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¿Qué es un aspecto ambiental? Clave para la gestión según la ISO 14001

¿Qué es un aspecto ambiental? Clave para la gestión según la ISO 14001 1200 800 Eurofins EcoGestor

En la gestión ambiental, especialmente bajo los estándares de la ISO 14001, entender qué es un aspecto ambiental es fundamental. Este concepto se refiere a cualquier elemento de las actividades, productos o servicios de una organización que puede interactuar con el medio ambiente, ya sea de forma positiva o negativa. Identificarlos y gestionarlos correctamente es un paso crucial para minimizar impactos y cumplir con las normativas vigentes.

Aspectos ambientales según la ISO 14001: ¿por qué son importantes?

Dentro de un sistema de gestión ambiental, los aspectos ambientales se dividen en dos categorías principales:

  • Directos: Controlados por la organización, como el consumo de recursos, generación de residuos o emisiones de gases.
  • Indirectos: Factores que la organización puede influir, como las prácticas de proveedores o el ciclo de vida de los productos.

La ISO 14001 no solo exige identificar estos aspectos, sino también priorizarlos en función de su impacto ambiental y la probabilidad de que ocurran. Este análisis se convierte en la base para definir objetivos, metas y acciones que promuevan la mejora continua.

Requisitos legales: el pilar para una gestión ambiental eficaz

Un aspecto clave de la gestión ambiental es garantizar el cumplimiento de los requisitos legales aplicables. Esto incluye:

  • Identificar normativas locales, nacionales e internacionales.
  • Mantenerse actualizado con los cambios legislativos.
  • Documentar evidencias del cumplimiento para auditorías y procesos internos.

Cumplir con estas exigencias no solo evita sanciones, sino que refuerza la credibilidad de la organización frente a clientes y partes interesadas.

¿Cómo simplificar la gestión ambiental y el cumplimiento normativo?

Gestionar los aspectos ambientales y las normativas puede ser complicado, especialmente para empresas con operaciones en diferentes ubicaciones. Aquí es donde entra en juego EcoGestor Legislación, un software especializado que facilita:

  • La identificación y actualización continua de los requisitos legales.
  • La gestión documental para auditorías.
  • La integración de todos los aspectos normativos en una plataforma accesible y eficiente.

Disponible en España, Portugal, Perú, Italia y Francia, EcoGestor Legislación se adapta a las necesidades de cada organización, ayudándote a estar siempre un paso adelante en la gestión ambiental.

¿Quieres una herramienta que transforme la forma en que gestionas tus aspectos ambientales y normativos? EcoGestor Legislación es tu mejor aliado.

Descubre el poder de una gestión ambiental inteligente

Gestionar los aspectos ambientales no tiene por qué ser complicado. Con herramientas digitales como EcoGestor Legislación, podrás garantizar el cumplimiento normativo mientras te enfocas en lo que realmente importa: reducir tu impacto ambiental y avanzar hacia un modelo más sostenible.

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guía técnica ascensores

Publicada la nueva guía técnica de aplicación de la ITC AEM 1 de ascensores

Publicada la nueva guía técnica de aplicación de la ITC AEM 1 de ascensores 1200 800 Eurofins EcoGestor

El nuevo reglamento de ascensores, que entró en vigor el pasado 1 de julio de 2024, ha generado muchas dudas entre propietarios, técnicos y usuarios. Ante esta situación, el Ministerio de Industria y Turismo ha publicado un documento aclaratorio: la Guía técnica de aplicación de la ITC AEM 1 sobre ascensores.

Una herramienta clave para resolver todas las dudas en relación a la nueva Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 «Ascensores» y brindar claridad en cuanto a la normativa y procedimientos a seguir para el correcto cumplimiento de la Instrucción Técnica Complementaria AEM 1.

Consultas Guía técnica ITC AEM 1 Ascensores

La guía contesta a consultas referentes a los siguientes artículos:

  • Capítulo II – Puesta en Servicio. Artículo 3 Puesta en servicio de los ascensores
  • Disposición transitoria primera. Ascensores existentes incluidos en el ámbito de aplicación de esta instrucción técnica.
  • Artículo 7. Obligaciones de las empresas conservadoras de ascensores en relación con su actividad
  • Artículo 13. Accidentes e incidentes. Plazos de comunicación.
  • Artículo 7.11. Obligaciones empresa conservadora: Inspección por cambio de conservador
  • Artículo 10. Ejecución de las modificaciones. Apartado 3.2.
  • Capítulo III – Mantenimiento. Artículo 4 Obligaciones del o la titular
  • Capítulo III – Mantenimiento. Artículo 5, apartado 5
  • Capítulo V – Inspecciones – Artículo 11.9.c) Desfavorable con defectos muy graves
  • Disposición adicional séptima. Manual de funcionamiento del ascensor.
  • Artículo 10, Ap. 3.1.

Consulta aquí la Guía técnica de aplicación de la ITC AEM 1 sobre ascensores

Siempre al día sobre la normativa de ascensores con EcoGestor Legislación

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normativa ascensores

RD 355/2024: Novedades y cambios para los titulares de ascensores

RD 355/2024: Novedades y cambios para los titulares de ascensores 1200 800 Eurofins EcoGestor

El 2 de abril se publicó el Real Decreto 355/2024, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1. El mismo entrará en vigor el próximo 1 de julio de 2024. En este artículo repasamos todas las novedades y cambios que incorpora esta instrucción técnica para los titulares de ascensores.

1. Nuevas medidas de seguridad a implementar en ascensores existentes

En todos los ascensores incluidos dentro del ámbito de aplicación de la ITC AEM 1, a excepción de aquellos que dispongan de una declaración de conformidad CE con la Directiva 2006/42/CE, de conformidad UE con el Reglamento (UE) 2023/1230 o de conformidad UE con la Directiva 2014/33/UE, existentes antes del 1 de julio de 2024, se deben implementar las medidas mínimas de seguridad y en los plazos establecidos en el anexo VII de esta ITC.

