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Directiva reparación de bienes

La Directiva europea que impulsa la reparación de bienes: nuevas obligaciones informativas en el horizonte

La Directiva europea que impulsa la reparación de bienes: nuevas obligaciones informativas en el horizonte 1200 800 Eurofins EcoGestor

La economía circular sigue avanzando en la Unión Europea, y lo hace con pasos firmes que afectan directamente a fabricantes, reparadores consumidores. Una nueva Directiva comunitaria introduce cambios relevantes en la forma de informar sobre la reparación de bienes, con plazos claros y obligaciones concretas que conviene conocer con antelación. Especialmente de cara a 2026, mantenerse actualizado será clave para evitar incumplimientos. 

Un contexto europeo orientado a la reparación y la sostenibilidad 

La Directiva (UE) 2024/1799 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, establece normas comunes para promover la reparación de bienes, en línea con los objetivos europeos de reducción de residuos, uso eficiente de los recursos y alargamiento de la vida útil de los productos. 

Esta norma modifica el Reglamento (UE) 2017/2394 y las Directivas (UE) 2019/771 y (UE) 2020/1828, reforzando el papel de la información al consumidor como elemento central para fomentar decisiones de compra y reparación más sostenibles. Su fecha límite de transposición es el 31 de julio de 2026, por lo que los Estados miembros y los agentes económicos disponen de un margen limitado para adaptarse. 

Obligaciones informativas para reparadores: claridad y transparencia 

Uno de los pilares de la Directiva se centra en las obligaciones informativas de los reparadores que faciliten al consumidor el Formulario Europeo de Información sobre la Reparación. A partir de la transposición, deberán: 

  • Especificar de forma clara y comprensible las condiciones de la reparación. 
  • Proporcionar el formulario de manera gratuita, en un soporte duradero antes de la formalización del contrato. 
  • Informar previamente sobre los costes del servicio de diagnóstico, cuando este sea necesario. 
  • Mantener inalterables las condiciones de reparación durante un plazo de 30 días naturales. 

Estas exigencias buscan reforzar la confianza del consumidor y facilitar comparaciones objetivas entre opciones de reparación. 

Nuevas exigencias informativas para fabricantes e importadores 

La Directiva (UE) 2024/1799 también introduce obligaciones específicas para los fabricantes de bienes incluidos en su anexo II (como lavadoras domésticas; aparatos de refrigeración; pantallas electrónicas; equipos de soldadura; aspiradoras; servidores y productos de almacenamiento de datos; teléfonos móviles o inalámbricos; etc.), así como para representantes autorizados e importadores. Entre las principales obligaciones informativas destacan: 

  • Reparar los bienes cuando existan requisitos de reparabilidad establecidos por la UE, de forma gratuita o a un precio razonable y en un plazo razonable. 
  • Publicar en un sitio web de libre acceso información sobre los precios indicativos de reparaciones habituales. 
  • No utilizar cláusulas contractuales ni soluciones técnicas (hardware o software) que impidan la reparación. 
  • No obstaculizar el uso de piezas originales, compatibles, de segunda mano o fabricadas mediante impresión 3D por parte de reparadores independientes. 
  • No rechazar una reparación alegando que el bien haya sido reparado previamente por otra persona. 

Asimismo, los fabricantes que comercialicen piezas de recambio y herramientas deberán ofrecerlas a un precio razonable, que no desincentive la reparación. 

Información al consumidor tras la reparación y ampliación de responsabilidad 

Para los bienes vendidos después del 31 de julio de 2026, la Directiva introduce una obligación adicional de carácter informativo: 

  • Cuando se realice una reparación para restablecer la conformidad del bien, el fabricante deberá ampliar en 12 meses el período de responsabilidad, aplicable una sola vez. 
  • Será obligatorio informar al consumidor de su derecho a elegir entre reparación o sustitución, así como de la posible ampliación del período de responsabilidad. 

Este aspecto refuerza la protección del consumidor y consolida la reparación como opción prioritaria frente a la sustitución. 

Mantenerse al día de la normativa ambiental y de producto 

La complejidad y el volumen de nuevas obligaciones normativas hacen imprescindible contar con herramientas que faciliten el seguimiento legislativo. Soluciones como EcoGestor Legislación, de Eurofins Environment Testing Spain, permiten a las organizaciones mantenerse actualizadas sobre cambios regulatorios relevantes, evaluar su aplicabilidad y anticipar acciones de cumplimiento de forma estructurada. 

El papel de Eurofins en el acompañamiento normativo 

Desde la unidad de negocio de Consultoría y Cumplimiento Normativo de Eurofins Environment Testing Spain, se apoya a empresas y organizaciones en la interpretación, seguimiento y adaptación a la normativa europea y nacional, ayudando a integrar estas nuevas obligaciones informativas dentro de sus sistemas de gestión y cumplimiento legal. 

Descubre cómo mantenerte al día de la normativa europea sobre reparación de bienes con EcoGestor Legislación de Eurofins Environment Testing Spain.

Ley Prevención Riesgos Laborales

El Gobierno inicia la revisión de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y del Reglamento de los Servicios de Prevención

El Gobierno inicia la revisión de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y del Reglamento de los Servicios de Prevención 1200 800 Eurofins EcoGestor

El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha iniciado los trabajos para una reforma en profundidad de la normativa española en materia de prevención de riesgos laborales, a través de la apertura de la consulta pública previa a la elaboración del Anteproyecto de Ley de modificación de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, así como del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero. 

La consulta pública fue publicada el 8 de enero de 2026 a las 14:30 horas, y el plazo para la presentación de aportaciones permanece abierto desde el 9 de enero hasta el 23 de enero de 2026 a las 23:00:59, permitiendo la participación de organizaciones, empresas, profesionales de la prevención y ciudadanía en general.

Una reforma para adaptar la prevención a los nuevos riesgos del trabajo

El objetivo principal de esta reforma es actualizar y modernizar el marco normativo preventivo, adecuándolo a la evolución de las relaciones laborales, los cambios organizativos y los nuevos riesgos emergentes en los entornos de trabajo.

Entre los ejes fundamentales de la modificación normativa destaca la necesidad de visibilizar y gestionar de forma más eficaz riesgos que han ganado protagonismo en los últimos años, como:

  • Los riesgos psicosociales, incluyendo el estrés laboral, la sobrecarga de trabajo o la falta de desconexión digital.
  • Los riesgos derivados del cambio climático, especialmente en actividades al aire libre o expuestas a temperaturas extremas.
  • Los riesgos asociados al trabajo a distancia y a la digitalización de la economía, cada vez más presentes en un número creciente de sectores.

