejemplo práctico: Procedimiento de requisitos legales con EcoGestor Legislación

Para facilitar la implementación de este procedimiento, EcoGestor Legislación ofrece una solución digital adaptada a cualquier organización. A través de esta plataforma, se pueden gestionar de manera eficiente los requisitos legales con las siguientes funcionalidades:

  • Identificación por consultor de requisitos legales según la actividad y ubicación de la empresa.
  • Alertas de cambios normativos semanales.
  • Evaluación periódica del cumplimiento legal, con informes detallados (incluyendo evidencias si fuese necesario).
  • Registro documental y trazabilidad de todas las acciones relacionadas con el cumplimiento normativo.

Con EcoGestor Legislación, las empresas pueden garantizar el conocimiento y la actualización de los requisitos normativos exigidos por las normas ISO, reduciendo riesgos legales y optimizando la gestión del cumplimiento normativo.

Importancia del procedimiento

Contar con un procedimiento de requisitos legales es esencial para cualquier organización que desee garantizar el cumplimiento normativo y mejorar su desempeño en medio ambiente, seguridad y calidad. Gracias a herramientas como EcoGestor Legislación, este proceso se automatiza, asegurando una gestión eficaz y adaptada a las exigencias de las principales normas ISO.

Además, esto es extrapolable a centros ubicados no sólo en España, sino también en Portugal, Italia, Francia o Perú.

¿Necesitas optimizar la gestión de los requisitos legales de tu empresa? Solicita una demo de EcoGestor Legislación y descubre cómo podemos ayudarte.

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cómo se compone la legislación medioambiental en Chile

Cómo se compone la legislación medio ambiental en Chile

Cómo se compone la legislación medio ambiental en Chile 2560 1696 Eurofins EcoGestor

Chile cuenta con uno de los marcos regulatorios ambientales más desarrollados de Latinoamérica. Su legislación combina normas generales, regulaciones sectoriales e instrumentos de gestión ambiental que buscan prevenir la contaminación, proteger los recursos naturales y promover un desarrollo sostenible. La base de este sistema es la Ley N.º 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, considerada la piedra angular de la normativa ambiental chilena.  

A este marco se suma la Ley N.º 20.417, que crea el Ministerio del Medio Ambiente, el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) y la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), consolidando la institucionalidad encargada de dictar políticas, evaluar proyectos y fiscalizar el cumplimiento normativo. 

Para las empresas, comprender cómo se compone la legislación medioambiental en Chile es fundamental para identificar sus obligaciones legales, evitar sanciones y asegurar una adecuada gestión de sus aspectos ambientales. 

La estructura de la legislación ambiental chilena

La normativa ambiental chilena se organiza en distintos niveles. En primer lugar, la Ley 19.300 establece los principios generales de protección ambiental y los principales instrumentos de gestión. Posteriormente, una amplia red de reglamentos, normas técnicas y regulaciones sectoriales desarrolla requisitos específicos para materias como aguas, residuos, emisiones atmosféricas, suelos, biodiversidad o sustancias peligrosas. 

Normativa sobre aguas

La regulación de los recursos hídricos en Chile combina disposiciones ambientales con normas sectoriales. Uno de los cuerpos legales más relevantes es el Código de Aguas, que regula el uso y aprovechamiento de este recurso. 

En materia ambiental, las empresas deben cumplir además con normas que controlan la calidad de las descargas de efluentes. Entre las más conocidas destacan: 

  • D.S. N.º 90/2000, que regula las descargas de residuos líquidos a aguas marinas y continentales superficiales. 
  • D.S. N.º 46/2002, aplicable a descargas de residuos líquidos en aguas subterráneas. 
  • Requisitos asociados al monitoreo de calidad de aguas y protección de ecosistemas acuáticos.  

Para industrias como la minería, energía, alimentos o celulosa, la gestión de vertimientos constituye uno de los aspectos regulatorios de mayor relevancia. 

Normativa sobre residuos

La gestión de residuos es otro de los pilares de la legislación medioambiental chilena. Actualmente, las empresas deben cumplir requisitos relacionados con la generación, almacenamiento, transporte y disposición final de los residuos. 

Entre las regulaciones más relevantes destacan: 

  • D.S. N.º 148/2003, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. 
  • Ley N.º 20.920, conocida como Ley REP (Responsabilidad Extendida del Productor), que obliga a productores e importadores de determinados productos prioritarios a organizar y financiar la gestión de los residuos derivados de estos productos. 
  • Normativa específica para residuos industriales, sanitarios y de construcción.  

La Ley REP ha impulsado importantes cambios en sectores como envases y embalajes, neumáticos, aparatos eléctricos y electrónicos, baterías y aceites lubricantes. 

Normativa sobre calidad del aire y emisiones atmosféricas

La protección de la atmósfera constituye una de las áreas con mayor desarrollo regulatorio en Chile, especialmente debido a los problemas históricos de contaminación atmosférica en diversas ciudades del país. 

La legislación contempla: 

  • Normas de calidad del aire, que establecen concentraciones máximas permitidas para contaminantes como material particulado (MP10 y MP2,5), dióxido de azufre, ozono y monóxido de carbono. 
  • Normas de emisión, aplicables a fuentes fijas e instalaciones industriales. 
  • Planes de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) para zonas declaradas saturadas o latentes.  

Las empresas que operan calderas, procesos de combustión, plantas industriales o instalaciones energéticas suelen estar sujetas a controles específicos de emisiones y reportes periódicos ante la autoridad. 

Normativa sobre suelos y sitios con potencial contaminación

Aunque Chile no cuenta con una ley única y específica de protección de suelos, existen diversas obligaciones ambientales relacionadas con la prevención de la contaminación del suelo. 

Por ejemplo, las empresas deben implementar medidas para evitar derrames y filtraciones de sustancias peligrosas, gestionar adecuadamente residuos y productos químicos, y cumplir las exigencias establecidas en sus respectivas Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA).  

Asimismo, la Superintendencia del Medio Ambiente puede exigir acciones correctivas cuando se detectan daños ambientales significativos o riesgos para los ecosistemas y la salud de las personas.  