Para la introducción de estas medidas en los ascensores se debe realizar según lo dispuesto en esta ITC como si se tratan de modificaciones, y lo no ejecución de dichas medidas es considerada como defecto grave en la correspondiente inspección.

Se establece la posibilidad para cuando existan condiciones técnicas objetivas que impidan la implantación de estas medidas de solicitar al órgano competente de la comunidad autónoma su exoneración, aportando la justificación de la imposibilidad y proponer las medidas alternativas de seguridad equivalentes. El órgano competente de la comunidad autónoma decidirá sobre la solicitud, para lo cual será obligatoria la presentación previa de un informe favorable de un organismo de control.

Las medidas mínimas de seguridad a implantar en los ascensores existentes están recogidas en el Anexo VII del Real Decreto 355/2024.

Medidas mínimas de seguridadPlazo
Modificaciones para conseguir una precisión de parada de 5.12.1.1.4, al menos ± 10 mm y una precisión de nivelación de ± 20 mm.6 meses en caso de accidente por falta de nivelación, o cuando se cambie el grupo tractor
Cualquier ascensor dotado de accionamiento eléctrico de una velocidad, en el cual se midan durante su inspección periódica obligatoria valores de precisión de parada o de nivelación diferentes a los de la norma UNE EN 81-20 mencionados en el párrafo anterior, deberá incorporar las modificaciones necesarias para garantizar dichos valores. 1 año
Incorporación de un dispositivo de protección que cubra la apertura desde al menos 25 mm y hasta 1.600 mm sobre la pisadera de cabina- 6 meses en caso de accidente
- 1 año a partir de la primera inspección periódica en la que se detecte su ausencia
Incorporación de dispositivos de seguridadEn el momento en que se cambien simultáneamente su grupo tractor (sea eléctrico o hidráulico) y su maniobra
Incorporación de un dispositivo de comunicación bidireccional que garantice que los/las usuarios/as atrapados puedan pedir auxilio en cualquier momento a un centro de rescate.1 año a partir de la primera inspección periódica en la que se detecte su ausencia
Sustitución de guías - Ascensores instalados con anterioridad al 6 de septiembre de 1952, se sustituirán a partir de la primera inspección periódica en la que se detecte su existencia, antes de 3 años en caso de tener guías de madera o cilíndricas huecas, y 6 años en el resto de los casos.

- Ascensores instalados entre el 6 de septiembre de 1952 y el 1 de abril de 1967, se sustituirán a partir de la primera inspección periódica en la que se detecte su existencia, antes de tres años en caso de tener guías de madera o cilíndricas huecas, y ocho años en el resto de los casos.

- Ascensores instalados desde el 1 de abril de 1967, se sustituirán a partir de la primera inspección periódica en la que se detecte su existencia, antes de 10 años.
Instalación de dispositivo que impida la sobrecarga de la cabina1 año a partir de la primera inspección periódica en la que se detecte su ausencia
Medidas necesarias para que los contrapesos y su sistema de guiado puedan ser inspeccionados en todo el recorrido1. Ascensores instalados con anterioridad al 6 de septiembre de 1952:
- A partir de la primera inspección periódica en la que se detecte su existencia
- Antes de 3 años en caso de tener guías de madera o cilíndricas huecas
- Antes de 6 años en el resto de los casos.

2. Ascensores instalados entre el 6 de septiembre de 1952 y el 1 de abril de 1967:
- A partir de la primera inspección periódica en la que se detecte su existencia
-Antes de 3 años en caso de tener guías de madera o cilíndricas huecas
- Antes de 8 años en el resto de los casos.

3. Ascensores instalados desde el 1 de abril de 1967:
-A partir de la primera inspección periódica en la que se detecte su existencia
- Antes de 10 años.

2. Obligación de registro para los ascensores existentes sin registrar

Los ascensores cuya introducción en el mercado se haya realizado antes del 1 de julio de 2024 y no hayan sido registrados con anterioridad deben hacer efectivo dicho registro como máximo antes del 1 de julio de 2025, de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Transitoria Primera.

3. Nueva Comunicación de la puesta de fuera de servicio y fuera de servicio temporal del ascensor

El titular debe solicitar a la empresa conservadora mediante comunicación fidedigna la puesta fuera de servicio del ascensor cuando tenga conocimiento de que su utilización no reúne las debidas garantías de seguridad.

Además, en caso de dejar fuera de servicio temporal, además de comunicarlo a la empresa conservadora, se debe comunicar al órgano competente autonómico autónoma indicando la identificación del ascensor y un certificado de la empresa conservadora en que conste que ha dejado el aparato fuera de servicio de forma efectiva, y posteriormente comunicar la reanudación del servicio aportando el correspondiente contrato de mantenimiento en vigor o, cuando así lo determine la comunidad autónoma, una declaración responsable.

4. Cambios en la comunicación de Accidentes e Incidentes

  • Se establece el contenido de información a comunicar al órgano competente autonómico en caso de accidente.
  • Se incluye la obligación de comunicación de incidentes en un plazo máximo de 24 horas en caso de anomalía en el funcionamiento, o cualquier deficiencia o abandono en relación con la debida conservación del ascensor.
  • Se regula el procedimiento a seguir por la empresa conservadora en caso de accidente e incidente.

5. Cambios en las Inspecciones de los ascensores

  • Se introduce la obligación de realizar inspección inicial antes de la primera puesta en servicio de un ascensor, por organismo de control habilitado distinto al que ha intervenido en la evaluación de la conformidad, como máximo con tres meses de antelación respecto a la comunicación al órgano competente de la comunidad autónoma de la puesta en servicio.
  • Cambios en la calificación de las inspecciones y plazos de subsanación de defectos.

– Se establecen las siguientes calificaciones: Favorable sin defectos, favorable con defectos leves, favorable con defectos leves reiterados, Desfavorable con defectos graves y Desfavorable con defectos muy graves. En función de su calificación el organismo de control debe colocar una etiqueta con los contenidos mínimos y color según el modelo establecido en el anexo IX.
– Todos los defectos leves deben subsanarse como máximo antes de 6 meses desde la fecha de su detección.
– Los defectos graves deben subsanarse en el plazo que estime en función de la importancia del defecto y en ningún caso superior a 6 meses a partir de la fecha de la visita de inspección.