Perspectiva de género, edad y diversidad generacional

La reforma también aspira a integrar de manera efectiva la perspectiva de género en la gestión preventiva, garantizando una protección real y equitativa para todas las personas trabajadoras, independientemente de su sexo.

Asimismo, se incorpora de forma transversal la edad y la diversidad generacional, impulsando la adaptación de los puestos de trabajo a la evolución de las capacidades psicofisiológicas de las personas trabajadoras a lo largo de su vida laboral.

En esta línea, se prevé igualmente un refuerzo específico de la protección de las trabajadoras embarazadas o en situación de lactancia, con el objetivo de mejorar la prevención de riesgos en estas situaciones especialmente sensibles.

Refuerzo de la organización preventiva y de los servicios de prevención

Otro de los pilares clave de la reforma es el fortalecimiento de la organización preventiva en las empresas, aumentando la presencia y el peso de las personas trabajadoras con funciones preventivas para garantizar una aplicación real, eficaz y controlada de la acción preventiva.

Destaca, además, la creación de agentes territoriales de prevención, concebidos para reforzar la prevención en empresas y centros de trabajo que carecen de representación legal de las personas trabajadoras, una medida que tendrá un impacto especialmente positivo en las pequeñas y medianas empresas (PYMES).

La futura norma también plantea mejorar el funcionamiento y control de las entidades especializadas acreditadas como servicios de prevención, así como de los registros en los que se encuentran inscritas, y revisar la formación exigida a los profesionales que desarrollan funciones preventivas de nivel básico, intermedio y superior.

Mayor protección para personas trabajadoras autónomas

La reforma contempla igualmente incrementar la protección de las personas trabajadoras autónomas, especialmente cuando desarrollan su actividad de forma concurrente con otras empresas o con otras personas autónomas, una situación cada vez más habitual en el actual modelo productivo.

Un objetivo estratégico: reducir la siniestralidad laboral

En conjunto, la modificación normativa pretende dotar a las empresas de instrumentos y garantías actualizadas para generar entornos de trabajo seguros y saludables, mejorando el bienestar de las personas trabajadoras y contribuyendo, al mismo tiempo, a la competitividad, productividad y crecimiento del tejido empresarial.

Esta reforma se alinea con el objetivo prioritario de reducir la siniestralidad laboral, que constituye el eje número uno de la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023-2027.

Diálogo social para una normativa adaptada al presente

Para alcanzar estos objetivos, se ha constituido una mesa de diálogo social en la que participan los interlocutores sociales, el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), el gabinete del Secretario de Estado de Trabajo y la Dirección General de Trabajo. Este espacio de trabajo permitirá consensuar una actualización de la legislación preventiva que responda a los nuevos desafíos del mundo del trabajo y de las organizaciones productivas.

La consulta pública supone, así, un primer paso clave en la configuración de una normativa preventiva más moderna, inclusiva y eficaz, adaptada a la realidad laboral del siglo XXI.

EcoGestor Legislación

Desde EcoGestor Legislación seguiremos de cerca la evolución de esta reforma clave para la prevención de riesgos laborales, informando de manera rigurosa y actualizada sobre cada avance normativo, los textos que se vayan aprobando y su impacto real en las organizaciones. Nuestro objetivo es ayudar a empresas y profesionales a anticiparse a los cambios legales, garantizar el cumplimiento normativo y adaptar sus sistemas de gestión preventiva a las nuevas exigencias regulatorias.

directiva greenwashing

Nueva Directiva (UE) 2024/825 y el enfoque contra el greenwashing: ¿qué es y qué implicaciones tendrá para las empresas?

Nueva Directiva (UE) 2024/825 y el enfoque contra el greenwashing: ¿qué es y qué implicaciones tendrá para las empresas? 1200 800 Eurofins EcoGestor

La Directiva (UE) 2024/825 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de febrero de 2024, ha sido aprobada con un objetivo ambicioso y estratégico: empoderar a las personas consumidoras para la transición ecológica mediante una mejor protección frente a prácticas comerciales desleales y una información más clara y fiable sobre las características ambientales y sociales de bienes y servicios.  

Este nuevo marco europeo, en esencia, refuerza la lucha contra el llamado greenwashing —prácticas de marketing en las que empresas dan información ambigua, exagerada o falsa sobre beneficios ambientales para atraer clientela— y amplía las obligaciones de transparencia y veracidad en las comunicaciones comerciales.  

¿En qué consiste la Directiva? 

La Directiva modifica principalmente dos normas clave del Derecho de la Unión:

  • la Directiva 2005/29/CE sobre prácticas comerciales desleales y
  • la Directiva 2011/83/UE sobre derechos de las personas consumidoras.

Su enfoque es doble:

  1. Protección contra prácticas engañosas que dificultan que la persona consumidora tome decisiones de compra ambientalmente responsables, como: 
    • Afirmaciones ambientales o sociales engañosas sobre productos (por ejemplo, “eco-friendly” sin respaldo objetivo). 
    • Información poco clara o difícil de verificar sobre características como reparabilidad, durabilidad o reciclabilidad. 
    • Comparaciones ambiguas entre productos que pueden inducir a error.  
  2. Mejora de la información precontractual que las empresas deben proporcionar antes de la compra, especialmente en relación con: 
    • la disponibilidad de opciones de entrega más sostenibles, 
    • información sobre servicios de reparación y posventa, 
    • detalles de garantías de durabilidad o las condiciones de actualizaciones de software en bienes digitales.  

En conjunto, estas medidas buscan que los consumidores puedan comparar y elegir productos de forma más consciente y sostenible, y que las empresas compitan en base a hechos —no a afirmaciones ambiguas— sobre sostenibilidad.

¿Qué es greenwashing y cómo lo combate esta Directiva? 

El greenwashing se refiere a prácticas de marketing en las que una empresa presenta sus productos o servicios como más ecológicos de lo que realmente son o utiliza términos vagos sin soporte verificable. La Directiva actúa aquí en dos frentes: 

  • Amplía las prácticas consideradas desleales cuando inducen a error sobre beneficios ambientales.
  • Exige que las afirmaciones medioambientales estén respaldadas por compromisos claros, objetivos, verificables públicamente y acompañados de planes de ejecución con recursos asignados. 

Esto implica que una empresa no podrá simplemente afirmar que un producto es ‘ecológico’ o neutral’ sin proporcionar evidencia verificable y accesible sobre cómo se llega a esa conclusión.  

