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Declaración Anual Envases

Ampliado el plazo para presentar la Declaración Anual de Envases en 2025

Ampliado el plazo para presentar la Declaración Anual de Envases en 2025 1200 800 Eurofins EcoGestor

El Ministerio para la Transición Ecológica ha anunciado una ampliación del plazo para la presentación de la Declaración Anual de Envases puestos en el mercado durante el año 2024 del 1 de enero hasta el 18 de abril de 2025. En específico, el objetivo es facilitar la adaptación de las empresas a las nuevas regulaciones y promover una gestión más eficiente de los envases.

  • Para estos envases los datos se reportarán para el SRAP “No constituido”, y se reportará a “0” el dato para alguna categoría de envases asociados a un nuevo SRAP.
  • En caso de que una empresa desee eliminar de su perfil del Registro de Productores de Producto el SRAP “No constituido” deberá en primer lugar reportar los datos del año 2024, posteriormente darse de baja y por último proceder a darse de alta nuevamente en el registro de productores de producto (sección envases). En este caso se indica que el sistema le asignará un nuevo número de Registro y que este será el que deba figurar en las facturas y documentos que acompañen a las transacciones comerciales de productos envasados). En caso de no desear cambiar su número de registro, la empresa puede optar por mantener el SRAP “No constituido” e indicar “0” en futuras declaraciones para este SRAP.

Esta medida, que responde a las necesidades de la industria, ofrece a los productores de producto un período adicional para cumplir con las obligaciones establecidas en el nuevo marco normativo.

La declaración anual de envases, constituye un aspecto fundamental en la gestión adecuada de los residuos y en la promoción de prácticas empresariales responsables. Esta declaración proporciona información detallada sobre los envases introducidos en el mercado a través del Sistema Integrado de Gestión (SIG) durante un período determinado.

Más tiempo para facilitar la presentación de la Declaración Anual

Inicialmente, el plazo para la presentación de esta declaración estaba fijado para el 31 de marzo, lo que generaba preocupación entre algunos productores que necesitaban más tiempo para recopilar y procesar los datos necesarios. Así, el Ministerio ha decidido extender el plazo hasta el 18 de abril, brindando así a las empresas la oportunidad de cumplir con sus obligaciones de manera adecuada y sin presiones innecesarias.

La importancia de esta extensión radica en su capacidad para asegurar que todas las empresas, independientemente de su tamaño o recursos, tengan la oportunidad de presentar una declaración completa y precisa. Además, esta medida contribuye a garantizar que las empresas cumplan con los requisitos legales y participen activamente en la gestión sostenible de los envases.

En concreto, la Declaración de Envases no solo implica la presentación de información sobre la cantidad y tipo de envases introducidos en el mercado, sino que también juega un papel crucial en el cálculo de la contribución económica que las empresas deben realizar al SIG por los envases gestionados. Esta contribución económica es fundamental para financiar las actividades de recogida, reciclaje y gestión de residuos relacionadas con los envases.

Además de beneficiar a las empresas al proporcionarles más tiempo para cumplir con sus obligaciones, la extensión del plazo también contribuye a fortalecer los esfuerzos del gobierno en la promoción de una economía circular. Al facilitar la gestión adecuada de los envases y promover prácticas empresariales más sostenibles, se avanza hacia un modelo económico más respetuoso con el medio ambiente y socialmente responsable.

Declaración Anual de Envases

De conformidad con el Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases, los productores de producto deben informar anualmente sobre los envases puesto en el mercado nacional.

Existen dos procedimientos en la sede electrónica del Ministerio para reportar la información anual sobre los envases puestos en el mercado nacional. Uno de los procedimientos es para la declaración normal y el otro para la declaración simplificada. Los procedimientos se llaman:

  • Declaración Normal. Información anual sobre los envases puestos en el mercado nacional.
  • Declaración Simplificada. Información anual sobre los envases puestos en el mercado nacional. El artículo 16 del Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, establece la realización de declaración simplificada para productores de producto que introduzcan en el mercado menos de 15 toneladas de envases al año, las plataformas de comercio electrónico en el caso previsto en el último párrafo de la definición del artículo 2.t), y el primer distribuidor o comerciante del producto envasado con sede en España para los casos previstos en el tercer párrafo del artículo 17.2.

Este es el enlace para acceder a la de sede electrónica:, una vez en la sede electrónica, se busca el procedimiento correspondiente y se presenta la solicitud.

Para que un productor pueda reportar la información anual sobre los envases necesita estar inscrito en el registro de productores de producto. Esto debe hacerlo a través del procedimiento de sede electrónica para el Real Decreto de envases. El procedimiento para inscribirse en el registro se llama: Inscripción en el registro de productores de producto.

Siempre actualizado sobre tus obligaciones con EcoGestor Legislación

Desde Eurofins EcoGestor seguiremos de cerca todas las actualizaciones que se produzcan sobre la Declaración Anual de Envases. Por tanto, recuerde que para estar siempre informado de las obligaciones legales de aplicación en el área de medio ambiente disponemos del servicio EcoGestor Legislación. Se trata de una herramienta online apoyada por un equipo de consultores especializado en medio ambiente para la información y actualización de normativa. Solicita sin compromiso una DEMO GRATUITA.

Reglamento Omnibus

Reglamento Omnibus: Europa impulsa la simplificación normativa para las empresas

Reglamento Omnibus: Europa impulsa la simplificación normativa para las empresas 1200 800 Eurofins EcoGestor

El 26 de febrero de 2025, la Comisión publicó el nuevo paquete de propuestas destinadas a racionalizar los requisitos de información sobre sostenibilidad y que estarán sujetas a su aprobación legislativa. Pero, ¿qué implican realmente estas nuevas medidas y cómo afectarán a las empresas españolas? Te invitamos a descubrirlo a continuación.

¿En qué consiste el Reglamento Omnibus?

El primer paquete (Ómnibus I), con el que la Comisión Europea busca una “simplificación de gran alcance”, incluye propuestas de Directiva relativas a información corporativa en materia de sostenibilidad (CSRD) y diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad (CS3D), además de un proyecto de Acto Delegado sobre Taxonomía y de un anexo para la simplificación del Reglamento Mecanismo en Ajuste de Frontera de Carbono (CBAM).