  • Se establece que antes de iniciar la inspección se debe facilitar al organismo de control la documentación como el certificado de la última inspección, así como de la documentación técnica del ascensor que obre en poder.
  • Se obliga a contratar con una empresa conservadora habilitada la subsanación de los defectos indicados en el certificado que emita tras la inspección del ascensor el organismo de control en los plazos establecidos por dicha entidad.

En la instrucción técnica las inspecciones se clasifican en iniciales, periódicas u otras inspecciones (entre las que se incluyen las inspecciones tras un accidente).

Las inspecciones periódicas se realizarán, como mínimo, en los siguientes plazos:

LUGAR EN EL QUE SE ENCUENTRA EL ASCENSORINSPECCIÓN PERIÓDICA
Edificios de uso industrial o en lugares de pública concurrencia*2 años
Edificios de más de 20 viviendas, o con más de 4 plantas servidas4 años
No incluidos en los casos anteriores6 años

6. Cambios en el mantenimiento de los ascensores

  • Se modifican los plazos del mantenimiento, en concreto se elimina el mantenimiento cada 6 semanas para los ascensores instalados en edificios comunitarios de uso residencial de hasta seis paradas y ascensores instalados en edificios de uso público de hasta cuatro paradas, que tengan una antigüedad inferior a 20 años.

A partir del 1 de julio de 2024, los plazos para realizar las revisiones presenciales de mantenimiento preventivo, debe ser al menos:

-Ascensores en viviendas unifamiliares y ascensores puestos en servicio mediante declaración CE de conformidad según el Real Decreto 1644/2008 o mediante declaración UE de conformidad según el Reglamento (UE) 2023/1230 instalados en edificios de viviendas de hasta 3 paradas y que no puedan dar servicio a más de 20 viviendas en total: cada 4 meses.

-Para el resto de los ascensores se debe realizar mensualmente, no pudiendo transcurrir menos de 20 días ni más de 45 días entre cada revisión presencial de mantenimiento.

  • Se establece la obligación de conservar los boletines de mantenimiento ordinario según modelo del Anexo V entregado por la empresa conservadora, como máximo antes de los 10 días tras cada actuación, hasta la primera inspección periódica con resultado favorable y, sucesivamente, entre dos inspecciones periódicas con resultado favorable, debiendo, además, mantener el registro de los 12 meses anteriores a la última inspección.

7. Nueva obligación de conservar los originales, o en su caso copia, de la documentación del ascensor

La documentación que se debe conservar es la siguiente:

  • Registro de puesta en servicio emitido por el órgano competente en materia de la comunidad autónoma.
  • En su caso, declaración de conformidad CE o UE del aparato de elevación.
  • Ficha técnica de la instalación según Anexo XI
  • Manual de funcionamiento según Anexo VIII
  • Registro de mantenimiento del ascenso según modelo del Anexo V
  • Contrato de mantenimiento con empresa conservadora habilitada.
  • Los certificados de inspección periódica con los datos establecidos en el modelo incluido dentro de las normas UNE 192008-1y 192008-2.

8. Nueva obligación de comunicación de información y documentación a la empresa conservadora en caso de cambio de empresa

El titular debe facilitar:

  • A la nueva empresa conservadora, una copia de la documentación especificada en el anterior apartado
  • A la anterior empresa conservadora, con antelación al cambio, la fecha desde la que se hará cargo del ascensor, que coincidirá con la que figure en el contrato de mantenimiento. Esta comunicación, se debe archivar en el registro de mantenimiento del ascensor.

Si desea leer el contenido de la Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 «Ascensores», tiene más información en este enlace. 

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Eurofins EcoGestor, tu software de legislación ya disponible en Francia

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Teléfono: 985 98 00 50
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Qué es un EPI

¿Qué es un EPI?

¿Qué es un EPI? 1200 800 Eurofins EcoGestor

En el ámbito laboral, la seguridad y protección de los trabajadores es primordial. Por esto, se recurre a una serie de herramientas y equipos diseñados específicamente para garantizar la seguridad y salud en el trabajo. Estos elementos son los llamados equipos de protección individual, cuyas siglas son EPIs.

Definición de EPI

El Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual establece la definición de EPI. Según explica, se entiende por «equipo de protección individual» cualquier equipo ideado para que lleve o sujete el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin.

Se excluye de esta definición lo siguiente:

  1. La ropa de trabajo corriente y los uniformes que no estén específicamente destinados a proteger la salud o la integridad física del trabajador.
  2. Los equipos de los servicios de socorro y salvamento.
  3. Los equipos de protección individual de los militares, de los policías y de las personas de los servicios de mantenimiento del orden.
  4. Los equipos de protección individual de los medios de transporte por carretera.
  5. El material de deporte.
  6. El material de autodefensa o de disuasión.
  7. Los aparatos portátiles para la detección y señalización de los riesgos y de los factores de molestia.

Por otro lado, el Reglamento (UE) 2016/425 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, relativo a los equipos de protección individual y por el que se deroga la Directiva 89/686/CEE del Consejo también apunta su propia definición de EPI.

Éste comprende dentro de la definición, además del equipo de protección, los componentes intercambiables del equipo que sean esenciales para su función protectora y los sistemas de conexión para el equipo que no lleve puestos ni sostenga una persona, que estén diseñados para conectar dicho equipo a un dispositivo o estructura externos o a un punto de anclaje seguro, que no estén diseñados para estar fijados permanentemente y que no requieran maniobras de abrochado antes de su uso.

Legislación que regula el uso de los EPI

El uso de los EPI en el lugar de trabajo está unido a la aplicación de dos reales decretos, transposiciones de sendas Directivas de la Unión Europea: el Real Decreto 773/1997 (Directiva 89/656/CEE) relativo al uso de los EPI y el Reglamento (UE) 2016/425 relativo a su comercialización.