Evaluación ambiental de proyectos

Uno de los instrumentos más importantes del sistema chileno es el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). 

El Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) se regula mediante dos normas clave: 

  • DS 95/2001, Reglamento del SEIA. 
  • DS 40/2012, que actualiza y moderniza el reglamento del SEIA, detallando criterios de ingreso, evaluación y participación ciudadana. 

Los proyectos susceptibles de generar impactos relevantes deben ingresar al sistema mediante una: 

  • Declaración de Impacto Ambiental (DIA), o 
  • Estudio de Impacto Ambiental (EIA).  

Este proceso permite evaluar los efectos potenciales sobre el agua, aire, suelo, biodiversidad, patrimonio cultural y comunidades cercanas antes de autorizar la ejecución de una iniciativa. El SEA es el organismo encargado de administrar este sistema.  

Ley Marco de Cambio Climático (Ley 21.455)

La Ley Marco de Cambio Climático establece la arquitectura legal para que Chile alcance la carbono-neutralidad al año 2050. Su objetivo es: 

  • Fijar metas nacionales y sectoriales de mitigación y adaptación.
  • Crear instrumentos de planificación climática a nivel nacional, regional y local.
  • Integrar criterios climáticos en la toma de decisiones públicas y privadas. 

Esta ley introduce obligaciones transversales que impactan directamente en la gestión ambiental corporativa y en la planificación de proyectos. 

Un marco normativo cada vez más exigente

La legislación medioambiental chilena continúa evolucionando para responder a desafíos como el cambio climático, la economía circular, la gestión sostenible del agua y la protección de los ecosistemas. 

Para las organizaciones, esto implica la necesidad de realizar un seguimiento permanente de los requisitos legales aplicables en materias de aguas, residuos, atmósfera, suelos y evaluación ambiental. En este escenario, soluciones como Ecogestor Legislación Compliance facilitan la identificación y actualización de obligaciones legales, ayudando a las empresas a fortalecer su cumplimiento normativo y reducir riesgos ambientales. 

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eficiencia energética edificios

Directiva Europea de Eficiencia Energética de los Edificios: ¿qué cambios deben preparar las empresas en España?

Directiva Europea de Eficiencia Energética de los Edificios: ¿qué cambios deben preparar las empresas en España? 1200 800 Eurofins EcoGestor

La Unión Europea ha reforzado su estrategia de descarbonización del parque inmobiliario con la aprobación de la Directiva (UE) 2024/1275 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de abril de 2024, relativa a la eficiencia energética de los edificios (EPBD). La norma, publicada el 8 de mayo de 2024, establece nuevas obligaciones para edificios nuevos y existentes, impulsa la rehabilitación energética y fija el objetivo de alcanzar un parque inmobiliario de cero emisiones en 2050.  

Para España, donde gran parte de los edificios fueron construidos antes de la implantación de requisitos energéticos exigentes, la directiva supondrá una importante transformación que afectará a promotores, gestores de inmuebles, empresas industriales, centros logísticos, oficinas, hoteles, centros comerciales y administraciones públicas.  

La fecha límite general para la transposición de la Directiva a los ordenamientos nacionales es el 29 de mayo de 2026, momento a partir del cual comenzarán a concretarse en España muchas de las obligaciones actualmente previstas a nivel europeo, aunque a fecha actual todavía no se han publicado. 

El edificio de cero emisiones, nuevo estándar europeo

Uno de los pilares de la directiva es la creación del concepto de edificio de cero emisiones, caracterizado por una eficiencia energética muy elevada y unas emisiones operativas nulas o muy reducidas.  

La normativa establece que: 

  • Los edificios nuevos propiedad u ocupados por organismos públicos deberán ser edificios de cero emisiones a partir del 1 de enero de 2028.  
  • Todos los demás edificios nuevos deberán cumplir este requisito desde el 1 de enero de 2030.  

Además, los nuevos proyectos deberán diseñarse para facilitar el aprovechamiento de la energía solar y favorecer la incorporación posterior de tecnologías renovables.  

Principales obligaciones que deberán tener en cuenta las empresas 

1. Aparcamientos: más puntos de recarga y espacios para bicicletas

Fecha límite de transposición: 29 de mayo de 2026 

La directiva introduce importantes requisitos relacionados con la movilidad eléctrica y sostenible: 

Edificios no residenciales nuevos o sometidos a renovaciones importantes con más de 5 plazas: 

Deberán disponer de: 

  • 1 punto de recarga por cada 5 plazas de aparcamiento.
  • Precableado para el 50 % de las plazas.
  • Plazas para bicicletas equivalentes al menos al 15 % de la capacidad media o al 10 % de la capacidad total de usuarios del edificio. 

Edificios no residenciales existentes con más de 20 plazas:

Antes del 1 de enero de 2027 deberán contar con: 

  • 1 punto de recarga por cada 10 plazas o canalizaciones para el 50 % de las plazas.
  • Plazas para bicicletas equivalentes al menos al 15 % de la capacidad media o al 10 % de la capacidad total de usuarios.

Si estos edificios son propiedad de organismos públicos o están ocupados por ellos, deberán disponer además de precableado para el 50 % de las plazas antes del 1 de enero de 2033. 

Edificios residenciales nuevos o sometidos a renovaciones importantes con más de 3 plazas:

Deberán incorporar: 

  • Como mínimo 1 punto de recarga.
  • Precableado para el 50 % de las plazas.
  • Dos plazas para bicicletas por vivienda.

Asimismo, los propietarios de edificios residenciales no podrán rechazar, salvo por causas graves, las solicitudes de instalación de puntos de recarga realizadas por arrendatarios o copropietarios. 

 

2. Certificados de eficiencia energética más exigentes

Fecha límite de transposición: 29 de mayo de 2026 

La Directiva establece un nuevo marco para los certificados de eficiencia energética, que deberán adaptarse a los requisitos previstos en su artículo 14 y en el Anexo V.  