  • En lo relativo a la reducción de las obligaciones de reporte CSRD, la propuesta tiene el objetivo de eliminar la obligatoriedad de presentar informes de sostenibilidad para el 80% de las empresas. Quedarían obligadas a las grandes empresas de hasta 1.000 empleados y 50 millones de cifra de negocios.
  • También se posponen dos años los requisitos de presentación de informes para las empresas que actualmente se encuentran en el ámbito de aplicación de la directiva CSRD y se eliminan los estándares sectoriales, pasando a usarse estándares proporcionados y voluntarios.
  • En materia de diligencia debida (CS3D), la propuesta incluye medidas como limitar el alcance de las obligaciones al nivel 1 (socios comerciales directos); propone la obligación de supervisión de diligencia debida cada 5 años, en lugar de cada 12 meses; la reducción de cargas y los efectos de goteo para las PYMES, limitando la cantidad de información que puede solicitarse como parte de la cadena de valor; expande la cláusula de armonización total a más ámbitos; reduce las multas y elimina el régimen de responsabilidad civil de ámbito europeo, que pasa a ser a nivel de los Estados Miembros y manteniendo las previsiones de acceso a la justicia. Asimismo, aplaza un año la transposición de la Directiva.
  • Respecto a la Taxonomía, propone limitar las obligaciones de reporte a las grandes empresas en el ámbito de CS3D; introduce un umbral de materialidad financiera para los informes; reduce los modelos de formularios de informes en aproximadamente un 70% y propone simplificaciones en los criterios más complejos del principio “no causar daños significativos”.
  • Por último, en lo relativo al CBAM, entre otras medidas, propone simplificar las normas para las empresas que permanezcan en su ámbito de aplicación y limitar las obligaciones para el 90% de los importadores (en su mayoría PYMES), lo que supondrá grandes ahorros aun cubriendo el 99% de las emisiones.

Simplificación normativa en sostenibilidad y empresa

Uno de los puntos clave aprobados recientemente es el paquete simplificador orientado hacia la sostenibilidad. Este busca facilitar que las empresas puedan cumplir con sus obligaciones medioambientales sin incurrir en procesos excesivamente complejos, agilizando así la transición hacia una economía más sostenible y eficiente. El Pacto Mundial ya ha expresado su respaldo a este paquete, destacando que ayudará a las empresas a centrarse en acciones prácticas para lograr sus objetivos de sostenibilidad.

Asimismo, la CEOE ha destacado que estos paquetes Ómnibus suponen un avance crucial hacia la reducción de obstáculos administrativos que habitualmente afectan a las empresas españolas, especialmente a las pequeñas y medianas.

Apoyo desde Eurofins Environment Testing Spain

Eurofins Environment Testing Spain ofrece asesoramiento especializado para que las empresas puedan adaptarse eficazmente a estos cambios regulatorios. Desde análisis medioambientales hasta consultoría normativa, nuestros servicios están orientados a facilitar el cumplimiento de estas nuevas medidas, especialmente en temas de sostenibilidad y gestión ambiental.

Conclusión: una oportunidad para crecer

El Reglamento Omnibus supone una excelente noticia para el tejido empresarial español, ya que permite que las empresas se enfoquen en la innovación y sostenibilidad, disminuyendo la carga regulatoria y facilitando una gestión más eficiente.

Eurofins EcoGestor continuará atento a la evolución del Reglamento Omnibus, ofreciendo apoyo especializado para acompañar a las empresas en esta importante transición normativa.

 

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PCBs o bifenilos policlorados

Plazos para retirar los equipos en uso contaminados con PCBs

Plazos para retirar los equipos en uso contaminados con PCBs 1200 800 Eurofins EcoGestor

Ya conocemos los plazos para retirar los equipos en uso contaminados con PCBs. Transformadores, condensadores u otros receptáculos con material líquido con más de 0,005 % de PCB y volumen superior a 0,05 dm3 deberán eliminarse tan pronto como sea posible. La fecha límite es el 31 de diciembre de 2025.

Los equipos que contengan policlorobifenilos (PCB) deberán inventariarse, etiquetarse, retirarse y almacenarse correctamente antes de 2025. Luego deberán eliminarse de manera ecológicamente racional y notificarlos antes de julio de 2023.

Los PCBs o bifenilos policlorados, son compuestos con alta estabilidad térmica y buena resistencia a la inflamabilidad, por lo cual su uso se fue ampliamente extendiendo a mediados del siglo XX, para posteriormente, al descubrirse sus graves efectos sobre la salud, como su poder cancerígeno y otros efectos tóxicos, fueron prohibidos a partir del año 1986. Sin embargo, todavía se encuentran en determinados equipos y materiales construidos con anterioridad a su prohibición, especialmente en el sector de la energía eléctrica.

Regulación europea y estatal de los PCBs

La regulación de la eliminación de los aparatos que contienen estos compuestos está determinada por la Directiva 96/59/CE del Consejo y Reglamento (UE) 2019/1021. Dicha Directiva se transpuso mediante el RD 1378/1999, modificado por el RD 228/2006 y el Reglamento se incorporan mediante una modificación por el RD 1055/2022. Esta normativa establece diversas obligaciones para los poseedores de PBCs, siendo las más relevantes:

1. Declarar la posesión y la descontaminación/eliminación de aparatos con PCB, adjuntando la documentación justificativa de los datos declarados.

2. Informar de las previsiones de destrucción o descontaminación.

3. Etiquetar convenientemente los aparatos y los locales donde se encuentran situados.

4. Descontaminar o eliminar en las fechas indicadas, hasta ahora, el 1 de enero de 2011.

Novedades en España sobre los PCBs: 2023 y 2025

El pasado diciembre de 2022, la disposición final primera del Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases, introduce importantes modificaciones en el Real Decreto 1378/1999, de 27 de agosto, por el que se establecen medidas para la eliminación y gestión de los policlorobifenilos, policloroterfenilos y aparatos que los contengan, destacando los siguientes cambios:

  • Antes del 31/12/2025 se deberán retirar los equipos que contengan más de 0,005 % de PCB y un volumen superior a 0,05 dm3
  • Antes del 01/07/2023 se deberán identificar y declarar a las comunidades autónomas los aparatos que contengan más de 0,005 % de PCB y un volumen entre 0,05 dm³ y 1 dm³ de PCB.
  • Los transformadores cuyos fluidos contengan una concentración entre 50 y 500 ppm, en peso de PCB deberán ser retirados del uso tan pronto como sea posible, y antes del 31/12/2025, y posteriormente serán eliminados o descontaminados como residuos peligrosos en un plazo máximo de 6 meses.