Plazos claves para empresas en la UE 

  • Plazo de transposición:

Los Estados miembros deberán incorporar el contenido de la Directiva a su legislación nacional antes del 27 de marzo de 2026.  

En el caso de España, este proceso ya ha comenzado con la elaboración del Anteproyecto de Ley de Consumo Sostenible, que servirá como instrumento normativo para adaptar el ordenamiento jurídico español a las nuevas exigencias europeas en materia de información ambiental, lucha contra el greenwashing y protección de las personas consumidoras. 

  • Aplicación efectiva:

Las normas podrán aplicarse a partir del 27 de septiembre de 2026, fecha en la que podrán imponerse sanciones o exclusiones de contratos por incumplimiento de las obligaciones derivadas de la Directiva.  

Este calendario es clave para que las empresas se preparen con antelación y adapten sus procesos de comunicación, etiquetado y gestión de información ambiental.  

¿Qué obligaciones tendrán las empresas? 

Las empresas que operen en el mercado de la UE deberán: 

  • Garantizar que toda declaración medioambiental o social sea clara, verificable y fiable.
  • Evitar afirmaciones ambiguas o sin sustento que puedan inducir a error a las personas consumidoras (greenwashing).
  • Proporcionar información detallada y accesible sobre características relevantes del producto o servicio —incluyendo aspectos de circularidad y sostenibilidad— antes de la compra.
  • Facilitar comparaciones objetivas entre productos cuando se incluyan datos ambientales.
  • Incluir información sobre reparación, durabilidad, disponibilidad de piezas y servicios posventa, cuando corresponda.  

Asimismo, los comerciantes pueden estar obligados a verificar ciertas afirmaciones mediante terceros expertos independientes, especialmente cuando se haga referencia a objetivos o metas de sostenibilidad específicas.  

Conclusión

La Directiva (UE) 2024/825 representa un paso importante de la Unión Europea para combatir el greenwashing y fortalecer los derechos de las personas consumidoras en su transición hacia patrones de consumo más sostenibles. 

Para las empresas, implica un aumento de obligaciones en materia de transparencia, verificación y presentación de información ambiental y social, con un impacto directo en estrategias de comunicación, marketing y cumplimiento normativo. 

¿Tu empresa está lista para cumplir con la Directiva (UE) 2024/825 y evitar sanciones por greenwashing? Contáctanos para sesoramiento experto

resumen normativo 2025

Resumen Normativo 2025: Principales Cambios en Medio Ambiente y Prevención

Resumen Normativo 2025: Principales Cambios en Medio Ambiente y Prevención 1200 800 Eurofins EcoGestor

Durante 2025 se han publicado numerosas novedades legislativas en materia de medio ambiente, prevención de riesgos y seguridad industrial, que afectan directamente al día a día de las organizaciones. Estar al tanto de estos cambios resulta clave para seguir cumpliendo con la normativa, evitar imprevistos y avanzar hacia una gestión más segura y responsable.

Desde Eurofins, y apoyándonos en nuestras soluciones EcoGestor, hemos preparado este resumen práctico con las normas más destacadas del año, junto con los enlaces a las noticias completas para que puedas ampliar información de forma rápida y sencilla.

 1. Ley 1/2025 de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario

Publicación en BOE: 2 de abril de 2025
Entrada en vigor: 2 de enero de 2025 (con obligaciones progresivas)

Introduce un marco específico para reducir el desperdicio alimentario en toda la cadena agroalimentaria. Era una normativa muy esperada desde la Ley 7/2022 de residuos, que ya apuntaba a la necesidad de evitar que los alimentos terminasen en vertederos y fomentar un uso más responsable de un recurso tan valioso.

La ley impulsa una gestión más eficiente del alimento en todas sus fases, prioriza la donación antes que el desecho, promueve metodologías de medición homogéneas y alinea sus objetivos con la Agenda 2030. Su finalidad es clara:

  • Donación prioritaria: Obliga a establecer convenios para la donación de productos no comercializados pero aptos para el consumo.
  • Medición homogénea: Exige el uso de metodologías de medición para reducir el desperdicio de forma cuantificable.
  • Objetivo 2030: Busca reducir en un 50% el desperdicio en los eslabones minorista y doméstico.

Más información: Ley de Desperdicio Alimentario

2. Real Decreto 214/2025: Registro de Huella de Carbono y Planes de Reducción

Publicación en el BOE: 12 de abril de 2025 (BOE-A-2025-7439)
Entrada en vigor: 12 de junio de 2025

Este Real Decreto refuerza la Ley de Cambio Climático y crea un marco de transparencia para las emisiones de GEI en España. Afecta especialmente a entidades de interés público y empresas de gran tamaño.

Obligaciones para organizaciones:

  • Cálculo anual: Obligación de reportar anualmente la huella de carbono (mínimo alcances 1 y 2).
  • Plan de Reducción: No basta con medir; las empresas deben elaborar y publicar objetivos de reducción con medidas concretas.
  • Criterios de aplicación: Afecta a empresas con más de 500 empleados o que cumplan dos de estos criterios: activo >20M€, facturación >40M€ o >250 empleados.

Importancia: Es un cambio estructural en la política climática empresarial en España, anticipando requisitos de los estándares europeos de reporte de sostenibilidad (CSRD).

Más información: Qué es el Registro de huella de carbono y cómo funciona

3. Real Decreto 164/2025: Nuevo Reglamento de Seguridad Contra Incendios en Establecimientos Industriales

Publicación en el BOE: 10 de abril de 2025
Entrada en vigor: 10 de mayo de 2025

Sustituye al anterior RSCIEI de 2004, actualiza íntegramente el marco de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales. La nueva normativa adapta los requisitos técnicos a la realidad actual del sector, armoniza criterios con el Código Técnico de la Edificación (CTE) y el Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI), e introduce medidas más estrictas para reforzar la protección de personas, instalaciones y bienes.

Entre sus principales novedades destacan:

  • Requisitos reforzados de diseño y protección para nuevas instalaciones industriales.
  • Inspecciones periódicas obligatorias por organismos de control, aplicables también a instalaciones existentes.
  • Nuevas especificaciones técnicas para sistemas de detección, alarma y extinción.
  • Adaptación a riesgos emergentes y alineación con los avances tecnológicos y normativas europeas.