Las principales obligaciones incluyen:  

  • Validez máxima de 10 años.
  • Emisión por expertos cualificados o certificados.
  • Obligatoriedad para edificios nuevos.
  • Obligatoriedad para edificios sometidos a renovaciones importantes.
  • Obligatoriedad para edificios públicos u ocupados por organismos públicos.
  • Obligatoriedad en operaciones de venta o alquiler.

Además:

  • La calificación energética deberá aparecer en los anuncios de venta o arrendamiento.
  • El certificado deberá mostrarse a potenciales compradores o arrendatarios.
  • Será necesario entregarlo formalmente al comprador o inquilino.

Los edificios públicos y los edificios no residenciales deberán exhibir el certificado en un lugar visible y destacado. 

 

3. Nuevos requisitos para edificios de nueva construcción

Fecha límite de transposición: 29 de mayo de 2026 

La nueva EPBD incorpora obligaciones específicas para todas las nuevas edificaciones: 

Edificios de cero emisiones

  • Desde el 1 de enero de 2028 para edificios públicos.
  • Desde el 1 de enero de 2030 para el resto de edificios.

Potencial de calentamiento global (PCG) 

El certificado energético deberá incorporar información sobre el potencial de calentamiento global a lo largo del ciclo de vida: 

  • Desde el 1 de enero de 2028 para edificios nuevos de más de 1.000 m².
  • Desde el 1 de enero de 2030 para todos los edificios nuevos.

Preparación para energía solar 

Los edificios deberán diseñarse para optimizar su potencial de generación solar en función de la irradiación del emplazamiento y facilitar la futura instalación de tecnologías solares.  

 

4. Instalaciones técnicas más eficientes e inteligentes

Fecha límite de transposición: 29 de mayo de 2026 

La directiva también eleva las exigencias sobre las instalaciones técnicas de los edificios. 

Entre las principales obligaciones destacan: 

  • Evaluar la eficiencia energética global cuando se modifique una instalación técnica del edificio.
  • Facilitar dicha evaluación al propietario.
  • Implantar sistemas de monitorización y control energético.
  • Incrementar la digitalización de las instalaciones.

Asimismo, las instalaciones de calefacción, ventilación y aire acondicionado deberán someterse a inspecciones periódicas: 

  • Cada 5 años cuando la potencia nominal útil sea superior a 70 kW.
  • Cada 3 años cuando la potencia nominal útil supere los 290 kW.

Todo ello salvo las excepciones previstas en el artículo 23 de la Directiva. 

Fecha límite de transposición: 29 de mayo de 2026 

Las renovaciones energéticas adquieren un papel protagonista dentro de la normativa europea. 

Cuando la legislación nacional lo exija, los propietarios podrán tener que disponer de un pasaporte de renovación: 

  • En formato digital.
  • Elaborado por expertos cualificados.
  • Vinculado al certificado de eficiencia energética.

Además, cuando se sustituyan equipos de calefacción o refrigeración y la medida sea técnica y económicamente viable, deberán instalarse:

  • Sistemas de autorregulación de temperatura ambiente.
  • Dispositivos de equilibrado hidráulico cuando proceda.

Las 5 actuaciones que las empresas deberían empezar a preparar 

1. Auditar energéticamente sus edificios

Identificar consumos, ineficiencias y oportunidades de mejora para anticiparse a las futuras obligaciones regulatorias. 

2. Revisar sus aparcamientos

Analizar la necesidad de incorporar infraestructura de recarga para vehículos eléctricos, precableado y aparcamientos para bicicletas.

3. Planificar inversiones en rehabilitación energética

Actuar sobre envolventes, cubiertas, ventanas, iluminación y sistemas térmicos para mejorar el rendimiento energético de los edificios.

4. Digitalizar y monitorizar instalaciones

Implantar sistemas inteligentes de control energético, monitorización de consumos e integración de datos para optimizar la operación de los edificios.

5. Reforzar el cumplimiento normativo y documental

Preparar la gestión de certificados energéticos, pasaportes de renovación, inspecciones de instalaciones y evidencias de cumplimiento derivadas de la futura normativa española.

Ecogestor Legislación Compliance: una herramienta para anticiparse a la nueva regulación

La transposición de la Directiva (UE) 2024/1275 traerá consigo nuevas obligaciones técnicas, documentales y organizativas para miles de empresas en España. En este contexto, Ecogestor Legislación Compliance facilita la identificación y el seguimiento de los requisitos legales aplicables en materia de medio ambiente, energía y sostenibilidad, permitiendo a las organizaciones mantenerse actualizadas ante los cambios normativos, evaluar su cumplimiento y gestionar de forma eficiente las obligaciones derivadas de la nueva regulación europea sobre eficiencia energética de los edificios.

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obligaciones de compliance

ISO 14001: un cambio clave en la nomenclatura refuerza el enfoque en compliance

ISO 14001: un cambio clave en la nomenclatura refuerza el enfoque en compliance 1200 800 Eurofins EcoGestor

El 15 de abril de 2026 se publicó oficialmente la nueva versión de la norma ISO 14001:2026, consolidando la evolución de la nomenclatura en el ámbito del cumplimiento legal. Esta actualización sustituye definitivamente a la ISO 14001:2015 y marca el inicio de un periodo de transición de tres años, que se extiende hasta 2029. Entre los principales cambios, destaca la adopción del concepto de “obligaciones de compliance”, que sustituye a la tradicional expresión “requisitos legales y otros requisitos que la organización suscriba”. Aunque a primera vista pueda parecer un cambio sutil, esta modificación refleja una evolución relevante en la forma en que el cumplimiento se entiende, se gestiona y, sobre todo, se demuestra en el marco de los sistemas de gestión ambiental.

Un cambio alineado con los estándares internacionales 

La introducción del concepto de “obligaciones de compliance responde a la necesidad de armonizar la ISO 14001 con otros estándares internacionales más recientes, especialmente con la norma ISO 37301 de sistemas de gestión de compliance. Este alineamiento no es casual: refleja una tendencia clara hacia la integración de diferentes sistemas de gestión bajo un enfoque común, donde el cumplimiento normativo adquiere un papel central. 