Tipos de EPI

En el anexo II del Real Decreto 1076/2021 se puede encontrar una lista no exhaustiva de tipos de equipos de protección individual en relación con los riesgos contra los que protegen. La clasificación es la siguiente:

  • Equipos de protección para la cabeza
  • Equipos de protección auditiva
  • Equipos de protección para los ojos y la cara
  • Equipos de protección respiratoria
  • Equipos de protección para manos y brazos
  • Equipos de protección para pies y piernas y protección antideslizante
  • Protección para la piel: Cremas y lociones barrera
  • Equipos de protección del cuerpo/distinta de la protección de la piel

Software de gestión de EPI

En la mayoría de países, la legislación laboral establece la obligación de proporcionar y utilizar EPIS adecuados para cada actividad laboral. En el mercado existen plataformas que ayudan con la gestión de estos equipos. EcoGestor EPIS es un software para la gestión digital del inventario de EPIS, así como para el control del stock de los mismos.

Con él podrás registrar entregas y tener un control general de almacén (control de caducidades y mantenimiento). Pide tu DEMO GRATIS ahora y te enseñamos la plataforma por dentro sin compromiso.

diferencia entre peligro y riesgo laboral

¿Qué diferencia existe entre peligro y riesgo laboral?

¿Qué diferencia existe entre peligro y riesgo laboral? 1200 800 Eurofins EcoGestor

A menudo en el ámbito de la prevención de riesgos laborales se confunden dos términos fundamentales. Hoy hablamos de la diferencia entre peligro y riesgo laboral. Es crucial comprender que no son sinónimos, sino conceptos distintos con implicaciones específicas para la seguridad en el entorno laboral.

La definición de peligro

Por una parte, la norma ISO 45001 de «Sistemas de gestión de salud y seguridad en el trabajo» define peligro como acto o situación que tiene potencial de causar daños humanos, deterioro de la salud, daños físicos, un deterioro de la salud o enfermedad.

La presencia de sustancias químicas nocivas, la maquinaria sin protección adecuada o condiciones ambientales extremas constituyen peligros en el lugar de trabajo. Es importante identificar y evaluar estos peligros para implementar medidas preventivas eficaces.

La definición de riesgo laboral

Por otro lado, el riesgo laboral implica la probabilidad de que ocurra un incidente adverso debido a la exposición a un peligro. En otras palabras, el riesgo laboral combina la probabilidad de que ocurra un accidente laboral con la gravedad de sus consecuencias. Por ejemplo, trabajar en altura sin equipo de protección aumenta el riesgo de caídas.

La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales establece que “riesgo laboral” es la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. Para calificar un riesgo desde el punto de vista de su gravedad, se valorarán conjuntamente la probabilidad de que se produzca el daño y la severidad del mismo.

El concepto de riesgo laboral, a diferencia del peligro u otro daño, integra elementos esenciales de valoración, que son las consecuencias dañinas esperables y la probabilidad de que las mismas ocurran.

La distinción entre peligro y riesgo es crucial para desarrollar estrategias efectivas de prevención en el lugar de trabajo. Identificar los peligros es el primer paso. Después, se evalúa el riesgo asociado y por último, se implementan medidas para reducir o eliminar dicho riesgo.

EcoGestor CAE: software para la gestión de la Coordinación de Actividades Empresariales

Una herramienta fundamental para gestionar la prevención de riesgos laborales de manera efectiva es EcoGestor CAE. Con esta plataforma, las organizaciones pueden identificar los peligros de sus actividades, registrar las evaluaciones de riesgos realizadas y las medidas preventivas implementadas.

Además, EcoGestor CAE facilita la comunicación interna y el seguimiento de las acciones preventivas, lo que garantiza un entorno laboral más seguro para todos los empleados.

¿Necesitas una mano con la Coordinación de Actividades Empresariales? Te enseñamos nuestra plataforma sin compromiso. Pide tu DEMO ahora GRATIS y descubre cómo EcoGestor CAE puede hacer más fácil tu día a día.

Plataformas oficiales para el traslado de residuos en España

Plataformas oficiales para el traslado de residuos en España

Plataformas oficiales para el traslado de residuos en España 1200 800 Eurofins EcoGestor

En la era de la sostenibilidad y la eficiencia, España está experimentando una transformación radical en la gestión de residuos gracias a diversas plataformas digitales que han surgido como herramientas imprescindibles en el sector de los residuos. Entre ellas destacan eSIR, GAIA, SIRA, SDR, la Plataforma de Residuos de Navarra, ADCR y SINGER cada una con características peculiares en su ámbito de aplicación.

Los ámbitos de cada plataforma serían:

  • eSIR: Aragón, Asturias, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla la Mancha, Extremadura, Madrid, Murcia, País Vasco, La Rioja, Ceuta y Melilla.
  • GAIA: Galicia (para todos los traslados)
  • SIRA: Andalucía (para todos los traslados)
  • SDR: Cataluña (traslados dentro de su comunidad)
  • Plataforma de Residuos de Navarra (traslados dentro de su comunidad)
  • ADCR: Comunidad Valenciana (traslados dentro de su comunidad)
  • SINGER: Baleares ( traslados dentro de su comunidad)

eSIR: Traslados de Residuos a Nivel Nacional 

El Sistema de Información de Residuos (eSIR), desarrollado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, es una plataforma electrónica diseñada para facilitar y agilizar la gestión de traslados de residuos en el territorio español. Su objetivo principal es proporcionar una herramienta integral que simplifique los procesos administrativos asociados con la notificación previa, los documentos de identificación y la gestión de la información relacionada con los traslados de residuos. 

Es la plataforma de traslado de residuos más utilizada en el territorio español ya que la mayoría de comunidades autónomas realizan sus traslados de residuos a través de ella. Cada vez más Comunidades Autónomas se han sumado al uso de esta plataforma, las últimas han sido País Vasco, Castilla y León y Aragón.