Plazo para retirar equipos contaminados con PCBs: 31/12/2025

El Anexo I del Reglamento (UE) 2019/1021 establece que los Estados miembros identificarán y retirarán del uso los equipos (por ejemplo, transformadores, condensadores u otros receptáculos que contengan material líquido) que contengan más de 0,005 % de PCB y un volumen superior a 0,05 dm3, tan pronto como sea posible, y a más tardar el 31 de diciembre de 2025.

Ahora el Real Decreto 1055/2022 modifica la normativa de PCBs en la misma línea: «los equipos (por ejemplo, transformadores, condensadores u otros receptáculos que contengan material líquido) que contengan más de 0,005 % de PCB y un volumen superior a 0,05 dm3, deben retirarse del uso tan pronto como sea posible, y antes del 31 de diciembre de 2025» Añadiendo que: posteriormente se eliminarán o descontaminados como residuos peligrosos en un plazo máximo de 6 meses.

Declaración anual de aparatos sujetos a inventario de PCB/PCT

Los poseedores de PCB deben identificar y declarar a las comunidades autónomas los aparatos que contengan más de 0,005 % de PCB y un volumen entre 0,05 dm³ y 1 dm³ de PCB que posean tan pronto como sea posible, y antes del 1 de julio de 2023.

Asimismo, deben declarar anualmente, en el plazo de dos meses a partir del 1 de enero de cada año, los aparatos de este tipo que hayan sido descontaminados o eliminados, aportando la documentación acreditativa correspondiente.

Transformadores con PCBs

Los transformadores cuyos fluidos contengan una concentración entre 50 y 500 ppm, en peso de PCB deberán retirarse del uso tan pronto como sea posible, y antes del 31 de diciembre de 2025, y posteriormente se eliminarán o descontaminarán como residuos peligrosos en un plazo máximo de 6 meses.

Desde Eurofins EcoGestor seguiremos de cerca todas las actualizaciones que haya sobre los plazos de retirada de equipos que contengan PCBs.

Recuerde que para estar siempre informado de las obligaciones legales de aplicación en el área de medio ambiente para una organización disponemos del servicio EcoGestor Legislación, una herramienta online apoyada por un equipo de consultores especializado en medio ambiente para la información y actualización de normativa. Solicita sin compromiso una DEMO GRATUITA.

Archivo cronológico EcoGestor Residuos

¿Qué es el archivo cronológico?

¿Qué es el archivo cronológico? 1200 800 Eurofins EcoGestor

Para facilitar las funciones de vigilancia e inspección de residuos, la Ley 7/2022 establece, para las entidades o empresas registradas y los productores iniciales que generen más de 10 toneladas de residuos no peligrosos al año, la obligación de llevar un archivo cronológico en el que anotarán la información relativa a las operaciones de producción y gestión de residuos facilitando la trazabilidad de los residuos desde su producción hasta su tratamiento final.

En el archivo electrónico se recogen, por orden cronológico, la cantidad, naturaleza y origen del residuo generado y la cantidad de productos, materiales o sustancias, y residuos resultantes de la preparación para la reutilización, del reciclado, de otras operaciones de valorización y de operaciones de eliminación; y cuando proceda, se inscribirá también el destino, la frecuencia de recogida, el medio de transporte y el método de tratamiento previsto del residuo resultante, así como el destino de productos, materiales y sustancias. Las inscripciones del archivo cronológico se realizarán, cuando sea de aplicación, por cada una de las operaciones de tratamiento autorizadas de conformidad con los anexos II y III.

Herramienta Clave para la Gestión Sostenible

En el marco de los avances hacia prácticas más sostenibles y transparentes, surge la importancia del «Archivo Cronológico de Residuos». Esta herramienta, establecida por la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados, se presenta como un elemento crucial para transformar la gestión de residuos.

Desde su implementación, el Archivo Cronológico de Residuos ha revolucionado la forma en que los productores, gestores y negociantes abordan la gestión de residuos. Esta herramienta, diseñada para registrar de manera detallada cada etapa del ciclo de vida de los residuos, no solo cumple con las regulaciones legales, sino que también se convierte en un aliado estratégico para impulsar la sostenibilidad ambiental.

El archivo no es simplemente una formalidad, sino una respuesta innovadora a la creciente preocupación por la gestión eficiente de los residuos en un mundo que busca transitar hacia la economía circular. ¿Qué es exactamente este archivo y por qué es tan relevante?

Trazabilidad de Residuos Detallada

El Archivo Cronológico de Residuos actúa como un historial detallado de cada residuo producido, desde su generación hasta su tratamiento final. La cantidad, naturaleza, origen, destino, método de tratamiento, transporte y frecuencia de recogida son solo algunas de las variables cruciales que este archivo rastrea minuciosamente.

  1. Registro Pormenorizado de Datos: El archivo no se limita a ser una simple compilación de información; es un archivo dinámico que registra con meticulosidad la cantidad, naturaleza, origen de cada residuo generado y fecha de inicio del almacenamiento. Este nivel de detalle proporciona una visión completa y transparente de la gestión de residuos, permitiendo a las partes interesadas comprender los flujos y patrones de generación.
  2. Seguimiento Integral del Proceso: Desde la generación inicial hasta el tratamiento final, el archivo cronológico sigue el viaje de cada residuo. Registra datos esenciales, como el destino, el método de tratamiento, el medio de transporte y la frecuencia de recogida. Este seguimiento integral del proceso facilita la identificación de áreas de mejora, optimización de rutas de transporte y evaluación de la eficacia de los métodos de tratamiento. Puede utilizarse para mejorar en el principio de proximidad.
  3. Contribución a la Economía Circular: La trazabilidad detallada propiciada por el archivo cronológico es fundamental para avanzar hacia una economía circular. Permite identificar oportunidades para la preparación para la reutilización y el reciclado, fomentando la reducción de residuos y promoviendo prácticas más sostenibles en consonancia con los principios de la economía circular.
  4. Toma de Decisiones Basada en Datos: La información detallada contenida en el archivo no solo cumple con los requisitos normativos, sino que también sirve como una fuente valiosa para la toma de decisiones informadas. Los gestores y productores pueden utilizar estos datos para optimizar procesos, reducir costos, y contribuir de manera más efectiva a los objetivos ambientales y de sostenibilidad.