Mientras que el término anterior ponía el foco en la identificación y seguimiento de requisitos legales y otros compromisos voluntarios, la nueva terminología amplía la perspectiva. El concepto de “obligaciones de compliance” implica un enfoque más estructurado, sistemático y basado en la gestión del riesgo, integrando no solo la obligación de cumplir, sino también la de demostrar dicho cumplimiento de manera proactiva. 

De la identificación al enfoque estratégico del cumplimiento

Este cambio refuerza la idea de que el cumplimiento ya no debe ser entendido únicamente como una tarea operativa o documental, sino como un elemento estratégico dentro del sistema de gestión. Las organizaciones deberán evolucionar hacia modelos en los que: 

  • Se integren los requisitos legales en la planificación y toma de decisiones. 
  • Se adopten mecanismos de control y seguimiento más robustos. 
  • Se refuerce la cultura de cumplimiento en todos los niveles de la organización. 
  • Se evidencie el cumplimiento de forma continua y auditable. 

En definitiva, el paso de “requisitos” a “obligaciones de compliance” supone un salto cualitativo hacia un modelo más maduro y alineado con las mejores prácticas internacionales. 

Impacto práctico para las organizaciones

En la práctica, este cambio requerirá revisar cómo las empresas identifican, gestionan y actualizan sus obligaciones legales y otros compromisos. También implicará adaptar procedimientos, registros y herramientas para incorporar este enfoque más integral de compliance, facilitando la trazabilidad y la transparencia. 

Asimismo, se abre la puerta a una mayor integración entre sistemas de gestión, especialmente en organizaciones que ya cuentan con marcos de compliance consolidados o que están avanzando hacia modelos ESG (Environmental, Social & Governance). 

Coherencia con la evolución de las soluciones tecnológicas 

En este contexto de transformación, cabe destacar que algunas soluciones del mercado ya venían anticipando este cambio conceptual. Es el caso de EcoGestor Legislación, que en versiones internacionales ya adoptaba la denominación EcoGestor Compliance, alineándose así con esta visión más avanzada del cumplimiento. 

Este hecho refuerza la coherencia entre la evolución normativa y las herramientas que apoyan a las organizaciones, facilitando una transición más natural hacia el nuevo enfoque que propone la ISO 14001. 

Este ajuste terminológico marca, por tanto, mucho más que un cambio de palabras: supone un paso adelante hacia una gestión ambiental más integrada, estratégica y orientada al cumplimiento real y demostrable. 

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Ambiente Lavoro

Eurofins EcoGestor asistió a Ambiente Lavoro 2026

Eurofins EcoGestor asistió a Ambiente Lavoro 2026 2000 500 Eurofins EcoGestor

Eurofins EcoGestor asistió a Ambiente Lavoro 2026, la 36ª Exposición de calidad y seguridad en el lugar de trabajo. Este evento es la mayor exposición dedicada a la salud y seguridad en el trabajo en Italia. Además, es un punto de referencia esencial para todos los profesionales del sector.

Fecha y ubicación de Ambiente Lavoro 2026

  • Cuándo: 26-28 de mayo de 2026
  • Dónde: BolognaFiere

Desde hace 36 años, Ambiente Lavoro es una cita indispensable para conocer productos, soluciones y las últimas novedades sobre las normativas vigentes en relación a la calidad y seguridad en el lugar de trabajo. La feria reúne a expertos, empresas y profesionales que buscan mejorar la calidad y seguridad en los entornos laborales.

El software EcoGestor en Ambiente Lavoro 2026

En esta edición, Eurofins EcoGestor estuvo presente en la sección de servicios con sus diferentes módulos de software: EcoGestor Legislación, EcoGestor CAE y EcoGestor GMAO. Plataformas diseñadas para facilitar la gestión de la normativa legal, la coordinación de actividades empresariales y el mantenimiento de equipos, respectivamente, para ayudar a las empresas a cumplir con las regulaciones y a mejorar sus estándares de seguridad.

  • EcoGestor Legislación es una herramienta integral que permite a las empresas mantenerse al día con las normativas legales aplicables a sus actividades. Ofrece una gestión eficiente y automatizada de la legislación, asegurando que las empresas cumplan con todas las obligaciones legales y evitando posibles sanciones.
  • Por otro lado, EcoGestor CAE se centra en la coordinación de actividades empresariales, facilitando la gestión de la documentación y la comunicación entre las empresas y sus contratistas. Este software asegura que todas las partes involucradas cumplan con los requisitos de seguridad y salud en el trabajo, mejorando la colaboración y reduciendo los riesgos laborales.
  • Por último, EcoGestor GMAO es nuestra solución CMMS para digitalizar el mantenimiento industrial. La plataforma definitiva para la gestión de activos y las operaciones de mantenimiento preventivo y correctivo de instalaciones industriales.
plan de movilidad sostenible

Plan de Movilidad Sostenible: qué es, normativa, obligaciones y cómo elaborarlo

Plan de Movilidad Sostenible: qué es, normativa, obligaciones y cómo elaborarlo 1200 800 Eurofins EcoGestor

Con la publicación en 2025 de la nueva normativa de movilidad sostenible, muchas empresas se preguntan ahora qué es el plan de movilidad y cómo les afectará en el día a día de sus empresas. 

¿Qué es un plan de movilidad sostenible? 

Un plan de movilidad sostenible es un documento estratégico que analiza los desplazamientos asociados a un centro de trabajo, instalación o municipio y establece medidas para reducir emisiones, mejorar la accesibilidad y promover modos de transporte seguros y eficientes. 

Con la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible, este tipo de planificación se consolida como un instrumento obligatorio para determinados municipios, grandes generadores de movilidad y empresas que concentran un volumen relevante de desplazamientos laborales. La norma define estos planes como herramientas esenciales para avanzar hacia una movilidad baja en emisiones, reducir la dependencia del vehículo privado y mejorar la seguridad vial laboral. 