Resumimos del eSIR:

  • Procedimiento Electrónico Obligatorio: eSIR introduce el procedimiento electrónico obligatorio para la remisión de la Notificación Previa y de los Documentos de Identificación, optimizando la precisión y transparencia en los traslados de residuos. 
  • Distribución Eficiente de Información: Conectado a un repositorio de traslados, eSIR facilita la distribución eficiente de información entre las comunidades autónomas afectadas, proporcionando una visión integral de los movimientos de residuos a nivel nacional. 
  • Soporte y Consultas Especializadas: Ofrece canales específicos de soporte y consulta para operadores, combinando un buzón de correo electrónico (soporte.esir@tragsa.es) y un servicio telefónico para aclarar dudas sobre el procedimiento electrónico. 
  • Validaciones Informáticas: La plataforma realiza validaciones informáticas contrastando la información de los documentos de traslado con el Registro de Producción y Gestión de Residuos (RPGR). Esto asegura que la información presente en eSIR sea coherente con los datos registrados a nivel nacional. 
  • Cumplimiento Normativo: eSIR está diseñado para garantizar el cumplimiento normativo en la gestión de traslados de residuos. La digitalización de los procesos facilita la generación de informes cronológicos y memorias anuales, asegurando que los operadores cumplan con los requisitos establecidos por la legislación vigente. 

Aquí se puede consultar toda la información sobre la plataforma eSIR.

GaIA eResiduos: Transformando la Gestión de Residuos en Galicia 

En un esfuerzo por optimizar la gestión de residuos y cumplir con los requisitos normativos, Galicia lanza GaIA eResiduos, una aplicación revolucionaria dentro de la Plataforma GaIA. Diseñada para centralizar la información ambiental relacionada con residuos de las empresas, esta herramienta no solo simplifica la tramitación de traslados de residuos, sino que también eleva la calidad y el control de la información en este ámbito crucial. 

 GaIA eResiduos es una aplicación web desarrollada con el propósito de centralizar información ambiental relacionada con residuos de las empresas. Forma parte de la Plataforma GaIA y se presenta como un aliado tecnológico que facilita la gestión de información y el cumplimiento normativo en materia de residuos. 

Destaca de GaIA que permite a las empresas ubicadas en Galicia:

  • Registro de Notificaciones y Traslados de Residuos: GaIA eResiduos permite a los usuarios registrar notificaciones previas y traslados de residuos de forma eficiente. Esto incluye procesos como Documento de Control de Salida (DCS), Notificación Previa (TNP) y traslados transfronterizos. 
  • Tramitación Telemática de Residuos Peligrosos: La aplicación agiliza la tramitación telemática de notificaciones previas y traslados de residuos peligrosos, reduciendo el uso de papel y cumpliendo con las normativas vigentes. 
  • Firma Electrónica para Confirmación de Traslados: GaIA eResiduos cumple con la normativa actual al permitir la confirmación de traslados mediante firma electrónica, garantizando la autenticidad y legalidad de la documentación. 
  • Archivo Cronológico según Ley de Residuos: Los usuarios pueden mantener un archivo cronológico, cumpliendo con el artículo 40 de la Ley de Residuos. Esto facilita la organización y conservación de la información a lo largo del tiempo. 
  • Generación Automática de Memoria Resumen: La aplicación automatiza la generación de la memoria resumen para las actividades de gestión de residuos, simplificando la presentación telemática y reduciendo la carga administrativa. 
  • Registro de Entradas y Salidas de Productos y Subproductos: GaIA eResiduos permite llevar un registro detallado de las entradas y salidas de productos y subproductos, brindando mayor visibilidad sobre los flujos de materiales. 
  • Gestión Telemática de Información Adicional: Además de las funciones mencionadas, la plataforma facilita la gestión telemática de otros datos relacionados con residuos, como estudios de minimización, declaración anual de envases, entre otros. 

La utilización de GaIA eResiduos está regulada por el Decreto 59/2009, que establece la obligación de su uso para productores y gestores de residuos en determinadas cantidades. Su uso voluntario es muy beneficioso, ofrece una herramienta eficaz para el control y trazabilidad de residuos, independientemente de las obligaciones normativas. 

En conclusión, GaIA eResiduos se presenta como un catalizador para la transformación digital en la gestión de residuos, proporcionando una plataforma integral que simplifica procesos, mejora el control e impulsa prácticas más sostenibles. La aplicación no solo cumple con las obligaciones normativas, sino que también se erige como un aliado estratégico para empresas comprometidas con la eficiencia y la responsabilidad ambiental. 

SIRA: Sistema de Información de Residuos de Andalucía 

La plataforma SIRA se presenta como un software especializado en la gestión de residuos, enfocado en simplificar y mejorar el cumplimiento de los requisitos legales establecidos por la Ley 7/2022. 

Las empresas ubicadas en Andalucía podrán, a través de SIRA:

  • Automatización de Registro: Permite el registro sistemático de datos relacionados con la generación, manejo y disposición de residuos, facilitando la recopilación de información necesaria para cumplir con los requisitos legales. 
  • Seguimiento en Tiempo Real: Facilita el seguimiento en tiempo real de eventos relacionados con la gestión de residuos, garantizando la precisión en la generación del archivo cronológico requerido por la normativa. 
  • Generación Automática de Informes: SIRA genera automáticamente informes cronológicos y memorias anuales, eliminando la necesidad de realizar este proceso manualmente y reduciendo el riesgo de errores humanos. 
  • Recordatorios de Cumplimientos: Envía recordatorios automáticos sobre fechas límite para presentar informes o realizar acciones específicas, contribuyendo al cumplimiento continuo de los requisitos normativos. 

SDR: Sistema Documental De Residus en Cataluña

 El Sistema Documental de Residus, conocido como SDR, se presenta como una herramienta de uso común destinada a productores, transportistas y gestores de residuos industriales. Su finalidad principal es simplificar los trámites asociados a la gestión de residuos, promoviendo la accesibilidad y eliminando la necesidad de procedimientos en papel. 

