La Directiva (UE) 2024/825 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de febrero de 2024, ha sido aprobada con un objetivo ambicioso y estratégico: empoderar a las personas consumidoras para la transición ecológica mediante una mejor protección frente a prácticas comerciales desleales y una información más clara y fiable sobre las características ambientales y sociales de bienes y servicios.
Este nuevo marco europeo, en esencia, refuerza la lucha contra el llamado greenwashing —prácticas de marketing en las que empresas dan información ambigua, exagerada o falsa sobre beneficios ambientales para atraer clientela— y amplía las obligaciones de transparencia y veracidad en las comunicaciones comerciales.
¿En qué consiste la Directiva?
La Directiva modifica principalmente dos normas clave del Derecho de la Unión:
- la Directiva 2005/29/CE sobre prácticas comerciales desleales y
- la Directiva 2011/83/UE sobre derechos de las personas consumidoras.
Su enfoque es doble:
- Protección contra prácticas engañosas que dificultan que la persona consumidora tome decisiones de compra ambientalmente responsables, como:
- Afirmaciones ambientales o sociales engañosas sobre productos (por ejemplo, “eco-friendly” sin respaldo objetivo).
- Información poco clara o difícil de verificar sobre características como reparabilidad, durabilidad o reciclabilidad.
- Comparaciones ambiguas entre productos que pueden inducir a error.
- Mejora de la información precontractual que las empresas deben proporcionar antes de la compra, especialmente en relación con:
- la disponibilidad de opciones de entrega más sostenibles,
- información sobre servicios de reparación y posventa,
- detalles de garantías de durabilidad o las condiciones de actualizaciones de software en bienes digitales.
En conjunto, estas medidas buscan que los consumidores puedan comparar y elegir productos de forma más consciente y sostenible, y que las empresas compitan en base a hechos —no a afirmaciones ambiguas— sobre sostenibilidad.
¿Qué es greenwashing y cómo lo combate esta Directiva?
El greenwashing se refiere a prácticas de marketing en las que una empresa presenta sus productos o servicios como más ecológicos de lo que realmente son o utiliza términos vagos sin soporte verificable. La Directiva actúa aquí en dos frentes:
- Amplía las prácticas consideradas desleales cuando inducen a error sobre beneficios ambientales.
- Exige que las afirmaciones medioambientales estén respaldadas por compromisos claros, objetivos, verificables públicamente y acompañados de planes de ejecución con recursos asignados.
Esto implica que una empresa no podrá simplemente afirmar que un producto es ‘ecológico’ o ‘neutral’ sin proporcionar evidencia verificable y accesible sobre cómo se llega a esa conclusión.
Plazos claves para empresas en la UE
- Plazo de transposición:
Los Estados miembros deberán incorporar el contenido de la Directiva a su legislación nacional antes del 27 de marzo de 2026.
En el caso de España, este proceso ya ha comenzado con la elaboración del Anteproyecto de Ley de Consumo Sostenible, que servirá como instrumento normativo para adaptar el ordenamiento jurídico español a las nuevas exigencias europeas en materia de información ambiental, lucha contra el greenwashing y protección de las personas consumidoras.
- Aplicación efectiva:
Las normas podrán aplicarse a partir del 27 de septiembre de 2026, fecha en la que podrán imponerse sanciones o exclusiones de contratos por incumplimiento de las obligaciones derivadas de la Directiva.
Este calendario es clave para que las empresas se preparen con antelación y adapten sus procesos de comunicación, etiquetado y gestión de información ambiental.
¿Qué obligaciones tendrán las empresas?
Las empresas que operen en el mercado de la UE deberán:
- Garantizar que toda declaración medioambiental o social sea clara, verificable y fiable.
- Evitar afirmaciones ambiguas o sin sustento que puedan inducir a error a las personas consumidoras (greenwashing).
- Proporcionar información detallada y accesible sobre características relevantes del producto o servicio —incluyendo aspectos de circularidad y sostenibilidad— antes de la compra.
- Facilitar comparaciones objetivas entre productos cuando se incluyan datos ambientales.
- Incluir información sobre reparación, durabilidad, disponibilidad de piezas y servicios posventa, cuando corresponda.
Asimismo, los comerciantes pueden estar obligados a verificar ciertas afirmaciones mediante terceros expertos independientes, especialmente cuando se haga referencia a objetivos o metas de sostenibilidad específicas.
Conclusión
La Directiva (UE) 2024/825 representa un paso importante de la Unión Europea para combatir el greenwashing y fortalecer los derechos de las personas consumidoras en su transición hacia patrones de consumo más sostenibles.
Para las empresas, implica un aumento de obligaciones en materia de transparencia, verificación y presentación de información ambiental y social, con un impacto directo en estrategias de comunicación, marketing y cumplimiento normativo.
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