Normativa aplicable al plan

En España, la obligación de implantar planes de movilidad se apoya en diferentes marcos legales: 

  • Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible: norma principal. Obliga a determinados municipios, empresas y grandes generadores de movilidad a elaborar planes de movilidad (PMUS y PMST). 
  • Ley 7/2021 de Cambio Climático: exige a los municipios de más de 50.000 habitantes disponer de un PMUS vinculado a las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE). 
  • Ley 2/2011 de Economía Sostenible: origen de los planes de transporte al trabajo para grandes empresas. 
  • Estrategia de Movilidad Segura, Sostenible y Conectada 2030: marco estatal que orienta las políticas y criterios de movilidad sostenible. 

Quién está obligado a elaborarlo y en qué plazos

Según la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible, deben elaborar planes de movilidad: 

  1. Municipios obligados a disponer de un PMUS, especialmente aquellos con Zonas de Bajas Emisiones (ZBE).
  2. Grandes generadores de movilidad, como centros de actividad que atraen un volumen significativo de desplazamientos.
  3. Empresas con más de 200 personas o 100 personas por turno, deben implantar un Plan de Movilidad Sostenible al Trabajo (PMST).

El PMST debe incluir:

    • Soluciones de movilidad sostenible
    • Medidas de seguridad vial
    • Acciones de prevención de accidentes en desplazamientos laborales
      (Según art. 26.3 de la Ley 9/2025)

Comunicación obligatoria:

    • Enviar el plan a la autoridad autonómica competente
    • Plazo: 3 meses desde su aprobación
    • Finalidad: incorporación al Espacio de Datos Integrado de Movilidad (EDIM)

Además, las organizaciones deberán elaborar un Informe de Seguimiento que evalúe el nivel de implantación de las medidas. El primer informe deberá eleaborarse 2 años después de aprobar el plan y los informes posteriores cada 2 años mientras el plan esté vigente.

¿Cómo elaborar un plan de movilidad sostenible? 

Podemos diferenciar las siguientes etapas, que resumen de forma sencilla el proceso de elaboración de un plan de movilidad sostenible: 

FaseContenido
1. Diagnóstico inicial - Accesos al centro de trabajo.
- Medios de transporte disponibles.
- Situación del aparcamiento.
- Análisis de rutas y riesgos.
2. Encuesta de movilidadPermite conocer los hábitos reales de desplazamiento de la plantilla.
3. Análisis y definición de objetivosReducir emisiones, mejorar la accesibilidad, aumentar la seguridad vial, etc.
4. Diseño de medidasIdentificación de acciones concretas para mejorar la movilidad.
5. Plan de acciónAsignación de responsables, plazos, recursos y sistema de seguimiento.

Medidas habituales en un plan de movilidad sostenible 

CategoríaMedidas habituales
Movilidad activa - Fomento de bicicleta y desplazamiento a pie.
- Aparcamientos seguros para bicicletas.
- Duchas y vestuarios.
Movilidad compartida - Carpooling o coche compartido.
- Plataformas internas para compartir vehículo.
Transporte colectivo- Lanzaderas de empresa.
- Mejora de conexiones con transporte público.
Gestión del aparcamiento- Prioridad a vehículos compartidos o de bajas emisiones.
Flexibilidad laboral- Teletrabajo.
- Horarios escalonados o flexibles.
Vehículos sostenibles - Incentivos a vehículos eléctricos.
- Instalación de puntos de recarga.
Optimización de desplazamientos - Reuniones virtuales.
- Planificación eficiente de rutas profesionales.

¿Tu empresa está obligada a elaborar un plan de movilidad sostenible? 

En EcoGestor hemos desarrollado una herramienta gratuita de autodiagnóstico que te permite saber si tu empresa debe implantar un plan de movilidad y qué requisitos te aplican. 

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EcoGestor Legislación, el apoyo clave para cumplimiento legal en la nueva ISO 14001

EcoGestor Legislación, el apoyo clave para cumplimiento legal en la nueva ISO 14001 1200 800 Eurofins EcoGestor

La gestión del cumplimiento legal vuelve a situarse en el centro de los sistemas de gestión ambiental. Con la evolución de la norma ISO 14001 y el proceso de revisión actualmente en marcha, el control de los requisitos legales deja de ser un elemento documental para convertirse en un factor crítico del desempeño ambiental y de la credibilidad del sistema de gestión. 

La nueva orientación de la norma refuerza un enfoque más preventivo, basado en riesgos, contexto y mejora continua, lo que exige a las organizaciones herramientas que vayan más allá del simple listado normativo y permitan demostrar control, seguimiento y actualización permanente. 

En este escenario, EcoGestor Legislación se consolida como un apoyo clave para afrontar los nuevos retos de la ISO 14001, ayudando a las organizaciones no solo a obtener la certificación, sino a mantener en el tiempo un sistema de gestión ambiental robusto, fiable y alineado con la evolución de la norma. 

ISO 14001 en evolución: el cumplimiento legal como eje del desempeño ambiental 

La norma ISO 14001, referente internacional en sistemas de gestión ambiental, exige a las organizaciones identificar, evaluar y cumplir de forma continua con la legislación ambiental aplicable y con otros requisitos asumidos voluntariamente. 

La nueva revisión de la norma refuerza especialmente: 

  • La comprensión del contexto legal y normativo de la organización y su integración en la estrategia. 
  • El papel del cumplimiento legal como entrada clave en la evaluación de riesgos y oportunidades. 
  • El seguimiento sistemático del grado de cumplimiento, con mayor énfasis en la evidencia objetiva. 
  • La relación directa entre cumplimiento legal, desempeño ambiental y mejora continua del SGA. 

Este enfoque consolida el cumplimiento legal como la base sobre la que se construye un sistema ambiental eficaz, auditables y sostenible en el tiempo. 

EcoGestor Legislación: preparado para la nueva ISO 14001 

Para dar respuesta a los cambios que introduce la nueva ISO 14001 , EcoGestor Legislación evoluciona su solución digital de gestión normativa, reforzando aquellas funcionalidades más alineadas con los nuevos requisitos de la norma. 