El SDR facilita dos tipos de funciones, permitiendo a los usuarios realizar trámites y obtener información de manera eficiente:

 1. Realización de Trámites: 

  • Alta de productor: Permite la solicitud de alta en el registro de productores de residuos, con asignación de código de acceso y contraseña. 
  • Ficha de Aceptación: Una vez firmada, se incorpora automáticamente a los sistemas de información de la Agència de Residus. 
  • Hoja de Seguimiento: Posibilita el seguimiento y registro de recogidas, con la capacidad de abrir incidencias de rechazo. 
  • Hoja de Seguimiento Itinerante: Permite la planificación de recogidas con flexibilidad para añadir o eliminar paradas. 
  • Pago de tasas: Facilita la compra anticipada de créditos a través de internet. 

2.  Obtención de Información: 

  • Acceso a Fichas de Aceptación, Hojas de Seguimiento, Hojas de Seguimiento Itinerante y analíticas de laboratorio. 
  • Consulta de incidencias asociadas a una hoja. 
  • Verificación de créditos disponibles. 
  • Acceso a información sobre gestores, transportistas y laboratorios autorizados, así como al catálogo general de residuos.

 

Plataforma de Residuos Navarra 

La Plataforma de Residuos de Navarra se utiliza para los traslados intracomunitarios (dentro de Navarra), desde dicha plataforma se podrá realizar:

  • Gestión Personalizada de Residuos: Ofrece una gestión personalizada de residuos, adaptada a las necesidades específicas de la región de Navarra, promoviendo prácticas locales sostenibles. 
  • Integración con Sistemas Externos: Se integra eficientemente con otros sistemas o bases de datos para recopilar datos relevantes de manera eficiente, asegurando una mayor precisión y coherencia en la información. 
  •  Acceso Remoto: Permite el acceso remoto a la información, beneficiando a las empresas con múltiples ubicaciones o al personal que necesita trabajar fuera de la oficina. 

 

 ADCR: Aplicación para el Despacho de Documentos de Control de Residuos en Comunidad Valenciana

 La Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica de la Comunidad Valenciana (ACCV), en colaboración con la Dirección General de Calidad y Educación Ambiental, junto a la Dirección General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, ha desarrollado la Aplicación para el Despacho de Documentos de Control de Residuos (ADCR). Este sistema tiene como objetivo principal facilitar a los operadores de traslados de residuos inscritos en el Registro de producción y gestión de residuos el cumplimiento de la tramitación electrónica de documentos conforme al Real Decreto 553/2020, de 2 de junio, que regula el traslado de residuos en el territorio del Estado español. 

  • ADCR permite a los operadores de traslados de residuos gestionar electrónicamente documentos asociados a los traslados, tales como Notificaciones de Traslado (NT) y Documentos de Identificación (DI). 
  • Se enfoca en traslados con origen y destino en la Comunidad Valenciana, simplificando y agilizando el proceso para instalaciones ubicadas dentro de la región. 
  • Integración con MITERD para Traslados Intercomunitarios: 
  •  Para los traslados que abarcan más allá de la Comunidad Valenciana, es decir, entre esta comunidad y otras comunidades autónomas, la aplicación integra la sede electrónica del Ministerio (MITERD) para la presentación de documentos. 

 

SINGER: Sistema Integrado para Notificaciones y Expedientes de residuos en Baleares 

En un esfuerzo por modernizar y eficientizar la gestión de residuos en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, han implantado la Plataforma SINGER. Desarrollada con el propósito de informatizar la administración electrónica del servicio de residuos y suelos contaminados de la Consejería de Medio Ambiente y Territorio, SINGER se presenta como una solución integral para enfrentar los desafíos de la normativa actual y, específicamente, para cumplir con los requisitos del Real Decreto 180/2015 sobre Traslados de Residuos. 

El propósito fundamental de SINGER es mejorar los sistemas existentes de administración electrónica, proporcionando una plataforma integral que automatiza la gestión de procesos relacionados con los residuos. Este enfoque responde a las nuevas necesidades generadas por la evolución normativa, especialmente aquellas derivadas del Real Decreto 180/2015 de Traslados de Residuos y otras disposiciones asociadas con la tramitación electrónica. 

La plataforma SINGER presenta una serie de funciones clave destinadas a simplificar y agilizar la gestión de residuos en Illes Balears: 

  • Gestión del Registro de Producción y Gestión de Residuos: SINGER proporciona un sistema eficaz para el mantenimiento y gestión del Registro de Producción y Gestión de Residuos de las Illes Balears. Esta capacidad centralizada facilita un control más preciso y una administración más efectiva de la información relacionada con los residuos. 
  •  Registro Telemático de Traslados de Residuos: La plataforma permite el registro telemático de preavisos y traslados de residuos, conforme a las obligaciones establecidas por la ley. Este enfoque digital elimina la necesidad de procedimientos en papel, ofreciendo una alternativa más rápida y eficiente. 
  •  Confirmación Electrónica de Traslados: Es esencial subrayar que la inclusión de un traslado en la plataforma no garantiza su ejecución. SINGER permite la confirmación electrónica de traslados tanto por parte del origen como del destino, asegurando un seguimiento adecuado y cumplimiento normativo. 
  •  Flexibilidad en Métodos de Registro: SINGER ofrece flexibilidad en los métodos de registro de traslados. Ya sea a través de la aplicación web, la subida de archivos E3L 3.0 o la utilización de servicios web de Singerfront, la plataforma se adapta a las necesidades operativas de los usuarios, especialmente aquellos con un volumen elevado de notificaciones y traslados. 

 

 EcoGestor Residuos : integrando plataformas

EcoGestor es un software de gestión de residuos para productores, gestores, transportistas, agentes y negociantes de residuos, 100% online y conectado con algunas de las plataformas autonómicas y eSIR permitiendo una rápida gestión de la documentación sin necesidad de acceder a las plataformas oficiales simplificando y ahorrando mucho tiempo de trabajo. 

Si necesitas asesoramiento para la gestión o el traslado de residuos, contáctanos para solicitar una DEMO gratuita y ver qué podemos hacer por ti.