En resumen, la trazabilidad detallada habilitada por el Archivo Cronológico de Residuos no solo es un requisito legal, sino un catalizador fundamental para una gestión de residuos más eficiente, sostenible y transparente. Su implementación no solo transforma la forma en que abordamos los residuos, sino que también sienta las bases para un futuro más prometedor en la gestión ambiental.

Cumplimiento Normativo 

La ley exige a los productores, gestores y negociantes mantener este archivo digital  con la Ley 7/2022. Esta legislación no solo establece obligaciones, sino que también refuerza el compromiso con prácticas ambientales responsables. La implementación y actualización constante del archivo son esenciales para cumplir con las normativas y contribuir al cambio hacia una gestión de residuos más sostenible. 

Herramienta Electrónica e Innovadora

El archivo no es un mero documento en papel; se presenta como una herramienta electrónica, reflejando la creciente dependencia de la tecnología para mejorar la eficiencia y transparencia en todas las áreas, incluso en la gestión de residuos. La Ley no especifica un formato específico, permitiendo flexibilidad para adaptarse a la evolución tecnológica. En este post explicamos cómo llevar el archivo cronológico “on line” para cada NIMA.

Cinco Años de Historial

La obligación de conservar un historial del archivo cronológico de residuos durante un período de al menos cinco años está respaldada por razones legales, ambientales y operativas. Este período extenso de retención de datos se ha establecido para cumplir con diversos objetivos fundamentales:

  1. Cumplimiento legal, Inspecciones y Auditorías: Las autoridades ambientales pueden llevar a cabo inspecciones y auditorías para asegurarse de que las empresas cumplen con las regulaciones ambientales. Mantener un historial de cinco años facilita la disponibilidad inmediata de información detallada durante tales revisiones.
  2. Análisis de Tendencias y Estadísticas, Evaluación a Largo Plazo: Un historial de cinco años permite a las organizaciones analizar tendencias y patrones a lo largo del tiempo. Esta información es esencial para evaluar el impacto de las prácticas de gestión de residuos, identificar áreas de mejora y ajustar estrategias operativas.
  3. Resolución de Disputas y Responsabilidad Legal, Respaldo en Disputas Jurídicas: En casos de disputas legales o reclamaciones, tener un historial a largo plazo sirve como respaldo documental. Puede ser crucial para demostrar la conformidad con las regulaciones y la adopción de prácticas responsables.
  4. Vigilancia del Ciclo de Vida de los Residuos, Seguimiento de Cambios: El mantenimiento de registros a largo plazo facilita el seguimiento del ciclo de vida completo de los residuos, desde su generación hasta su tratamiento final. Esto es esencial para evaluar la eficacia de las estrategias de gestión y garantizar que se estén cumpliendo los objetivos ambientales.
  5. Garantía de Transparencia y Rendición de Cuentas, Exigencia de Transparencia: La retención de registros durante cinco años respalda la transparencia en la gestión de residuos. Las organizaciones pueden demostrar cómo han gestionado sus residuos a lo largo del tiempo, brindando a las partes interesadas y a la comunidad una visión clara de sus prácticas ambientales.
  6. Requisitos de Auditoría y Certificaciones, Normas y Certificaciones: Muchas normas y certificaciones ambientales exigen el mantenimiento de registros históricos para demostrar el cumplimiento continuo. Tener un historial de cinco años contribuye significativamente a cumplir con estos requisitos.
  7. Preparación para Contingencias, Respuesta a Incidentes: En caso de incidentes ambientales, como derrames o contaminaciones, contar con un historial extenso ayuda a comprender las circunstancias y acciones tomadas en el pasado. Esto es esencial para mejorar las medidas de prevención y respuesta.
  8. Condiciones Ambientales Cambiantes, Adaptación a Cambios: Los requisitos ambientales y las condiciones del mercado pueden cambiar con el tiempo. Mantener un historial largo brinda a las organizaciones la flexibilidad de adaptarse a nuevas regulaciones y evoluciones en las mejores prácticas de gestión de residuos.

En resumen, el mantenimiento de un historial del archivo cronológico de residuos durante cinco años no solo cumple con requisitos legales, sino que también se traduce en beneficios significativos para la gestión ambiental, la responsabilidad corporativa y la toma de decisiones estratégicas a largo plazo.

El Archivo Cronológico de Residuos no es solo un requisito legal, sino una herramienta dinámica que impulsa la gestión de residuos hacia la sostenibilidad y la responsabilidad ambiental. La tecnología, la transparencia y el compromiso con la trazabilidad se entrelazan en este archivo, marcando un hito en la evolución de las prácticas ambientales y consolidando su posición como un pilar clave en la gestión moderna de residuos. Este enfoque innovador redefine la manera en que miramos y abordamos la gestión de residuos, allanando el camino hacia un futuro más sostenible y respetuoso con el medio ambiente.

EcoGestor Revoluciona la Gestión de Residuos con Innovador Software Automatizado

En la búsqueda constante de soluciones eficientes para el manejo de residuos, el software especializado EcoGestor Residuos emerge como una herramienta revolucionaria que no solo simplifica, sino que transforma por completo la generación del archivo cronológico de residuos. Este software se posiciona como un aliado indispensable para las empresas comprometidas con el cumplimiento de los requisitos legales en el manejo de residuos.