Implantado en España, Portugal, Italia, Chile y Perú, EcoGestor Legislación permite a las organizaciones: 

  • Identificar con precisión la legislación ambiental aplicable según actividad, ubicación y contexto. 
  • Disponer de normativa analizada, interpretada y transformada en obligaciones concretas. 
  • Mantener un control continuo y documentado de los cambios legislativos. 
  • Aportar evidencias claras y trazables en auditorías ISO 14001. 

El valor diferencial de la solución reside en su equipo de consultores especializados, que traduce la complejidad legislativa en información clara, actualizada y directamente alineada con los criterios de auditoría de la norma. 

Novedades y evolución de EcoGestor Legislación (2025–2026) 

En línea con la evolución de la ISO 14001, EcoGestor Legislación incorpora mejoras orientadas a reforzar el control del cumplimiento legal: 

  • Mayor enfoque en el seguimiento del cumplimiento y su estado, no solo en la identificación normativa. 
  • Refuerzo de la trazabilidad de las obligaciones legales, facilitando la demostración de conformidad. 
  • Alertas más precisas sobre cambios legislativos críticos y plazos relevantes. 
  • Mejora en la integración del cumplimiento legal con el ciclo PDCA del SGA. 
  • Evolución continua de la plataforma para facilitar transiciones normativas y auditorías de actualización. 

Ventajas clave de EcoGestor Legislación para la ISO 14001 

1. Gestión centralizada y trazable:

Toda la normativa aplicable se gestiona desde un único entorno digital, facilitando la trazabilidad que exige la nueva ISO 14001 y simplificando auditorías internas y externas. 

2. Enfoque práctico del cumplimiento:

Las obligaciones legales se presentan de forma estructurada, evaluable y directamente integrable en el sistema de gestión ambiental. 

3. Ahorro de tiempo y reducción de riesgos:

La externalización del análisis legal permite a los equipos centrarse en la mejora del desempeño ambiental, minimizando riesgos por normativa obsoleta o mal interpretada.

4. Seguimiento continuo alineado con el PDCA 

El control del grado de cumplimiento y las alertas automáticas encajan con el ciclo de mejora continua exigido por la norma. 

5. Integración con otros sistemas de gestión

Permite una gestión integrada con ISO 45001, ISO 50001, ISO 9001 o ISO 27001, clave en sistemas integrados y organizaciones multisitio. 

Cumplimiento legal: la base del SGA en la nueva ISO 14001 

La experiencia demuestra que no puede existir un sistema de gestión ambiental eficaz sin un control sólido, actualizado y demostrable del cumplimiento legal. La nueva ISO 14001 refuerza esta idea y eleva el nivel de exigencia. 

En este contexto, EcoGestor Legislación se posiciona como un apoyo técnico esencial para acompañar a las organizaciones en la adaptación a la nueva norma, ayudándolas a anticiparse a los cambios normativos y a mantener un sistema de gestión ambiental alineado con las mejores prácticas internacionales. 

directiva greenwashing

Nueva Directiva (UE) 2024/825 y el enfoque contra el greenwashing: ¿qué es y qué implicaciones tendrá para las empresas?

Nueva Directiva (UE) 2024/825 y el enfoque contra el greenwashing: ¿qué es y qué implicaciones tendrá para las empresas? 1200 800 Eurofins EcoGestor

La Directiva (UE) 2024/825 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de febrero de 2024, ha sido aprobada con un objetivo ambicioso y estratégico: empoderar a las personas consumidoras para la transición ecológica mediante una mejor protección frente a prácticas comerciales desleales y una información más clara y fiable sobre las características ambientales y sociales de bienes y servicios.  

Este nuevo marco europeo, en esencia, refuerza la lucha contra el llamado greenwashing —prácticas de marketing en las que empresas dan información ambigua, exagerada o falsa sobre beneficios ambientales para atraer clientela— y amplía las obligaciones de transparencia y veracidad en las comunicaciones comerciales.  

¿En qué consiste la Directiva? 

La Directiva modifica principalmente dos normas clave del Derecho de la Unión:

  • la Directiva 2005/29/CE sobre prácticas comerciales desleales y
  • la Directiva 2011/83/UE sobre derechos de las personas consumidoras.

Su enfoque es doble:

  1. Protección contra prácticas engañosas que dificultan que la persona consumidora tome decisiones de compra ambientalmente responsables, como: 
    • Afirmaciones ambientales o sociales engañosas sobre productos (por ejemplo, “eco-friendly” sin respaldo objetivo). 
    • Información poco clara o difícil de verificar sobre características como reparabilidad, durabilidad o reciclabilidad. 
    • Comparaciones ambiguas entre productos que pueden inducir a error.  
  2. Mejora de la información precontractual que las empresas deben proporcionar antes de la compra, especialmente en relación con: 
    • la disponibilidad de opciones de entrega más sostenibles, 
    • información sobre servicios de reparación y posventa, 
    • detalles de garantías de durabilidad o las condiciones de actualizaciones de software en bienes digitales.  

En conjunto, estas medidas buscan que los consumidores puedan comparar y elegir productos de forma más consciente y sostenible, y que las empresas compitan en base a hechos —no a afirmaciones ambiguas— sobre sostenibilidad.

¿Qué es greenwashing y cómo lo combate esta Directiva? 

El greenwashing se refiere a prácticas de marketing en las que una empresa presenta sus productos o servicios como más ecológicos de lo que realmente son o utiliza términos vagos sin soporte verificable. La Directiva actúa aquí en dos frentes: 

  • Amplía las prácticas consideradas desleales cuando inducen a error sobre beneficios ambientales.
  • Exige que las afirmaciones medioambientales estén respaldadas por compromisos claros, objetivos, verificables públicamente y acompañados de planes de ejecución con recursos asignados. 

Esto implica que una empresa no podrá simplemente afirmar que un producto es ‘ecológico’ o neutral’ sin proporcionar evidencia verificable y accesible sobre cómo se llega a esa conclusión.  

Plazos claves para empresas en la UE 

  • Plazo de transposición:

Los Estados miembros deberán incorporar el contenido de la Directiva a su legislación nacional antes del 27 de marzo de 2026.  