 

caso éxito legislación

Caso de éxito: Grupo Hedima y EcoGestor Legislación en el sector formación

Caso de éxito: Grupo Hedima y EcoGestor Legislación en el sector formación 1200 800 Eurofins EcoGestor

Grupo Hedima

Grupo Hedima es una empresa española que se dedica a la formación y consultoría en áreas de desarrollo profesional y organizacional. Ofrece soluciones de aprendizaje y desarrollo para empresas y profesionales en diversos sectores. Sus servicios incluyen formación presencial y online, consultoría en gestión del talento, desarrollo de habilidades directivas, capacitación en tecnología y procesos, entre otros.

¿Desde cuándo usáis EcoGestor Legislación?

Desde 2016.

¿Para qué lo usáis?

Trabajamos mucho con la norma ISO 14001 y con la ISO 45001.

¿Qué es lo que más os gusta de EcoGestor Legislación?

Los informes de auditoría. Ves cuáles son las obligaciones legales que tiene cada delegación en función de la comunidad autónoma. Te indica de forma muy clara el porcentaje de obligaciones. Te permite cerrarlos en el año y guardarlos de un año para otro.

¿Qué es lo que más valoras?

El hecho de tener un consultor que te analiza los requisitos legales aplicables a cada empresa. Por ejemplo, estar en plena auditoría, no localizar algo y en vez de quedarte vendido, llamas y te dan lo que necesitas en el momento. La rapidez en el soporte y la respuesta rápida.

¿Cuál es vuestra funcionalidad favorita?

Dentro de las obligaciones, puedes programar los avisos de renovación y te saltan al correo. Así puedes despreocuparte de tareas como revisiones de extintores o consumos eléctricos.

¿Qué te gustaría ver en el futuro en la plataforma EcoGestor Legislación?

Temas de Inteligencia Artificial aplicados a interpretar legislación ambiental, por ejemplo.

¿Recomendarías EcoGestor Legislación?

Sí. Antes de contratarlo, hicimos búsqueda en el mercado y fue el software más completo que encontramos, por el hecho de ser herramienta más consultor por un precio bastante competitivo. Además, está la seguridad de que tus datos estén en servidores europeos.

Es una plataforma amigable a la que subes todas las evidencias y te lo recuerda al año siguiente. También tienes ayuda tanto de nivel interno como de externo y formación.

Te quitas el tiempo de revisar boletines, unas tres horas a la semana por lo menos, al final entrar a revisar BOEs de comunidades autónomas y provincias es mucho tiempo.

Antes lo teníamos todo en carpetas, teníamos que revisar si había alguna publicación nueva y perdías el tiempo de análisis y extracción, más el tiempo de trasladar a Excel todo a mano. Ahora, con los informes de aplicación, lo tienes todo unificado en una sola herramienta y de un vistazo lo ves todo. Para preparar las auditorías, abro, imprimo y listo.

Con EcoGestor Legislación tendrás acceso a todas las novedades legislativas como esta. Asimismo, una vez aprobado, te asesoramos para que cumplas con las obligaciones legales que marque la legislación vigente.

Contacta con nosotros y de forma totalmente gratuita te podremos mostrar una demo de nuestro programa.

Cataluña actualiza su catálogo de residuos tras un cambio normativo

Cataluña actualiza su catálogo de residuos tras un cambio normativo 1200 800 Eurofins EcoGestor

La Generalitat de Cataluña emite comunicado sobre la adaptación del Catálogo de Residuos aplicable desde el 13 de febrero de 2024.

El trece de febrero de 2024, la Generalitat de Cataluña anunció la adecuación de su Catálogo de Residuos, respondiendo a las nuevas disposiciones normativas establecidas por el Decreto 152/2017, de 17 de octubre. Este cambio normativo redefine las vías de gestión de los residuos en la región, reemplazando el marco anterior establecido por el Decreto 34/1996.

El Decreto 152/2017 impulsa cambios en la gestión de residuos en Cataluña

El 19 de enero de 2018 entró en vigor el Decreto 152/2017, de 17 de octubre, sobre la clasificación, la codificación y las vías de gestión de los residuos en Cataluña, se convirtió en el instrumento normativo que, bajo el criterio de simplificación administrativa y normativa, establecía las vías de gestión de los residuos que se producen o gestionan en Cataluña y que sustituían a las previstas en el Decreto 34/1996, de 9 de enero, por el que se aprueba el Catálogo de residuos de Cataluña.

La normativa, en vigor desde su publicación, ha establecido las directrices para la clasificación, codificación y gestión de residuos en Cataluña. No obstante, la evolución legislativa a nivel estatal ha llevado a una revisión necesaria del Catálogo de Residuos de Cataluña.

La Ley 07/2022 impulsa adaptaciones en el catálogo de residuos

Con la entrada en vigor de la Ley 7/2022 de residuos y de suelos contaminados para una economía circular, en sus anexos II y III crea y desagrega, respectivamente, las operaciones de valorización y eliminación,  vías de gestión R/D de 4 dígitos distintas a las catalanas. La Agencia de Residuos de Cataluña ha respondido a este cambio, buscando simplificar y facilitar la gestión operativa de los residuos.

La Agencia de Residuos de Cataluña ha procedido a adaptar el Catálogo de Residuos de Cataluña, a dos niveles:

Incorporando los códigos de residuos (de 6 u 8 dígitos) que se derivan de las normativas de algunos flujos de residuos sometidos a Sistemas de Responsabilidad Ampliada del Productor (SRAP), tales como RAEE, pilas y acumuladores y VFU.

Sustituyendo las vías de gestión R/D de 4 dígitos, vigentes hasta ahora, por las vías de gestión R/D de 4 dígitos aprobados mediante la Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados para una economía circular (anexos II y III ).

Nueva configuración del Catálogo de Residuos: detalles de los cambios

La adaptación del Catálogo de Residuos de Cataluña implica la incorporación de códigos de residuos de 6 u 8 dígitos, derivados de normativas específicas, como los flujos de residuos sometidos a Sistemas de Responsabilidad Ampliada del Productor (SRAP), tales como RAEE, pilas y acumuladores y VFU.