  • Automatización de Registro: EcoGestor ofrece una automatización sin precedentes en el registro de datos relacionados con la generación, manejo y disposición de residuos a lo largo del tiempo. Esta característica no solo agiliza el proceso, sino que garantiza un seguimiento preciso y detallado de todas las actividades relacionadas con la gestión de residuos.
  • Seguimiento en Tiempo Real: Con la capacidad de rastrear y registrar eventos en tiempo real, EcoGestor simplifica la tarea de crear archivos cronológicos precisos. Este seguimiento en tiempo real proporciona una visión actualizada y en tiempo real de la gestión de residuos, mejorando la toma de decisiones y la capacidad de respuesta a cambios inesperados.
  • Categorización y Clasificación: La herramienta facilita la clasificación adecuada de residuos según los criterios establecidos por la normativa vigente. Esta funcionalidad es crucial para cumplir con los requisitos específicos de la reciente Ley 7/2022 y otras regulaciones, asegurando una gestión de residuos totalmente conforme.
  • Generación Automática de Informes: EcoGestor va más allá al ofrecer la generación automática de informes cronológicos y memorias anuales. Esta característica no solo ahorra tiempo, sino que también reduce significativamente el riesgo de errores humanos en la elaboración de informes fundamentales para el cumplimiento normativo.
  • Integración con Sistemas Externos: La capacidad de integrarse con otros sistemas o bases de datos asegura la eficiencia en la recopilación de datos relevantes, garantizando una mayor precisión y coherencia en la información gestionada por EcoGestor.
  • Recordatorio de Cumplimientos: EcoGestor no solo automatiza procesos, sino que también se preocupa por el cumplimiento continuo de los requisitos normativos. A través de recordatorios automáticos sobre fechas límite para presentar informes o realizar acciones específicas, el software asegura que las obligaciones legales no pasen desapercibidas.
  • Auditorías y Revisiones Simplificadas: Facilitando la realización de auditorías internas o revisiones por parte de organismos reguladores, EcoGestor organiza la información de manera accesible, proporcionando una plataforma transparente y estructurada para evaluar la conformidad normativa.
  • Acceso Remoto: Para las empresas con múltiples ubicaciones o personal que necesita trabajar fuera de la oficina, EcoGestor ofrece acceso remoto a la información. Esta característica mejora la flexibilidad y la eficiencia en la gestión de residuos, incluso en entornos descentralizados.

En resumen, EcoGestor se erige como un pilar fundamental en la gestión moderna de residuos, simplificando procesos, reduciendo errores y proporcionando herramientas eficientes para el cumplimiento normativo. Este software marca un hito en la industria al abordar de manera integral los desafíos asociados con la gestión de residuos, allanando el camino hacia prácticas más sostenibles y conformes con las regulaciones vigentes.

Genera automáticamente tu archivo cronológico con EcoGestor Residuos

EcoGestor es un software de gestión de residuos para productores, gestores, transportistas, agentes y negociantes de residuos, 100% online y conectado con plataformas autonómicas y eSIR. Entre sus múltiples funcionalidades, destaca porque permite hacer el archivo cronológico de forma automática. 

Si necesitas asesoramiento para digitalizar tu archivo cronológico, contáctanos para solicitar una DEMO gratuita y descubre cómo podemos ayudarte.

certificación ENS

Eurofins EcoGestor obtiene la certificación ENS

Eurofins EcoGestor obtiene la certificación ENS 940 788 Eurofins EcoGestor

Eurofins EcoGestor, líder en el desarrollo de software de cumplimiento legal, coordinación de actividades empresariales, gestión de residuos y mantenimiento industrial, estrena certificación en el Esquema Nacional de Seguridad (ENS). Este reconocimiento evidencia la conformidad de su sistema de gestión con el Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el ENS. Además, avala el compromiso de la empresa con la seguridad de la información y la protección de los datos tratados en sus plataformas.

Ante todo, seguridad de los datos de nuestros clientes

En Eurofins EcoGestor, la seguridad de la información es un pilar clave en nuestra actividad. Somos una empresa que combina consultoría tradicional con digitalización de procesos en medio ambiente, prevención de riesgos laborales y reglamentación de instalaciones, siempre con un fuerte compromiso con la ciberseguridad.

Tras casi una década contando con la certificación ISO 27001, ahora damos un paso más y obtenemos la certificación del Esquema Nacional de Seguridad (ENS). Este reconocimiento avala el compromiso de EcoGestor en materia de ciberseguridad, garantizando la protección de la información de un volumen de usuarios muy importante que confían en nuestras soluciones tecnológicas.

¿Por qué es importante la certificación ENS?

El ENS es un marco regulador que garantiza la seguridad en los sistemas de información de la Administración Pública y de las empresas que colaboran con ella. Su certificación implica cumplir con altos estándares de protección, asegurando un entorno digital fiable y alineado con las normativas más exigentes.

Beneficios para nuestros clientes

Más allá de ser un logro para nuestra empresa, esta certificación supone un valor añadido real para quienes confían en nosotros:

  • Máxima seguridad y confianza en la protección de datos.
  • Acceso a nuevas oportunidades, facilitando la colaboración con administraciones y grandes empresas.
  • Ventaja competitiva, destacando nuestra excelencia en seguridad y cumplimiento normativo.
  • Compromiso con la transparencia, asegurando un servicio fiable y regulado.

La seguridad no es un destino, sino un camino de mejora continua. Esta certificación es un paso más en nuestro compromiso por garantizar entornos digitales protegidos, y seguiremos evolucionando para ofrecer siempre lo mejor a nuestros clientes.

Un paso más en seguridad: ENS e ISO 27001

Para lograr esta certificación, ha sido fundamental contar con EcoGestor Legislación, nuestro software especializado en control normativo. Porque lo primero para cumplir con una normativa es conocerla y aplicarla, nuestro equipo de consultores ha trabajado para asegurar que toda la legislación de seguridad esté gestionada y actualizada en un único sistema, facilitando así el cumplimiento legal en entornos certificados como ENS o ISO 27001.

Nuestro compromiso con la seguridad no se detiene aquí. Si tu empresa también está considerando certificarse en ENS o ISO 27001, podemos ayudarte. ¿Ya conoces Eurofins EcoGestor? Solicita una demo y descubre todo nuestro potencial.

CNAE 2025

CNAE 2025: Descubre las Claves de la Nueva Clasificación Nacional de Actividades Económicas

CNAE 2025: Descubre las Claves de la Nueva Clasificación Nacional de Actividades Económicas 1200 800 Eurofins EcoGestor

El Real Decreto 10/2025 aprueba el nuevo CNAE 2025, una actualización fundamental de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas que redefine las categorías para adaptarse a la transformación económica de los últimos años. Este cambio responde a la necesidad de clasificar con mayor precisión sectores emergentes y modernizar los códigos de actividades tradicionales.

¿Qué es el CNAE y por qué es relevante? 

El CNAE es una herramienta indispensable para clasificar las actividades económicas en España, utilizada en estadísticas, políticas públicas y trámites administrativos. Con el nuevo CNAE 2025, se busca reflejar los cambios estructurales de la economía, incorporando sectores relacionados con la economía circular, la innovación tecnológica y la sostenibilidad.