En el caso de España, este proceso ya ha comenzado con la elaboración del Anteproyecto de Ley de Consumo Sostenible, que servirá como instrumento normativo para adaptar el ordenamiento jurídico español a las nuevas exigencias europeas en materia de información ambiental, lucha contra el greenwashing y protección de las personas consumidoras. 

  • Aplicación efectiva:

Las normas podrán aplicarse a partir del 27 de septiembre de 2026, fecha en la que podrán imponerse sanciones o exclusiones de contratos por incumplimiento de las obligaciones derivadas de la Directiva.  

Este calendario es clave para que las empresas se preparen con antelación y adapten sus procesos de comunicación, etiquetado y gestión de información ambiental.  

¿Qué obligaciones tendrán las empresas? 

Las empresas que operen en el mercado de la UE deberán: 

  • Garantizar que toda declaración medioambiental o social sea clara, verificable y fiable.
  • Evitar afirmaciones ambiguas o sin sustento que puedan inducir a error a las personas consumidoras (greenwashing).
  • Proporcionar información detallada y accesible sobre características relevantes del producto o servicio —incluyendo aspectos de circularidad y sostenibilidad— antes de la compra.
  • Facilitar comparaciones objetivas entre productos cuando se incluyan datos ambientales.
  • Incluir información sobre reparación, durabilidad, disponibilidad de piezas y servicios posventa, cuando corresponda.  

Asimismo, los comerciantes pueden estar obligados a verificar ciertas afirmaciones mediante terceros expertos independientes, especialmente cuando se haga referencia a objetivos o metas de sostenibilidad específicas.  

Conclusión

La Directiva (UE) 2024/825 representa un paso importante de la Unión Europea para combatir el greenwashing y fortalecer los derechos de las personas consumidoras en su transición hacia patrones de consumo más sostenibles. 

Para las empresas, implica un aumento de obligaciones en materia de transparencia, verificación y presentación de información ambiental y social, con un impacto directo en estrategias de comunicación, marketing y cumplimiento normativo. 

¿Tu empresa está lista para cumplir con la Directiva (UE) 2024/825 y evitar sanciones por greenwashing? Contáctanos para sesoramiento experto

Ley Movilidad Sostenible

Publicada la Ley de Movilidad Sostenible 

Publicada la Ley de Movilidad Sostenible  1200 800 Eurofins EcoGestor

El Boletín Oficial del Estado ha publicado hoy, jueves, 4 de diciembre, la Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible. Ésta entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. Se trata de una norma de carácter transversal que redefine la movilidad como un derecho ciudadano y establece un marco integral para garantizar desplazamientos más seguros, inclusivos y respetuosos con el medio ambiente.

Objetivos principales de la Ley de Movilidad Sostenible

  • Establecer los principios generales que permitan desarrollar un sistema multimodal integrado de movilidad a un coste razonable para el usuario adaptado al entorno y a las necesidades de cada momento.
  • Facilitar la existencia de un sistema de transportes multimodal de mercancías y logística eficiente, sostenible y resiliente.
  • Impulsar la progresiva descarbonización del transporte y la movilidad que permita contribuir a alcanzar la neutralidad climática del transporte en 2050.

Principios rectores del nuevo modelo

La ley se fundamenta en varios principios clave:

  • Movilidad como derecho ciudadano que los poderes públicos deben proteger.
  • Equidad social y territorial, asegurando igualdad de acceso en todo el país.
  • Sostenibilidad triple: económica, energética y ambiental.
  • Innovación y digitalización, aprovechando la tecnología para mejorar servicios.
  • Lucha contra el cambio climático, con metas alineadas con la Agenda 2030.

Medidas que establece la Ley de Movilidad Sostenible

La norma establece nuevas exigencias para administraciones y empresas:

  • Se crea y regula el Sistema General de Movilidad Sostenible, con diversos instrumentos para su desarrollo: el Foro Territorial de Movilidad Sostenible, el Consejo Superior de Movilidad Sostenible y el Espacio de Datos Integrado de Movilidad (EDIM).
  • Se regula el Documento de Orientaciones para la Movilidad Sostenible (DOMOS) como marco de condiciones orientativas para la planificación y gestión sostenible del transporte.
  • Se establece el Instrumento de Planificación Estratégica Estatal en Movilidad (IPEEM) y su equivalente para las comunidades autónomas.
  • Se permite a los municipios introducir una tasa por la circulación de vehículos que superen los límites o categorías máximas de libre circulación estipuladas en las zonas de bajas emisiones.
  • Se sientan las bases para regular la futura operación de los vehículos automatizados de pasajeros y mercancías.

Obligaciones que establece la Ley de Movilidad Sostenible

  • Se recogen obligaciones para la elaboración de planes de movilidad sostenible de:
    -Entidades locales de más de 20.000 y menos de 50.000 habitantes.
    -Grandes centros de actividad.
    -Planes de movilidad sostenible al trabajo: todos los centros de trabajo con más de 200 trabajadores o 100 por turno deberán tener un plan de movilidad en 24 meses desde la entrada en vigor de la ley.
  • Se obliga a las Administraciones y a los gestores de las infraestructuras a disponer de protocolos de actuación ante episodios de alta contaminación.
  • Las empresas que ofrecen un servicio de transporte deberán realizar el cálculo de las emisiones de gases de efecto invernadero en el plazo de 1 año desde que se apruebe la metodología.
  • Se establece un plazo de 6 meses para que las entidades de distribución eléctrica pongan a disposición del Ministerio la información relativa a las características y capacidades de la red eléctrica en los puntos de recarga eléctrica, en los términos que se establezcan mediante orden ministerial.

¿Cuándo será obligatorio disponer de un plan de movilidad?

Las empresas y las entidades pertenecientes al sector público deberán disponer, en el plazo de veinticuatro meses desde la entrada en vigor de esta ley, de planes de movilidad sostenible al trabajo para aquellos centros de trabajo con más de 200 personas trabajadoras o 100 por turno cuyo centro de trabajo habitual sea dicho centro de actividad.