La sustitución de las vías de gestión R/D de 4 dígitos, vigentes hasta ahora, por las vías de gestión R/D de 4 dígitos aprobados mediante la Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados para una economía circular (anexos II y III)

Efectividad del cambio: desde el 13/02/2024, disponible en SDR

Desde el 13 de febrero de 2024, las modificaciones en el Catálogo de Residuos son efectivas y accesibles a través del Sistema Documental de Residuos (SDR). Estas actualizaciones buscan alinear la gestión de residuos en Cataluña con las normativas actuales, promoviendo una transición hacia una economía circular más sostenible.

Con EcoGestor Legislación tendrás acceso a todas las novedades legislativas como esta. Asimismo, una vez aprobado, te asesoramos para que cumplas con las obligaciones legales que marque la legislación vigente.

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plan empresarial de prevención y ecodiseño de envases

Nuevo Plan Empresarial de Prevención y Ecodiseño de envases 2024-2028

Nuevo Plan Empresarial de Prevención y Ecodiseño de envases 2024-2028 1024 1024 Eurofins EcoGestor

Los productores de producto, según el Real Decreto 1055/2022 (envasadores e importadores) deben aplicar un plan empresarial de prevención y ecodiseño con carácter quinquenal.

¿Quiénes deben disponer de Plan Empresarial de Prevención y Ecodiseño de envases?

Los productores de producto que introduzcan en el mercado una cantidad de envases igual o superior a las siguientes cantidades:

  • 250 toneladas, si se trata exclusivamente de vidrio,
  • 50 toneladas, si se trata exclusivamente de acero,
  • 30 toneladas, si se trata exclusivamente de aluminio,
  • 20 toneladas, si se trata exclusivamente de plástico,
  • 20 toneladas, si se trata exclusivamente de madera,
  • 15 toneladas, si se trata exclusivamente de cartón o materiales compuestos.
  • 300 toneladas, si se trata de varios materiales y cada uno de ellos no supera, de forma individual, las anteriores cantidades.

El cálculo de estos umbrales computa por la totalidad de envases puestos en el mercado, independientemente de su destino (doméstico, comercial o industrial) y de su grado de agrupación (primario, secundario o terciario).

¿Desde cuándo es obligatorio disponer del plan?

Los nuevos planes empresariales de prevención y ecodiseño deben elaborarse y aplicarse a partir de 2024, siempre que en el año anterior al que nos encontremos se superasen las cantidades de envases introducidas mencionadas anteriormente.

Estos planes deben estar a disposición de las autoridades competentes de la comunidad autónoma para el ejercicio de sus competencias de seguimiento, inspección y control, pero no se debe presentar el plan antes de su aplicación, sino que al finalizar el periodo de validez de 5 años se debe presentar un el informe sobre el grado de cumplimiento de las medidas en el plazo de tres meses tras la finalización del plan, a la Comunidad Autónoma donde tengan la sede social.

¿Qué incluye el Plan Empresarial de Prevención y Ecodiseño ?

Estos planes empresariales de prevención y ecodiseño deben incluir un resumen del grado de consecución de objetivos de los planes anteriores. También deben incorporar los nuevos objetivos de prevención cuantificados, las medidas previstas para alcanzarlos y los mecanismos de control para comprobar su cumplimiento. Estos incluirán, al menos, la siguiente información diferenciada por envases primarios, secundarios y terciarios:

  • Aumento de la proporción de la cantidad de envases reutilizables en relación con la cantidad de envases de un solo uso.
  • Aumento de la proporción de la cantidad de envases reciclables en relación con la cantidad de envases no reciclables.
  • Mejora de las propiedades físicas y de las características de los envases, o el cambio hacia la utilización de este tipo de envases, que les permitan bien soportar mayor número de rotaciones, en caso de su reutilización en condiciones de uso normalmente previsibles, o bien mejorar su reciclabilidad.
  • Mejora de las propiedades físicas y de la composición química de los envases de cara a reducir la nocividad y peligrosidad de los materiales contenidos en ellos y a minimizar los impactos ambientales de las operaciones de gestión de los residuos a que den lugar.
  • Disminución en peso del material empleado por unidad de envase, especialmente los de un solo uso, hasta los límites que permitan su viabilidad, sin comprometer la reciclabilidad del envase.
  • Reducción, respecto del año precedente, del peso total de los envases de cada material puestos en el mercado, especialmente los de un solo uso, en relación con los productos puestos en el mercado por los productores de producto.
  • No utilización de envases superfluos y de envases de un tamaño o peso superior al promedio estadístico de otros envases similares.
  • Utilización de envases cuya relación entre el continente y el contenido, en peso, sea más favorable que la media, tomando en consideración cada uno de los materiales.
  • Incorporación de materias primas secundarias, procedentes del reciclaje de residuos de envases, en la fabricación de nuevos envases hasta los porcentajes técnica y económicamente viables y que, al mismo tiempo, permitan cumplir los requisitos básicos sobre la composición y naturaleza de los envases reutilizables y valorizables, incluidos los reciclables, establecidos en el anexo III.

¿Cómo se elaboran estos planes? Individual o colectivamente

Los planes empresariales de prevención y ecodiseño pueden elaborarse de forma individual por los productores de producto. También los pueden elaborar los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada del productor en los que participen.

En caso de que opten que lo elabore un sistema colectivo el productor debe:

  • Seleccionar las medidas incluidas en el Plan o Planes a las que darían cumplimiento. Asimismo, informar de ello al sistema colectivo responsable de la elaboración del Plan.
  • Remitir, anualmente, la información sobre el grado de cumplimiento de estas medidas al sistema colectivo. También tenerla a disposición de las autoridades competentes a los efectos de seguimiento, inspección y control.

En caso de que opten por la elaboración de un plan individual, los productores de producto deben remitir un informe. Éste debe entregarse en el plazo de tres meses tras la finalización del plan, a la comunidad autónoma donde tengan la sede social.

Toda la legislación ambiental, a un click

Si quieres tener acceso a reales decretos como éste, ahora con el software EcoGestor Legislación puedes. Además, nuestro equipo te asesora para que cumplas con las obligaciones legales que marque la legislación vigente.

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