Principales novedades del CNAE 2025 

  1. Sectores emergentes incluidos: El nuevo CNAE introduce códigos específicos para actividades vinculadas a las tecnologías limpias, los servicios digitales avanzados y otros sectores en crecimiento.
  2. Reorganización de actividades tradicionales: Actualización de categorías en sectores como la manufactura, el comercio y la construcción para alinearlas con las realidades actuales.
  3. Mayor detalle en la clasificación: La incorporación de subcategorías ofrece una clasificación más precisa y adaptada.

Impacto del nuevo CNAE en empresas y profesionales

El nuevo CNAE 2025 afecta a todas las empresas y profesionales que realizan trámites administrativos o están sujetos a normativas sectoriales. Revisar y actualizar los códigos asignados a las actividades económicas será clave para garantizar el cumplimiento normativo y facilitar procesos administrativos. 

Herramientas para adaptarte al nuevo CNAE 2025 

Para asegurar una transición fluida al nuevo CNAE, herramientas como EcoGestor Legislación resultan esenciales. Este software permite gestionar el cumplimiento normativo de forma eficiente, actualizando automáticamente los cambios en clasificaciones y garantizando una gestión documental óptima. 

Mantente actualizado con EcoGestor Legislación 

Si quieres estar al día de todas las novedades normativas, incluidos los cambios del CNAE 2025, EcoGestor Legislación es tu mejor aliado. Este servicio te mantiene informado de cualquier modificación relevante, asegurando que tu empresa siempre esté en cumplimiento con la legislación vigente.

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Códigos Electrónicos de Prevención

Actualización en los Códigos Electrónicos de Prevención de Riesgos Laborales 2025

Actualización en los Códigos Electrónicos de Prevención de Riesgos Laborales 2025 1200 800 Eurofins EcoGestor

El pasado 10 de enero de 2025, la Agencia Estatal del Boletín Oficial del Estado publicó la última actualización de los Códigos Electrónicos de Prevención de Riesgos Laborales, una herramienta esencial para consolidar y consultar la normativa vigente en materia de seguridad y salud laboral. Este recurso se ha convertido en un aliado imprescindible para garantizar que las empresas cumplan con sus obligaciones legales, promoviendo entornos de trabajo seguros.

¿Qué incluyen los Códigos Electrónicos de Prevención?

La actualización más reciente incorpora:

  • Normativas actualizadas sobre prevención de riesgos laborales.
  • Cambios relevantes en reglamentos específicos para adaptarse a las nuevas exigencias legales.
  • Un acceso más práctico a leyes, reglamentos técnicos y normativa sectorial relacionada.

¿Qué son los Códigos Electrónicos de Prevención?

Son recopilaciones dinámicas y temáticas que agrupan todas las disposiciones legales vigentes. En el caso de la prevención de riesgos laborales, incluyen:

  • La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.
  • Reglamentos técnicos y sectoriales.
  • Normativa complementaria relevante para diferentes sectores.

¿Por qué son útiles para las empresas?

  • Centralización: Toda la información normativa está reunida en un único documento accesible y actualizado.
  • Facilidad de consulta: Ideal para técnicos de prevención, consultoras y responsables de seguridad laboral.
  • Adaptación normativa: Ayuda a identificar cambios legislativos y cómo implementarlos en la gestión diaria.

Consulta la última versión de los Códigos Electrónicos de Prevención de Riesgos Laborales directamente desde el sitio web del BOE en el siguiente enlace: Códigos electrónicos de prevención de riesgos laborales.

¿Necesitas apoyo adicional?

Aunque los Códigos Electrónicos de Prevención ofrecen un resumen completo de la normativa, en EcoGestor Legislación contamos con consultores especializados que pueden ayudarte a realizar un seguimiento efectivo del cumplimiento normativo en tus centros de trabajo. Nuestro equipo asegura que las empresas implementen correctamente todas las obligaciones legales, simplificando la gestión normativa.

¡Mantente al día y protege tu entorno laboral con herramientas y asesoramiento especializado!

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¿Qué es un aspecto ambiental? Clave para la gestión según la ISO 14001

¿Qué es un aspecto ambiental? Clave para la gestión según la ISO 14001 1200 800 Eurofins EcoGestor

En la gestión ambiental, especialmente bajo los estándares de la ISO 14001, entender qué es un aspecto ambiental es fundamental. Este concepto se refiere a cualquier elemento de las actividades, productos o servicios de una organización que puede interactuar con el medio ambiente, ya sea de forma positiva o negativa. Identificarlos y gestionarlos correctamente es un paso crucial para minimizar impactos y cumplir con las normativas vigentes.

Aspectos ambientales según la ISO 14001: ¿por qué son importantes?

Dentro de un sistema de gestión ambiental, los aspectos ambientales se dividen en dos categorías principales:

  • Directos: Controlados por la organización, como el consumo de recursos, generación de residuos o emisiones de gases.
  • Indirectos: Factores que la organización puede influir, como las prácticas de proveedores o el ciclo de vida de los productos.

La ISO 14001 no solo exige identificar estos aspectos, sino también priorizarlos en función de su impacto ambiental y la probabilidad de que ocurran. Este análisis se convierte en la base para definir objetivos, metas y acciones que promuevan la mejora continua.

Requisitos legales: el pilar para una gestión ambiental eficaz

Un aspecto clave de la gestión ambiental es garantizar el cumplimiento de los requisitos legales aplicables. Esto incluye:

  • Identificar normativas locales, nacionales e internacionales.
  • Mantenerse actualizado con los cambios legislativos.
  • Documentar evidencias del cumplimiento para auditorías y procesos internos.

Cumplir con estas exigencias no solo evita sanciones, sino que refuerza la credibilidad de la organización frente a clientes y partes interesadas.

¿Cómo simplificar la gestión ambiental y el cumplimiento normativo?

Gestionar los aspectos ambientales y las normativas puede ser complicado, especialmente para empresas con operaciones en diferentes ubicaciones. Aquí es donde entra en juego EcoGestor Legislación, un software especializado que facilita:

  • La identificación y actualización continua de los requisitos legales.
  • La gestión documental para auditorías.
  • La integración de todos los aspectos normativos en una plataforma accesible y eficiente.

Disponible en España, Portugal, Perú, Italia y Francia, EcoGestor Legislación se adapta a las necesidades de cada organización, ayudándote a estar siempre un paso adelante en la gestión ambiental.