Más información: Nuevo Reglamento de Seguridad Contra Incendios

4. Reglamento (UE) 2025/40 sobre Envases y Residuos de Envases

Publicación en el DOUE: 22 de enero de 2025
Entrada en vigor: Progresiva desde 2026

El Reglamento (UE) 2025/40 sustituye a la Directiva 94/62/CE y establece un marco único, directamente aplicable en todos los Estados miembros, para la prevención y gestión de envases y residuos de envases. La norma refuerza los requisitos de sostenibilidad, reduce la variabilidad normativa entre países y asegura la libre circulación de envases conformes en el mercado interior.

Entre sus principales novedades destacan:

  • Diseño sostenible de envases, con límites más estrictos a sustancias peligrosas y exigencias de ecodiseño.
  • Requisitos para que los envases sean reutilizables y/o reciclables, con objetivos progresivos aplicables en toda la UE.
  • Mayor responsabilidad del productor, ampliando las obligaciones de recogida, reciclado, información y trazabilidad.

Más información: Nuevo Real Decreto sobre Envases y Residuos de Envases 

5. Ley 9/2025: Ley de Movilidad Sostenible

Publicación: 3 de diciembre de 2025

Entrada en vigor: Progresiva desde 2026

Una norma clave para las empresas con grandes plantillas o flotas de transporte, que busca descarbonizar el transporte y mejorar la eficiencia logística.

  • Planes de Movilidad al Trabajo: Obliga a las empresas con más de 500 trabajadores (o 250 por centro de trabajo) a elaborar planes de movilidad sostenible para sus empleados (fomento de transporte público, carpooling, puntos de recarga, etc.).
  • Logística y Carga: Introduce incentivos para la renovación de flotas y el uso de energías renovables en el transporte de mercancías.
  • Zonas de Bajas Emisiones (ZBE): Establece el marco estatal para que los municipios regulen el acceso a los centros urbanos, afectando directamente a la distribución de última milla.

Más información: Ley de Movilidad Sostenible

6. Instrucción IS-47: municipios de actuación prioritaria frente al radón

Publicación: 1 de mayo de 2025

Entrada en vigor: 2 de mayo de 2025

La Instrucción IS‑47, aprobada por el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN), establece por primera vez un listado oficial de términos municipales de actuación prioritaria frente al radón, así como las directrices obligatorias para realizar mediciones de radón en el aire interior de los centros de trabajo ubicados en dichos municipios.

Esta instrucción se enmarca en la protección radiológica derivada de la Directiva 2013/59/Euratom y del Plan Nacional contra el Radón, reforzando las obligaciones ya introducidas por el RD 1029/2022. Su objetivo es garantizar que las empresas ubicadas en zonas con mayor probabilidad de exposición adopten medidas preventivas adecuadas.

Principales novedades:

  • Listado oficial de municipios prioritarios: El CSN identifica las localidades donde existe mayor riesgo potencial de exposición al radón, obligando a las empresas ubicadas en ellas a realizar mediciones periódicas.
  • Directrices para mediciones en centros de trabajo: Se establecen criterios técnicos sobre cómo, dónde y durante cuánto tiempo deben realizarse las mediciones para garantizar resultados fiables y comparables.
  • Obligación de medición en centros de trabajo existentes y nuevos: Las empresas situadas en municipios prioritarios deben medir el radón tanto en instalaciones actuales como en futuras construcciones o ampliaciones.
  • Marco para la actuación preventiva: La instrucción forma parte del enfoque nacional para reducir la exposición al radón, uno de los contaminantes naturales más relevantes para la salud pública según el CSN.

Más información: Instrucción IS-47

Compromiso Eurofins: Cumplimiento, Sostenibilidad y Seguridad

En Eurofins EcoGestor, nuestra misión es acompañar a las organizaciones en el cumplimiento íntegro de sus obligaciones legales, ofreciendo:

  • Actualización normativa diaria
  • Análisis técnico especializado
  • Herramientas digitales como EcoGestor Legislación, CAE, Residuos o GMAO
  • Consultoría experta en medio ambiente, prevención y sostenibilidad

Gracias al trabajo continuo de nuestro equipo, las empresas pueden anticiparse a los cambios regulatorios y garantizar una gestión ambiental y preventiva sólida y segura.

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Nueva Guía Técnica 2025 sobre Vibraciones Mecánicas: Novedades Clave

Nueva Guía Técnica 2025 sobre Vibraciones Mecánicas: Novedades Clave 1200 800 Eurofins EcoGestor

El Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) ha publicado la actualización 2025 de la Guía Técnica para la Evaluación y Prevención de los Riesgos relacionados con las Vibraciones Mecánicas, un documento esencial para aplicar correctamente el Real Decreto 1311/2005 y garantizar la protección de la salud frente a la exposición a vibraciones. 

Esta nueva edición sustituye a la anterior publicada en 2008, incorporando criterios actualizados, recomendaciones y contenidos técnicos que reflejan los avances normativos y la experiencia acumulada en estos 17 años. Durante este período se han identificado aspectos que requerían aclaración, lo que ha motivado una revisión en profundidad para facilitar a las empresas y responsables de prevención la interpretación y aplicación del Real Decreto 1311/2005 sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas. 

¿Por qué es importante esta actualización? 

La exposición a vibraciones mecánicas puede provocar lesiones graves como el síndrome mano-brazo, trastornos osteoarticulares y problemas lumbares. Esta guía ofrece criterios técnicos actualizados para evaluar riesgos y aplicar medidas preventivas en sectores como construcción, industria, transporte y agricultura. 

Las 5 principales novedades de la Guía Técnica 2025 

1.Revisión completa del contenido: Se han actualizado los comentarios al articulado y los apéndices, incorporando aclaraciones técnicas y ejemplos prácticos para facilitar la interpretación del Real Decreto 1311/2005. 

2. Nuevos apéndices:

  • Fundamentos físicos de las vibraciones: conceptos clave como frecuencia, aceleración y resonancia. 
  • Medidas de control del riesgo: estrategias jerarquizadas para reducir la exposición, desde la eliminación en origen hasta la protección individual. 

3. Actualización normativa: Incluye referencias al Reglamento (UE) 2023/1230 sobre máquinas, aplicable en 2027, y a normas UNE e ISO para medición y evaluación (UNE-EN ISO 5349 y UNE ISO 2631). 

4. Herramientas digitales: Se refuerza el uso de BaseVibra y el calculador A(8) del INSST, que permiten estimar la exposición diaria normalizada y simplificar la evaluación del riesgo. 

5. Medidas preventivas y organizativas:

La guía detalla acciones como: 

    • Selección de equipos con sistemas antivibratorios. 
    • Optimización de métodos de trabajo. 
    • Rotación de tareas y limitación de tiempos de exposición. 
    • Formación específica para el personal. 