Dicha obligación será aplicable también a las entidades pertenecientes al sector público estatal de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, para aquellos centros de trabajo con más de 200 personas trabajadoras o 100 por turno. Asimismo, podrá ser de aplicación a otras entidades pertenecientes al sector público si así lo establece la Administración competente en materia de transporte y movilidad en el ámbito territorial correspondiente.

Estos planes contemplarán el impulso de la movilidad activa, el transporte colectivo, la movilidad de bajas emisiones, soluciones de movilidad tanto compartida como colaborativa, el uso y recarga de vehículos cero emisiones, o el teletrabajo, entre otros.

Los planes de movilidad sostenible al trabajo deberán ser objeto de un seguimiento que permita evaluar el nivel de implantación de las actuaciones y medidas recogidas en el plan. En todo caso, y sin perjuicio de otras actuaciones, en el plazo de dos años desde su aprobación, las entidades públicas y empresas deberán elaborar un informe de seguimiento sobre el nivel de implantación de las actuaciones y medidas del plan, que se repetirá cada dos años de vigencia del plan.

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real decreto gases fluorados

En marcha el nuevo Real Decreto sobre gases fluorados y refrigerantes naturales

En marcha el nuevo Real Decreto sobre gases fluorados y refrigerantes naturales 1200 800 Eurofins EcoGestor

El Gobierno de España prepara un nuevo Real Decreto sobre gases fluorados de efecto invernadero, refrigerantes naturales y los equipos que los contienen, cuyo borrador ha estado en información pública en 2025. La norma sustituirá al Real Decreto 115/2017, reforzando el marco legal para la comercialización, uso y formación de profesionales, y adaptando el ordenamiento español a los Reglamentos (UE) 2024/573 y 2024/590 del Parlamento Europeo y del Consejo.

El texto se enmarca en la estrategia del Pacto Verde Europeo y en el objetivo de alcanzar una Unión Europea climáticamente neutra en 2050, limitando las emisiones de gases de efecto invernadero con alto potencial de calentamiento atmosférico (PCA o GWP) y regulando las sustancias que agotan la capa de ozono.

Una regulación más estricta y adaptada a los nuevos reglamentos europeos

El proyecto de real decreto responde a la necesidad de actualizar y reforzar el control sobre la comercialización y manipulación de gases fluorados, alineándose con las disposiciones del Reglamento (UE) 2024/573, que endurece el sistema de cuotas de importación y producción de hidrofluorocarbonos (HFC) hasta reducirlos a cero en 2050.

Entre sus principales objetivos, la futura norma busca:

  • Reducir las emisiones derivadas del uso de gases fluorados mediante el impulso de refrigerantes naturales (como el CO₂, NH₃ o propano).
  • Controlar la comercialización de equipos que empleen gases fluorados de alto PCA, limitando su puesta en el mercado cuando existan alternativas seguras.
  • Reforzar la trazabilidad y la transparencia mediante la creación de registros electrónicos unificados para empresas, instaladores, centros formativos, equipos y gases utilizados.
  • Regular la formación y certificación de profesionales que manipulen estos gases o sus sustitutos, con nuevos certificados personales adaptados al Reglamento (UE) 2024/573, válidos en toda la Unión Europea.

Formación y certificación de profesionales

El Título II del proyecto establece un nuevo sistema de certificación profesional dividido en distintas categorías (A1 a M4), según el tipo de instalación o gas manipulado. Por ejemplo:

  • Los certificados A1 y A2 habilitarán para trabajar con equipos de refrigeración o climatización con diferentes cargas de refrigerantes.
  • Los certificados B, C y D estarán vinculados al uso de CO₂, amoníaco o gases fluorados en sistemas de pequeña carga.
  • Los certificados F y H cubrirán los equipos de protección contra incendios y la aparamenta eléctrica.

Comercialización, etiquetado y trazabilidad

El Título III del proyecto de real decreto detalla las obligaciones de distribuidores y comercializadores, entre ellas:

  • Sólo podrán venderse gases fluorados a empresas habilitadas o fabricantes certificados.
  • Los equipos precargados deberán ser instalados por empresas acreditadas y registrados electrónicamente.
  • Se refuerza el etiquetado obligatorio en castellano, indicando el tipo de gas, la cantidad y su potencial de calentamiento global (PCA).
  • Se establecen restricciones a la venta e instalación de equipos con gases fluorados de alto impacto climático, salvo excepciones justificadas por razones de seguridad.

El nuevo registro electrónico unificado, gestionado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, incluirá secciones para profesionales certificados, centros formativos, equipos instalados y uso de gases en hospitales, garantizando un seguimiento digital completo de la cadena de suministro y uso.

Refuerzo del control ambiental y prevención de fugas

El proyecto introduce nuevos requisitos técnicos para instalaciones que emitan gases fluorados y obliga a recuperar los gases contenidos en espumas de aislamiento antes de la demolición o reforma de edificios. También prevé la cooperación entre administraciones y cuerpos de seguridad en la lucha contra el tráfico ilegal de gases fluorados. Por último, incluye la posibilidad de subastar gases incautados cumpliendo las normas ambientales.

El texto, estructurado en siete títulos y varios anexos, culmina con un régimen sancionador reforzado que remite a la Ley 34/2007, de calidad del aire y protección de la atmósfera. Deroga expresamente el Real Decreto 115/2017.

Estar al día: una herramienta clave para el cumplimiento

La nueva normativa sobre gases fluorados supondrá un cambio profundo para empresas instaladoras, distribuidores, fabricantes, técnicos y gestores ambientales. En un contexto de creciente exigencia regulatoria, anticiparse a los cambios será esencial para evitar incumplimientos y sanciones.

EcoGestor Legislación permite consultar en tiempo real las novedades legislativas en materia de cambio climático, atmósfera y residuos. Además, ofrece alertas, análisis y seguimiento de los proyectos normativos como éste.

Consulta EcoGestor Legislación y mantén a tu organización preparada ante los próximos cambios normativos en gases fluorados y refrigeración.