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guía técnica ascensores

Publicada la nueva guía técnica de aplicación de la ITC AEM 1 de ascensores

Publicada la nueva guía técnica de aplicación de la ITC AEM 1 de ascensores 1200 800 Eurofins EcoGestor

El nuevo reglamento de ascensores, que entró en vigor el pasado 1 de julio de 2024, ha generado muchas dudas entre propietarios, técnicos y usuarios. Ante esta situación, el Ministerio de Industria y Turismo ha publicado un documento aclaratorio: la Guía técnica de aplicación de la ITC AEM 1 sobre ascensores.

Una herramienta clave para resolver todas las dudas en relación a la nueva Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 «Ascensores» y brindar claridad en cuanto a la normativa y procedimientos a seguir para el correcto cumplimiento de la Instrucción Técnica Complementaria AEM 1.

Consultas Guía técnica ITC AEM 1 Ascensores

La guía contesta a consultas referentes a los siguientes artículos:

  • Capítulo II – Puesta en Servicio. Artículo 3 Puesta en servicio de los ascensores
  • Disposición transitoria primera. Ascensores existentes incluidos en el ámbito de aplicación de esta instrucción técnica.
  • Artículo 7. Obligaciones de las empresas conservadoras de ascensores en relación con su actividad
  • Artículo 13. Accidentes e incidentes. Plazos de comunicación.
  • Artículo 7.11. Obligaciones empresa conservadora: Inspección por cambio de conservador
  • Artículo 10. Ejecución de las modificaciones. Apartado 3.2.
  • Capítulo III – Mantenimiento. Artículo 4 Obligaciones del o la titular
  • Capítulo III – Mantenimiento. Artículo 5, apartado 5
  • Capítulo V – Inspecciones – Artículo 11.9.c) Desfavorable con defectos muy graves
  • Disposición adicional séptima. Manual de funcionamiento del ascensor.
  • Artículo 10, Ap. 3.1.

Consulta aquí la Guía técnica de aplicación de la ITC AEM 1 sobre ascensores

Siempre al día sobre la normativa de ascensores con EcoGestor Legislación

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normativa ascensores

RD 355/2024: Novedades y cambios para los titulares de ascensores

RD 355/2024: Novedades y cambios para los titulares de ascensores 1200 800 Eurofins EcoGestor

El 2 de abril se publicó el Real Decreto 355/2024, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1. El mismo entrará en vigor el próximo 1 de julio de 2024. En este artículo repasamos todas las novedades y cambios que incorpora esta instrucción técnica para los titulares de ascensores.

1. Nuevas medidas de seguridad a implementar en ascensores existentes

En todos los ascensores incluidos dentro del ámbito de aplicación de la ITC AEM 1, a excepción de aquellos que dispongan de una declaración de conformidad CE con la Directiva 2006/42/CE, de conformidad UE con el Reglamento (UE) 2023/1230 o de conformidad UE con la Directiva 2014/33/UE, existentes antes del 1 de julio de 2024, se deben implementar las medidas mínimas de seguridad y en los plazos establecidos en el anexo VII de esta ITC.

Para la introducción de estas medidas en los ascensores se debe realizar según lo dispuesto en esta ITC como si se tratan de modificaciones, y lo no ejecución de dichas medidas es considerada como defecto grave en la correspondiente inspección.

Se establece la posibilidad para cuando existan condiciones técnicas objetivas que impidan la implantación de estas medidas de solicitar al órgano competente de la comunidad autónoma su exoneración, aportando la justificación de la imposibilidad y proponer las medidas alternativas de seguridad equivalentes. El órgano competente de la comunidad autónoma decidirá sobre la solicitud, para lo cual será obligatoria la presentación previa de un informe favorable de un organismo de control.

Las medidas mínimas de seguridad a implantar en los ascensores existentes están recogidas en el Anexo VII del Real Decreto 355/2024.

Medidas mínimas de seguridadPlazo
Modificaciones para conseguir una precisión de parada de 5.12.1.1.4, al menos ± 10 mm y una precisión de nivelación de ± 20 mm.6 meses en caso de accidente por falta de nivelación, o cuando se cambie el grupo tractor
Cualquier ascensor dotado de accionamiento eléctrico de una velocidad, en el cual se midan durante su inspección periódica obligatoria valores de precisión de parada o de nivelación diferentes a los de la norma UNE EN 81-20 mencionados en el párrafo anterior, deberá incorporar las modificaciones necesarias para garantizar dichos valores. 1 año
Incorporación de un dispositivo de protección que cubra la apertura desde al menos 25 mm y hasta 1.600 mm sobre la pisadera de cabina- 6 meses en caso de accidente
- 1 año a partir de la primera inspección periódica en la que se detecte su ausencia
Incorporación de dispositivos de seguridadEn el momento en que se cambien simultáneamente su grupo tractor (sea eléctrico o hidráulico) y su maniobra
Incorporación de un dispositivo de comunicación bidireccional que garantice que los/las usuarios/as atrapados puedan pedir auxilio en cualquier momento a un centro de rescate.1 año a partir de la primera inspección periódica en la que se detecte su ausencia
Sustitución de guías - Ascensores instalados con anterioridad al 6 de septiembre de 1952, se sustituirán a partir de la primera inspección periódica en la que se detecte su existencia, antes de 3 años en caso de tener guías de madera o cilíndricas huecas, y 6 años en el resto de los casos.

- Ascensores instalados entre el 6 de septiembre de 1952 y el 1 de abril de 1967, se sustituirán a partir de la primera inspección periódica en la que se detecte su existencia, antes de tres años en caso de tener guías de madera o cilíndricas huecas, y ocho años en el resto de los casos.

- Ascensores instalados desde el 1 de abril de 1967, se sustituirán a partir de la primera inspección periódica en la que se detecte su existencia, antes de 10 años.
Instalación de dispositivo que impida la sobrecarga de la cabina1 año a partir de la primera inspección periódica en la que se detecte su ausencia
Medidas necesarias para que los contrapesos y su sistema de guiado puedan ser inspeccionados en todo el recorrido1. Ascensores instalados con anterioridad al 6 de septiembre de 1952:
- A partir de la primera inspección periódica en la que se detecte su existencia
- Antes de 3 años en caso de tener guías de madera o cilíndricas huecas
- Antes de 6 años en el resto de los casos.

2. Ascensores instalados entre el 6 de septiembre de 1952 y el 1 de abril de 1967:
- A partir de la primera inspección periódica en la que se detecte su existencia
-Antes de 3 años en caso de tener guías de madera o cilíndricas huecas
- Antes de 8 años en el resto de los casos.