Valores límite y niveles de acción (Artículo 3) 

La normativa establece dos parámetros para evaluar la exposición a vibraciones, calculados como A(8) (aceleración diaria equivalente normalizada a 8 horas): 

Vibración mano-brazo 

  • Nivel de acción: 2,5 m/s²
    El cálculo se realiza sumando las aceleraciones en los tres ejes.
    Interpretación: 

    • Por debajo del nivel de acción → riesgo aceptable. 
    • Entre nivel de acción y valor límite → riesgo que requiere medidas. 
    • Por encima del valor límite → situación intolerable, aplicar medidas inmediatas. 

Vibración cuerpo entero 

  • Valor límite: 1,15 m/s² 
  • Nivel de acción: 0,5 m/s²
    Se toma el eje con mayor aceleración ponderada.
    Interpretación: igual que en mano-brazo. 

Comparación del A(8)

Impacto en las empresas y sectores afectados 

Esta actualización es clave para cumplir la normativa y proteger la salud en actividades con alta exposición a vibraciones: construcción, transporte, maquinaria agrícola, minería e industria manufacturera. 

Mantente al día con EcoGestor Legislación 

Las obligaciones en prevención de riesgos laborales evolucionan constantemente. EcoGestor Legislación te ayuda a: 

  • Monitorizar cambios normativos en tiempo real. 
  • Acceder a guías técnicas y reglamentos actualizados. 
  • Garantizar el cumplimiento legal en tu organización. 

Ley Movilidad Sostenible

Publicada la Ley de Movilidad Sostenible 

Publicada la Ley de Movilidad Sostenible  1200 800 Eurofins EcoGestor

El Boletín Oficial del Estado ha publicado hoy, jueves, 4 de diciembre, la Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible. Ésta entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. Se trata de una norma de carácter transversal que redefine la movilidad como un derecho ciudadano y establece un marco integral para garantizar desplazamientos más seguros, inclusivos y respetuosos con el medio ambiente.

Objetivos principales de la Ley de Movilidad Sostenible

  • Establecer los principios generales que permitan desarrollar un sistema multimodal integrado de movilidad a un coste razonable para el usuario adaptado al entorno y a las necesidades de cada momento.
  • Facilitar la existencia de un sistema de transportes multimodal de mercancías y logística eficiente, sostenible y resiliente.
  • Impulsar la progresiva descarbonización del transporte y la movilidad que permita contribuir a alcanzar la neutralidad climática del transporte en 2050.

Principios rectores del nuevo modelo

La ley se fundamenta en varios principios clave:

  • Movilidad como derecho ciudadano que los poderes públicos deben proteger.
  • Equidad social y territorial, asegurando igualdad de acceso en todo el país.
  • Sostenibilidad triple: económica, energética y ambiental.
  • Innovación y digitalización, aprovechando la tecnología para mejorar servicios.
  • Lucha contra el cambio climático, con metas alineadas con la Agenda 2030.

Medidas que establece la Ley de Movilidad Sostenible

La norma establece nuevas exigencias para administraciones y empresas:

  • Se crea y regula el Sistema General de Movilidad Sostenible, con diversos instrumentos para su desarrollo: el Foro Territorial de Movilidad Sostenible, el Consejo Superior de Movilidad Sostenible y el Espacio de Datos Integrado de Movilidad (EDIM).
  • Se regula el Documento de Orientaciones para la Movilidad Sostenible (DOMOS) como marco de condiciones orientativas para la planificación y gestión sostenible del transporte.
  • Se establece el Instrumento de Planificación Estratégica Estatal en Movilidad (IPEEM) y su equivalente para las comunidades autónomas.
  • Se permite a los municipios introducir una tasa por la circulación de vehículos que superen los límites o categorías máximas de libre circulación estipuladas en las zonas de bajas emisiones.
  • Se sientan las bases para regular la futura operación de los vehículos automatizados de pasajeros y mercancías.

Obligaciones que establece la Ley de Movilidad Sostenible

  • Se recogen obligaciones para la elaboración de planes de movilidad sostenible de:
    -Entidades locales de más de 20.000 y menos de 50.000 habitantes.
    -Grandes centros de actividad.
    -Planes de movilidad sostenible al trabajo: todos los centros de trabajo con más de 200 trabajadores o 100 por turno deberán tener un plan de movilidad en 24 meses desde la entrada en vigor de la ley.
  • Se obliga a las Administraciones y a los gestores de las infraestructuras a disponer de protocolos de actuación ante episodios de alta contaminación.
  • Las empresas que ofrecen un servicio de transporte deberán realizar el cálculo de las emisiones de gases de efecto invernadero en el plazo de 1 año desde que se apruebe la metodología.
  • Se establece un plazo de 6 meses para que las entidades de distribución eléctrica pongan a disposición del Ministerio la información relativa a las características y capacidades de la red eléctrica en los puntos de recarga eléctrica, en los términos que se establezcan mediante orden ministerial.

¿Cuándo será obligatorio disponer de un plan de movilidad?

Las empresas y las entidades pertenecientes al sector público deberán disponer, en el plazo de veinticuatro meses desde la entrada en vigor de esta ley, de planes de movilidad sostenible al trabajo para aquellos centros de trabajo con más de 200 personas trabajadoras o 100 por turno cuyo centro de trabajo habitual sea dicho centro de actividad.

Dicha obligación será aplicable también a las entidades pertenecientes al sector público estatal de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, para aquellos centros de trabajo con más de 200 personas trabajadoras o 100 por turno. Asimismo, podrá ser de aplicación a otras entidades pertenecientes al sector público si así lo establece la Administración competente en materia de transporte y movilidad en el ámbito territorial correspondiente.

Estos planes contemplarán el impulso de la movilidad activa, el transporte colectivo, la movilidad de bajas emisiones, soluciones de movilidad tanto compartida como colaborativa, el uso y recarga de vehículos cero emisiones, o el teletrabajo, entre otros.

Los planes de movilidad sostenible al trabajo deberán ser objeto de un seguimiento que permita evaluar el nivel de implantación de las actuaciones y medidas recogidas en el plan. En todo caso, y sin perjuicio de otras actuaciones, en el plazo de dos años desde su aprobación, las entidades públicas y empresas deberán elaborar un informe de seguimiento sobre el nivel de implantación de las actuaciones y medidas del plan, que se repetirá cada dos años de vigencia del plan.

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En marcha el nuevo Real Decreto sobre gases fluorados y refrigerantes naturales

En marcha el nuevo Real Decreto sobre gases fluorados y refrigerantes naturales 1200 800 Eurofins EcoGestor

El Gobierno de España prepara un nuevo Real Decreto sobre gases fluorados de efecto invernadero, refrigerantes naturales y los equipos que los contienen, cuyo borrador ha estado en información pública en 2025. La norma sustituirá al Real Decreto 115/2017, reforzando el marco legal para la comercialización, uso y formación de profesionales, y adaptando el ordenamiento español a los Reglamentos (UE) 2024/573 y 2024/590 del Parlamento Europeo y del Consejo.

El texto se enmarca en la estrategia del Pacto Verde Europeo y en el objetivo de alcanzar una Unión Europea climáticamente neutra en 2050, limitando las emisiones de gases de efecto invernadero con alto potencial de calentamiento atmosférico (PCA o GWP) y regulando las sustancias que agotan la capa de ozono.

Una regulación más estricta y adaptada a los nuevos reglamentos europeos

El proyecto de real decreto responde a la necesidad de actualizar y reforzar el control sobre la comercialización y manipulación de gases fluorados, alineándose con las disposiciones del Reglamento (UE) 2024/573, que endurece el sistema de cuotas de importación y producción de hidrofluorocarbonos (HFC) hasta reducirlos a cero en 2050.

Entre sus principales objetivos, la futura norma busca:

  • Reducir las emisiones derivadas del uso de gases fluorados mediante el impulso de refrigerantes naturales (como el CO₂, NH₃ o propano).
  • Controlar la comercialización de equipos que empleen gases fluorados de alto PCA, limitando su puesta en el mercado cuando existan alternativas seguras.
  • Reforzar la trazabilidad y la transparencia mediante la creación de registros electrónicos unificados para empresas, instaladores, centros formativos, equipos y gases utilizados.
  • Regular la formación y certificación de profesionales que manipulen estos gases o sus sustitutos, con nuevos certificados personales adaptados al Reglamento (UE) 2024/573, válidos en toda la Unión Europea.

Formación y certificación de profesionales

El Título II del proyecto establece un nuevo sistema de certificación profesional dividido en distintas categorías (A1 a M4), según el tipo de instalación o gas manipulado. Por ejemplo:

  • Los certificados A1 y A2 habilitarán para trabajar con equipos de refrigeración o climatización con diferentes cargas de refrigerantes.
  • Los certificados B, C y D estarán vinculados al uso de CO₂, amoníaco o gases fluorados en sistemas de pequeña carga.
  • Los certificados F y H cubrirán los equipos de protección contra incendios y la aparamenta eléctrica.

Comercialización, etiquetado y trazabilidad

El Título III del proyecto de real decreto detalla las obligaciones de distribuidores y comercializadores, entre ellas:

  • Sólo podrán venderse gases fluorados a empresas habilitadas o fabricantes certificados.
  • Los equipos precargados deberán ser instalados por empresas acreditadas y registrados electrónicamente.
  • Se refuerza el etiquetado obligatorio en castellano, indicando el tipo de gas, la cantidad y su potencial de calentamiento global (PCA).
  • Se establecen restricciones a la venta e instalación de equipos con gases fluorados de alto impacto climático, salvo excepciones justificadas por razones de seguridad.

El nuevo registro electrónico unificado, gestionado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, incluirá secciones para profesionales certificados, centros formativos, equipos instalados y uso de gases en hospitales, garantizando un seguimiento digital completo de la cadena de suministro y uso.

Refuerzo del control ambiental y prevención de fugas

El proyecto introduce nuevos requisitos técnicos para instalaciones que emitan gases fluorados y obliga a recuperar los gases contenidos en espumas de aislamiento antes de la demolición o reforma de edificios. También prevé la cooperación entre administraciones y cuerpos de seguridad en la lucha contra el tráfico ilegal de gases fluorados. Por último, incluye la posibilidad de subastar gases incautados cumpliendo las normas ambientales.

El texto, estructurado en siete títulos y varios anexos, culmina con un régimen sancionador reforzado que remite a la Ley 34/2007, de calidad del aire y protección de la atmósfera. Deroga expresamente el Real Decreto 115/2017.

Estar al día: una herramienta clave para el cumplimiento

La nueva normativa sobre gases fluorados supondrá un cambio profundo para empresas instaladoras, distribuidores, fabricantes, técnicos y gestores ambientales. En un contexto de creciente exigencia regulatoria, anticiparse a los cambios será esencial para evitar incumplimientos y sanciones.

EcoGestor Legislación permite consultar en tiempo real las novedades legislativas en materia de cambio climático, atmósfera y residuos. Además, ofrece alertas, análisis y seguimiento de los proyectos normativos como éste.

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real decreto productos textiles

En proyecto un nuevo Real Decreto de productos textiles: hacia una moda más sostenible y circular

En proyecto un nuevo Real Decreto de productos textiles: hacia una moda más sostenible y circular 1200 800 Eurofins EcoGestor

La futura regulación española sobre productos textiles y de calzado se actualizará para adaptarse a los principios de economía circular.  Fomentará la prevención, la reutilización y el reciclado de sus residuos, además de incorporar la responsabilidad ampliada del productor.

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico cerró el periodo de información pública en julio de 2025 del Proyecto de Real Decreto por el que se regularán los productos textiles y de calzado y la gestión de sus residuos. Una norma que establecerá por primera vez un marco jurídico integral para este sector y que dará cumplimiento a la disposición final séptima de la Ley 7/2022, avanzando hacia un modelo de producción y consumo más sostenible.

El texto, en línea con la normativa europea y las directivas más recientes sobre circularidad y sostenibilidad, regulará el régimen jurídico aplicable a la producción, comercialización y gestión de residuos textiles y de calzado, estableciendo objetivos de prevención y recogida separada, y un régimen de responsabilidad ampliada del productor (RAP) que implicará a fabricantes, importadores y distribuidores de estos productos.

Una respuesta a los retos ambientales del sector textil

El sector textil y del calzado es uno de los más relevantes en España. Cuenta con más de 17.000 empresas y un 3,7 % del empleo nacional. Sin embargo, también se trata de uno de los flujos de residuos más voluminosos y de mayor impacto ambiental en la Unión Europea.

Según el proyecto, cada persona en España genera alrededor de 23 kg de residuos textiles al año. Tan solo una fracción mínima se reutiliza o recicla. El nuevo marco normativo busca reducir esta generación, fomentar el ecodiseño y potenciar la recogida separada obligatoria. Deberá estar plenamente implantada a partir de 2025.