3. Ascensores instalados desde el 1 de abril de 1967:
-A partir de la primera inspección periódica en la que se detecte su existencia
- Antes de 10 años.

2. Obligación de registro para los ascensores existentes sin registrar

Los ascensores cuya introducción en el mercado se haya realizado antes del 1 de julio de 2024 y no hayan sido registrados con anterioridad deben hacer efectivo dicho registro como máximo antes del 1 de julio de 2025, de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Transitoria Primera.

3. Nueva Comunicación de la puesta de fuera de servicio y fuera de servicio temporal del ascensor

El titular debe solicitar a la empresa conservadora mediante comunicación fidedigna la puesta fuera de servicio del ascensor cuando tenga conocimiento de que su utilización no reúne las debidas garantías de seguridad.

Además, en caso de dejar fuera de servicio temporal, además de comunicarlo a la empresa conservadora, se debe comunicar al órgano competente autonómico autónoma indicando la identificación del ascensor y un certificado de la empresa conservadora en que conste que ha dejado el aparato fuera de servicio de forma efectiva, y posteriormente comunicar la reanudación del servicio aportando el correspondiente contrato de mantenimiento en vigor o, cuando así lo determine la comunidad autónoma, una declaración responsable.

4. Cambios en la comunicación de Accidentes e Incidentes

  • Se establece el contenido de información a comunicar al órgano competente autonómico en caso de accidente.
  • Se incluye la obligación de comunicación de incidentes en un plazo máximo de 24 horas en caso de anomalía en el funcionamiento, o cualquier deficiencia o abandono en relación con la debida conservación del ascensor.
  • Se regula el procedimiento a seguir por la empresa conservadora en caso de accidente e incidente.

5. Cambios en las Inspecciones de los ascensores

  • Se introduce la obligación de realizar inspección inicial antes de la primera puesta en servicio de un ascensor, por organismo de control habilitado distinto al que ha intervenido en la evaluación de la conformidad, como máximo con tres meses de antelación respecto a la comunicación al órgano competente de la comunidad autónoma de la puesta en servicio.
  • Cambios en la calificación de las inspecciones y plazos de subsanación de defectos.

– Se establecen las siguientes calificaciones: Favorable sin defectos, favorable con defectos leves, favorable con defectos leves reiterados, Desfavorable con defectos graves y Desfavorable con defectos muy graves. En función de su calificación el organismo de control debe colocar una etiqueta con los contenidos mínimos y color según el modelo establecido en el anexo IX.
– Todos los defectos leves deben subsanarse como máximo antes de 6 meses desde la fecha de su detección.
– Los defectos graves deben subsanarse en el plazo que estime en función de la importancia del defecto y en ningún caso superior a 6 meses a partir de la fecha de la visita de inspección.

  • Se establece que antes de iniciar la inspección se debe facilitar al organismo de control la documentación como el certificado de la última inspección, así como de la documentación técnica del ascensor que obre en poder.
  • Se obliga a contratar con una empresa conservadora habilitada la subsanación de los defectos indicados en el certificado que emita tras la inspección del ascensor el organismo de control en los plazos establecidos por dicha entidad.

En la instrucción técnica las inspecciones se clasifican en iniciales, periódicas u otras inspecciones (entre las que se incluyen las inspecciones tras un accidente).

Las inspecciones periódicas se realizarán, como mínimo, en los siguientes plazos:

LUGAR EN EL QUE SE ENCUENTRA EL ASCENSORINSPECCIÓN PERIÓDICA
Edificios de uso industrial o en lugares de pública concurrencia*2 años
Edificios de más de 20 viviendas, o con más de 4 plantas servidas4 años
No incluidos en los casos anteriores6 años

6. Cambios en el mantenimiento de los ascensores

  • Se modifican los plazos del mantenimiento, en concreto se elimina el mantenimiento cada 6 semanas para los ascensores instalados en edificios comunitarios de uso residencial de hasta seis paradas y ascensores instalados en edificios de uso público de hasta cuatro paradas, que tengan una antigüedad inferior a 20 años.

A partir del 1 de julio de 2024, los plazos para realizar las revisiones presenciales de mantenimiento preventivo, debe ser al menos:

-Ascensores en viviendas unifamiliares y ascensores puestos en servicio mediante declaración CE de conformidad según el Real Decreto 1644/2008 o mediante declaración UE de conformidad según el Reglamento (UE) 2023/1230 instalados en edificios de viviendas de hasta 3 paradas y que no puedan dar servicio a más de 20 viviendas en total: cada 4 meses.

-Para el resto de los ascensores se debe realizar mensualmente, no pudiendo transcurrir menos de 20 días ni más de 45 días entre cada revisión presencial de mantenimiento.

  • Se establece la obligación de conservar los boletines de mantenimiento ordinario según modelo del Anexo V entregado por la empresa conservadora, como máximo antes de los 10 días tras cada actuación, hasta la primera inspección periódica con resultado favorable y, sucesivamente, entre dos inspecciones periódicas con resultado favorable, debiendo, además, mantener el registro de los 12 meses anteriores a la última inspección.

7. Nueva obligación de conservar los originales, o en su caso copia, de la documentación del ascensor

La documentación que se debe conservar es la siguiente:

  • Registro de puesta en servicio emitido por el órgano competente en materia de la comunidad autónoma.
  • En su caso, declaración de conformidad CE o UE del aparato de elevación.
  • Ficha técnica de la instalación según Anexo XI
  • Manual de funcionamiento según Anexo VIII
  • Registro de mantenimiento del ascenso según modelo del Anexo V
  • Contrato de mantenimiento con empresa conservadora habilitada.
  • Los certificados de inspección periódica con los datos establecidos en el modelo incluido dentro de las normas UNE 192008-1y 192008-2.

8. Nueva obligación de comunicación de información y documentación a la empresa conservadora en caso de cambio de empresa

El titular debe facilitar:

  • A la nueva empresa conservadora, una copia de la documentación especificada en el anterior apartado
  • A la anterior empresa conservadora, con antelación al cambio, la fecha desde la que se hará cargo del ascensor, que coincidirá con la que figure en el contrato de mantenimiento. Esta comunicación, se debe archivar en el registro de mantenimiento del ascensor.

Si desea leer el contenido de la Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 «Ascensores», tiene más información en este enlace. 

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