Principales novedades del Real Decreto de productos textiles y de calzado

El proyecto se estructura en cinco títulos y prevé medidas de amplio alcance:

  • Prevención y reducción de residuos: Se establecen objetivos de reducción del 5 % en 2030. También del 10 % en 2035 respecto a los niveles de 2027.
  • Prohibición de destrucción de excedentes: No se permitirá destruir productos textiles y de calzado no vendidos. Se debe priorizar su donación, reutilización o reciclaje.
  • Recogida separada obligatoria: Las entidades locales deberán garantizar la recogida separada de residuos textiles en todo el territorio nacional, en cumplimiento de la Ley 7/2022.
  • Objetivos de reutilización y reciclaje: Al menos el 50 % de los residuos textiles deberán recogerse separadamente en 2030, y el 70 % en 2035, alcanzando un 35 % de preparación para la reutilización.
  • Responsabilidad ampliada del productor: Los productores deberán financiar y organizar la recogida, clasificación y tratamiento de los residuos de sus productos. Además, tendrán que inscribirse en una nueva sección del Registro de Productores de Productos dedicada al textil y calzado.
  • Sistemas colectivos (SCRAP): El cumplimiento se realizará mediante sistemas colectivos de responsabilidad ampliada del productor, bajo supervisión autonómica. Estos sitemas deberán asegurar la transparencia y trazabilidad de la gestión.
  • Ecodiseño y modulación de tasas: Las contribuciones financieras de los productores podrán modularse según criterios de sostenibilidad, favoreciendo a quienes incorporen materiales reciclados o diseños duraderos frente a la moda rápida.
  • Participación de la economía social: Se reserva un 50 % del importe de adjudicación de contratos públicos de gestión textil a empresas de inserción y centros especiales de empleo, manteniendo el papel clave de las entidades de economía social.
  • Trazabilidad y control: Se refuerzan los mecanismos de seguimiento, inspección y cooperación administrativa entre comunidades autónomas y el Estado.

Una transición hacia la circularidad del textil

El Real Decreto prevé un periodo de adaptación de un año desde su entrada en vigor, y un plazo adicional de doce meses para PYMEs, de modo que todos los productores puedan adecuar su gestión y sistemas de información a los nuevos requisitos legales.

Esta regulación responde al mandato europeo de crear un marco para productos sostenibles y circulares, alineado con el Reglamento (UE) 2024/1781 de diseño ecológico, que incluye la introducción de un pasaporte digital de producto y medidas para evitar la destrucción de artículos no vendidos.

Estar al día: imprescindible para el sector

La aprobación de este real decreto supondrá un cambio estructural para fabricantes, distribuidores, minoristas, plataformas digitales y gestores de residuos. En este nuevo contexto, mantenerse informado sobre la evolución normativa será esencial para garantizar el cumplimiento y la competitividad.

EcoGestor Legislación, la plataforma de Eurofins Environment Testing Spain, ofrece el servicio más completo para seguir en tiempo real todas las novedades legislativas en materia de residuos, sostenibilidad y economía circular, ayudando a las empresas del sector textil a anticiparse a los cambios y asegurar el cumplimiento ambiental.

real decreto aceites industriales

En proyecto un nuevo Real Decreto de aceites industriales: hacia una gestión más sostenible y trazable

En proyecto un nuevo Real Decreto de aceites industriales: hacia una gestión más sostenible y trazable 1200 800 Eurofins EcoGestor

La regulación española sobre aceites industriales y sus residuos se actualizará para alinearse con los principios de economía circular y reforzar la responsabilidad ampliada del productor.

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico cerró el 31 de julio de 2025 el periodo de información pública del Proyecto de Real Decreto por el que se regularán los aceites industriales y sus residuos, una norma que sustituirá al Real Decreto 679/2006, de 2 de junio, y que marcará un punto de inflexión en la gestión de este flujo de residuos peligrosos.

El proyecto de real decreto actualiza lo dispuesto en el Real Decreto 679/2006 para adaptar el régimen jurídico de los aceites industriales a lo establecido en la Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, y al progreso técnico, en línea con los principios de economía circular, autosuficiencia y proximidad. En particular, establece el régimen jurídico aplicable a la producción y gestión de los aceites industriales usados y define la responsabilidad ampliada de los productores de aceites industriales puestos en el mercado nacional.

Una revisión necesaria ante los nuevos retos medioambientales

Los aceites industriales —imprescindibles en automoción, maquinaria y procesos industriales— generan, al final de su vida útil, un residuo con alto potencial contaminante. Según el proyecto, alrededor del 50 % del aceite utilizado se convierte en residuo y, si no se gestiona adecuadamente, puede afectar gravemente al suelo y al agua.

Con la nueva norma, España actualizará su marco jurídico para adaptarlo a la Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, y al Reglamento (UE) 2024/1157 sobre traslados de residuos, reforzando la trazabilidad, la transparencia y la prevención.

Principales novedades del Real Decreto para productores de aceites

El texto se estructura en cinco títulos e introduce medidas destacadas:

  • Prevención y regeneración prioritaria: Se refuerza la jerarquía de residuos, dando prioridad a la regeneración de aceites usados frente a su valorización energética o eliminación. Se establecen objetivos mínimos de regeneración del 75 % en 2028, 80 % en 2030 y 90 % en 2035.
  • Responsabilidad ampliada del productor (RAP). Los productores deberán financiar y organizar la recogida y tratamiento de los aceites usados generados, así como inscribirse en una nueva sección específica del Registro de Productores de Productos.
  • Planes empresariales de prevención. Los productores que introduzcan en el mercado más de 10 toneladas anuales de aceite industrial deberán elaborar un plan de prevención de aceites industriales usados, identificando mecanismos para:

– Promover la prevención y la regeneración de aceites usados (artículo 5).

– Alargar la vida útil de los aceites, mejorar sus características y facilitar su regeneración o reciclado.

  • Obligaciones de información digitalizada: La comunicación de datos sobre aceites comercializados, recogidos y regenerados será íntegramente electrónica, en línea con el Sistema eSIR.
  • Principio de proximidad y autosuficiencia: Conforme al artículo 9 de la Ley 7/2022, y con el fin de garantizar la valorización en condiciones ambientalmente seguras, los aceites industriales usados deberán tratarse en instalaciones lo más cercanas posible al punto de generación, aplicando tecnologías que aseguren un alto nivel de protección ambiental y de la salud humana.
  • Garantías financieras y trazabilidad. Se refuerzan las garantías económicas de los sistemas de responsabilidad ampliada. También se refuerzan los requisitos técnicos para la regeneración, con criterios de calidad basados en normas UNE e ISO (pág. 62 del proyecto).
  • Régimen sancionador e inspección: Se integran los mecanismos de control previstos en la Ley 7/2022, garantizando la correcta aplicación del principio de “quien contamina, paga”.

Novedades para los productores o poseedores de aceites industriales usados

El texto también establece obligaciones específicas para quienes generen aceites industriales usados, entre ellas:

  1. Separar la totalidad de los aceites industriales generados y almacenarlos en condiciones adecuadas que permitan su conservación, su correcta recogida y eviten su vertido, evitando especialmente las mezclas con agua u otros residuos.
  2. Asegurar el tratamiento de la totalidad del aceite usado generado conforme a lo previsto en el real decreto y disponer de la acreditación documental correspondiente. Para ello, deberán entregarlo directamente a un gestor autorizado. Puede ser de forma individual o a través de los sistemas de responsabilidad ampliada del productor en los términos establecidos por estos.

Una transición con calendario definido

El Real Decreto prevé un plazo de un año de adaptación para productores y gestores desde su entrada en vigor. Habrá disposiciones transitorias que facilitarán la migración de los actuales sistemas integrados de gestión hacia los nuevos modelos de responsabilidad ampliada del productor.

Estar al día: una necesidad estratégica para el sector

La actualización de esta norma afectará directamente a fabricantes, importadores, distribuidores y gestores de aceites industriales. Con la futura entrada en vigor del nuevo Real Decreto, será esencial disponer de ciertas herramientas. Nos referimos a aquellas que permitan seguir en tiempo real las novedades legislativas en materia de residuos, trazabilidad y responsabilidad ambiental.

EcoGestor Legislación, la plataforma de Eurofins Environment Testing Spain, ofrece el servicio más completo para mantenerse informado sobre la evolución de este y otros desarrollos normativos ambientales, garantizando el cumplimiento legal de su organización.

Ley de Deforestación

España avanza hacia la Ley de Deforestación

España avanza hacia la Ley de Deforestación 1200 800 Eurofins EcoGestor

El Consejo de Ministros ha aprobado el pasado 17 de junio de 2025, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), el inicio de la tramitación formal del Anteproyecto de Ley de aplicación del Reglamento (UE) 2023/1115 European Union Deforestation Regulation (EUDR), relativo a la comercialización de productos libres de deforestación. Esta norma permitirá garantizar el cumplimiento del reglamento europeo EUDR, que tiene como objetivo reducir al mínimo la contribución de la Unión Europea a la deforestación y degradación forestal global.

De acuerdo con el calendario fijado por la normativa comunitaria, las nuevas obligaciones serán exigibles a partir del 30 de diciembre de 2025 para medianas y grandes empresas, y desde el 30 de junio de 2026 para operadores que sean micro y pequeñas empresas.

Un marco legal para asegurar productos libres de deforestación

El texto legislativo establece las bases para garantizar que determinadas materias primas —como ganado bovino, cacao, café, palma aceitera, caucho, soja y madera— solo puedan comercializarse si están libres de deforestación, han sido producidas conforme a la legislación del país de origen y cuentan con una declaración de diligencia debida válida.

Con esta norma, España dará cumplimiento al Reglamento EUDR, que sustituye al antiguo Reglamento (UE) n ° 995/2010 sobre la comercialización de la madera (EUTR), ampliando significativamente su alcance y los mecanismos de control

Creación de la Oficina de Lucha contra la Deforestación asociada al Comercio

El Anteproyecto contempla la creación de la Oficina de Lucha contra la Deforestación asociada al Comercio, que actuará como autoridad estatal competente EUDR y coordinará las actuaciones entre la Administración General del Estado y las comunidades autónomas.

Además, se establecerá la Comisión Estatal para la Comercialización de Productos Libres de Deforestación, un órgano consultivo que facilitará la cooperación administrativa, junto a un repositorio estatal de información EUDR, donde se centralizarán los datos sobre operadores, comerciantes y controles.

Se incorporan también previsiones específicas para garantizar la protección de datos, mecanismos de adaptación normativa, y disposiciones transitorias que aseguran la coherencia con el marco anterior (Reglamento EUTR y Reglamento FLEGT), así como modificaciones normativas en la Ley de Montes y la derogación del Real Decreto 1088/2015 de comercialización de la madera.

Control y diligencia debida: responsabilidad empresarial reforzada

Las empresas que introduzcan o comercialicen los productos afectados deberán demostrar la trazabilidad completa de sus materias primas, acreditando su geolocalización, cumplimiento normativo y ausencia de deforestación. Asimismo, tendrán la obligación de ejercer la diligencia debida antes de poner los productos en el mercado y mantener registros documentales durante un mínimo de cinco años.

El texto propuesto establece el régimen sancionador, los procedimientos de control, y los mecanismos de coordinación entre administraciones implicadas —estatales y autonómicas— para asegurar una aplicación eficaz de las nuevas obligaciones comunitarias.

Aplicación paralela del sistema FLEGT

Junto al Reglamento EUDR, el anteproyecto refuerza el sistema de licencias FLEGT (Forest Law Enforcement, Governance and Trade”, en castellano “Aplicación de leyes, gobernanza y comercio forestal”), que continuará operativo para los países con acuerdos voluntarios de asociación con la Unión Europea.

La Oficina de Lucha contra la Deforestación actuará también como autoridad competente FLEGT, encargada de validar las licencias, coordinar los controles en frontera y garantizar la legalidad del comercio de productos de madera.

Una ley clave para la política forestal española y el Pacto Verde Europeo

La norma refuerza los compromisos asumidos en el Pacto Verde Europeo y en la Estrategia Forestal Española, alineando la política forestal nacional con los objetivos de neutralidad climática y conservación de la biodiversidad.

España, segundo país de la UE en superficie forestal, contará así con un sistema integrado de control, sanciones y cooperación interadministrativa para garantizar que el consumo interno no contribuya a la deforestación global.

Mantente al día sobre la nueva Ley de Deforestación

El seguimiento de este anteproyecto y del Reglamento EUDR será esencial para importadores, distribuidores y empresas que comercialicen materias primas o productos derivados.

A través de EcoGestor Legislación, es posible recibir alertas personalizadas sobre nuevas leyes, reglamentos europeos y proyectos legislativos en curso, como la futura Ley de Deforestación. Consulta en EcoGestor Legislación las últimas novedades sobre la Ley de Deforestación y otros proyectos legislativos ambientales.